MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 746/2023

RESOL-2023-746-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-57062750- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio el Decreto Nº 335 de fecha 4 de abril de 2020, la Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de agosto de 2020 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, se encuentra el de “(...) Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural (...)” y “(...) Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil (...)”.

Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus objetivos, conforme el artículo 19 del Decreto Nº 335/20, los de “Entender en la propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer el Desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA (...) Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura, tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión (...) Entender en la planificación de políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, mediante la Decisión Administrativa Nº 1428/20 (DECAD-2020-1428-APN-JGM) tiene entre sus objetivos “Promover e incentivar el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados, en el marco de su competencia”.

Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL propone la creación del Programa MERCADO DE COOPERATIVISMO Y CULTURAS AUTOGESTIVAS ARGENTINAS (MARCA), el cual funcionará en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, el cual tendrá como principal objeto contribuir al desarrollo de las cooperativas de las industrias culturales y de las cooperativas de artesanas y artesanos, así como también para fortalecer el desempeño de los espacios culturales independientes, autogestivos y no oficiales.

Que el Programa está orientado a promover la producción, la comercialización y la exportación de bienes y servicios de espacios y cooperativas culturales de la Argentina, proveer el acceso a los dispositivos que estimulan las áreas de gestión jurídica, administrativa, contable, financiera, comunicacional y comercial a fin de lograr una mayor circulación de los productos y servicios que generan los emprendimientos cooperativos, espacios y pymes del sector cultural.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, y el Decreto Nº 101/85.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Crear el Programa MERCADO DE COOPERATIVISMO Y CULTURAS AUTOGESTIVAS ARGENTINAS (MARCA), el que funcionará en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, de conformidad con los fundamentos y objetivos que se consignan en el ANEXO (IF-2023-64015860-APN-DNICUL#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/06/2023 N° 46951/23 v. 23/06/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO

Proyecto MARCA

Mercado de Cooperativismo y Culturas Autogestivas Argentinas

MINISTERIO

Fundamentos y objetivos

MARCO GENERAL

Las industrias culturales son aquellas actividades creativas de alto valor cultural y artístico, que contribuyen al desarrollo económico de un país mediante la generación de empleo y circulación monetaria .

El Mercado de Cooperativismo y Culturas Autogestivas Argentinas (MARCA) fue creado para contribuir al desarrollo de las cooperativas de las industrias culturales y de las cooperativas de artesanas y artesanos, así como también para fortalecer el desempeño de los espacios culturales independientes, autogestivos y no oficiales.

Está orientado a promover la producción, la comercialización y la exportación de bienes y servicios de espacios y cooperativas culturales de la Argentina. El MARCA provee el acceso a los dispositivos que estimulan las áreas de gestión jurídica, administrativa, contable, financiera, comunicacional y comercial a fin de lograr una mayor circulación de los productos y servicios que generan los emprendimientos cooperativos, espacios y pymes del sector cultural.

El MARCA busca contribuir al desarrollo económico del sector del cooperativismo cultural en el mercado nacional e internacional.

OBJETIVO GENERAL

Reconocer, visibilizar y fortalecer el desarrollo económico del conjunto de las organizaciones cooperativas del sector cultural de la Argentina promoviendo la producción, la comercialización y la exportación de bienes y servicios.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Promover la producción, la comercialización y la exportación de bienes y servicios de espacios y cooperativas culturales de la Argentina.

- Brindar herramientas técnicas y capacitaciones para el desarrollo productivo, financiero y digital de emprendimientos, cooperativas, espacios y PyMEs del sector cultural.

- Visibilizar los espacios cooperativos y autogestivos de las Industrias Culturales Argentinas en el mercado nacional e internacional.

LINEAS DE ACCION

1. Financiamiento

2. Digitalización / Plataformas

3. Capacitaciones

4. Promoción de políticas de incentivos

5. Internacionalización

6. Ferias, etc

PLATAFORMA

Quienes quieran participar en las diferentes oportunidades que forman parte del Programa, deberán estar registrados en el Registro Federal de Cultura (https://somos.cultura.gob.ar/), creado por Resolución N° 130/2021 de este Ministerio, y cumplir con los requisitos establecidos en las bases y condiciones específicas de cada iniciativa.

IF-2023-64015860-APN-DNICUL#MC