MINISTERIO
DE CULTURA
Resolución 747/2023
RESOL-2023-747-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-57063052- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio el Decreto Nº 335 de fecha 4 de abril de 2020, la
Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley
de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, se encuentra el de “(...) Ejecutar políticas públicas
tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar
las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y
ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso
igualitario a bienes y medios de producción cultural (...)” y “(...)
Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto
con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil (...)”.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus objetivos,
conforme el artículo 19 del Decreto Nº 335/20, los de “Entender en la
propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y
favorecer el Desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA
(...) Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a
la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura,
tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y
proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión (...) Entender en
la planificación de políticas de financiamiento de la actividad
cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad
civil, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, mediante la
Decisión Administrativa Nº 1428/20 (DECAD-2020-1428-APN-JGM), tiene
entre sus objetivos “Promover e incentivar el desarrollo de actividades
económicas asociadas con la cultura, la generación de empleo sectorial
y de los servicios vinculados, en el marco de su competencia”.
Que los sectores de las industrias culturales -audiovisual, artes
visuales, circo, danza, diseño, editorial, folklore, gastronomía, hip
hop, infancias, música, música académica, tango, teatro y videojuegos-
tienen un gran impacto en el desarrollo de la cultura y economía
nacional.
Que el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN ha promovido a lo largo de
los años distintas políticas para fomentar el financiamiento de estos
sectores culturales, la disponibilidad de recursos, el intercambio de
saberes y la constitución de redes y articulación de distintos actores,
que impulsen la producción, distribución, comercialización y
exportación de bienes culturales argentinas.
Que entre dichas políticas se destaca el desarrollo de MICA, el Mercado
de Industrias Culturales, que desde su primera edición en el año 2011
brinda oportunidades y herramientas para el crecimiento del sector.
Que con el objeto de formalizar esta iniciativa proveyéndola de una
estructura para gestionar y ejecutar las distintas líneas, es que se
propone la creación del PROGRAMA MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES, en el marco de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS
CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de
su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, y el Decreto Nº
101/85.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Crear el PROGRAMA MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES, en el marco de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS
CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, de
conformidad con los fundamentos y objetivos que se consignan en el
ANEXO (IF-2023-63205389-APN-DNICUL#MC), que forma parte integrante de
la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/06/2023 N° 46950/23 v. 23/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
Programa
MICA
Fundamentos y objetivos
1. MARCO GENERAL
Las industrias culturales son aquellas actividades creativas de alto
valor cultural y artístico, que contribuyen al desarrollo económico de
un país mediante la generación de empleo y circulación monetaria.
Todos los sectores -audiovisual, artes visuales, circo, danza, diseño,
editorial, folklore, gastronomía, hip hop, infancias, música, música
académica, tango, teatro y videojuegos- tienen un gran impacto en el
desarrollo de la cultura y economía nacional. De acuerdo con los
informes del Sistema de Información Cultural de la Argentina (SInCA),
en el año 2021, la producción cultural contribuyó a la recuperación de
la economía en su conjunto. El Valor Agregado Bruto (VAB) del sector
cultural alcanzó la cifra de 296.753 puestos de trabajo, lo cual
representa aproximadamente el 1.8% del empleo privado total del país y
el 1.4% del empleo total de la economía.
En este contexto, el Ministerio de Cultura de la Nación ha promovido a
lo largo de los años distintas políticas para fomentar el
financiamiento de estos sectores culturales, la disponibilidad de
recursos, el intercambio de saberes y la constitución de redes y
articulación de distintos actores, que impulsen la producción,
distribución, comercialización y exportación de bienes culturales
argentinas.
Entre dichas políticas se destaca el desarrollo de MICA, el Mercado de
Industrias Culturales, que desde su primera edición en el año 2011
brinda oportunidades y herramientas para el crecimiento del sector. En
el Centro Cultural del Bicentenario "Presidente Dr. Néstor Carlos
Kirchner", se llevó a cabo en 2022 el Mercado de Industrias Culturales
Argentinas - MICA donde participaron más de 1000 productores
provenientes de distintas regiones del país, así como más de 400
compradores nacionales e internacionales.
Con el objeto de formalizar esta iniciativa proveyéndola de una
estructura para gestionar y ejecutar las distintas líneas, es que se
propone la creación del PROGRAMA MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES, en el marco de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS
CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL.
2. OBJETIVOS GENERALES
A través del Programa, el Ministerio podrá desarrollar:
2.1 Encuentros, showcases, rondas de negocios y ferias, tanto
nacionales como internacionales, donde los emprendedoras podrán exhibir
y vender sus productos y servicios, estableciendo contactos y gestiones
comerciales. Asimismo se promoverán rondas con distintos inversores
para que los productores puedan ofrecer sus productos.
2.2 1. Promoción del patrimonio cultural: Los mercados culturales
nacionales permiten resaltar y promover el rico patrimonio cultural de
un país, tanto tangible como intangible. Esto incluye la valorización
de tradiciones, expresiones artísticas, artesanía, gastronomía y otras
manifestaciones culturales propias de la identidad nacional.
2.3 Formación y capacitación. Se promoverán distintos proyectos de
formación y capacitación en distintos formatos (presenciales y/o
virtuales, seminarios, encuentros, clases magistrales, entre otros)
fortaleciendo los conocimientos técnicos en cada rama de las industrias
y de gestión y emprendedurismo cultural, brindando herramientas para la
formalización de los proyectos.
2.4 Financiamiento y desarrollo económico. Desde MICA se llevarán a
cabo programas de financiamiento para el desarrollo de proyectos
culturales, contribuyendo al fortalecimiento del sector, generando
puestos de trabajo y promoviendo el emprendimiento y la sostenibilidad
de los proyectos. Este financiamiento se dará a través de distintas
iniciativas.
2.5 Promoción internacional. Se promoverá la internacionalización de
las industrias culturales, facilitando la participación de
emprendedores en ferias y eventos internacionales, y la exportación de
bienes y servicios culturales.
2.6 Convenios. Desde MICA o la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS
CULTURALES se podrán llevar a cabo distintos convenios o acuerdos con
organismos nacionales e internacionales, cámaras, gremios y/o
asociaciones de las industrias culturales, entre otros, el objeto de
ampliar o potenciar las políticas de apoyo a las industrias culturales.
3. OBJETIVOS PARTICULARES
3.1 Desarrollar un Registro que permita hacer un relevamiento y
seguimiento de la situación de las industrias culturales en el país, y
su dinámica y evolución.
3.2 Visibilizar y potenciar el rol de las industrias culturales en la
economía nacional.
3.3 Contribuir a fortalecer los espacios de circulación de los bienes y
servicios culturales, y a desarrollar nuevas técnicas y herramientas
innovadoras.
3.4 Articular entre distintos actores del sector en cualquiera de las
órbitas nacionales e internacionales.
3.5 Federalizar la producción cultural, fomentar el potencial
exportador y generador de trabajo de las industrias.
3.6 Estimular la creatividad y la innovación, brindando un espacio
propicio para que los creadores y artistas locales puedan mostrar su
talento, experimentar con nuevas ideas y fomentar la innovación en el
ámbito cultural.
3.7 Fomentar el turismo cultural, con visitantes nacionales e
internacionales, generando ingresos y promoviendo la difusión de la
diversidad e identidad cultural del país a través de experiencias
auténticas.
4. PLATAFORMA
Durante 2021, el MICA lanzó su plataforma virtual, un catálogo de la
cultura argentina pensado para facilitar la vinculación entre
productores y promover la producción nacional a nivel internacional.
Este desarrollo fue impulsado en conjunto entre la Secretaría de
Desarrollo Cultural del Ministerio de Cultura y la Empresa Argentina de
Soluciones Satelitales - ARSAT S.A.
La Plataforma MICA permite consolidar la experiencia de los MERCADOS DE
INDUSTRIAS CULTURALES DE LA ARGENTINA (MICA), siendo un espacio de
convergencia entre los compradores de bienes y servicios originados en
las industrias creativas, y los oferentes de dichos bienes.
Esta plataforma es la herramienta que concentra las iniciativas MICA,
de conjunto con el Registro Federal de Cultura.
Quienes quieran participar en las diferentes oportunidades que forman
parte del Programa, deberán estar registrados en el Registro Federal de
Cultura (
https://somos.cultura.gob.ar/),
creado por Resolución N° 130/2021 de este Ministerio, y cumplir con los
requisitos establecidos en las bases y condiciones específicas de cada
iniciativa.
5. SECTORES
El Mercado MICA trabaja con 15 sectores de las industrias culturales:
audiovisual, artes visuales, circo, danza, diseño, editorial, folklore,
gastronomía, hip hop, infancias, música, música académica, tango,
teatro y videojuegos. Cada sector tiene un coordinador, cuya principal
función es actuar como un vínculo y facilitador entre las diversas
organizaciones, asociaciones, sindicatos, redes, colectivos y
productores involucrados en el Mercado de Industrias Culturales
Argentinas (MICA) y la Dirección Nacional de Industrias Culturales.
Su labor se fundamenta en la experiencia práctica dentro del sector
cultural, la gestión institucional y la interacción entre diferentes
sectores. Es el representante visible para las industrias culturales de
las acciones desarrolladas por la Dirección Nacional de Industrias
Culturales y la Secretaría de Desarrollo Cultural.
Este rol cuenta con capacidad para gestionar y producir en el ámbito
del MICA, así como en las rondas sectoriales, y tiene la capacidad de
resolver tanto situaciones planificadas como emergentes.
Asimismo, cada uno lleva adelante acciones federales para cada uno de
los sectores, de tal forma que la política se desarrolle en todas las
provincias, incentivando los talentos y producciones locales.
IF-2023-63205389-APN-DNICUL#MC