INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 193/2023
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2023
VISTO el Expediente Nº 326/2023/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución
N° 123/2019/INAMU, la Resolución N° 68/2023/INAMU y la Resolución N°
192/2023/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.801 se sancionó con el objetivo principal de fomentar
la actividad musical en general y la nacional en particular.
Que la Ley N° 26.801, en su artículo 5°, establece la naturaleza
jurídica del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, como ente público no
estatal, rigiéndose por su propio estatuto y reglamento interno que
elabore el directorio y apruebe la Asamblea Federal y por las normas
que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y
funciones.
Que por la Resolución N° 123/2019/INAMU se aprobó el Estatuto del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que la implementación de nuevos medios de fomentar la actividad musical
nacional, la mejora continua de los procesos desarrollados por el INAMU
y el impacto del avance tecnológico en el sistema de gestión y registro
de las actividades del Instituto motivaron propuestas de modificación
al Estatuto antes citado.
Que, en virtud de ello, se puso a consideración de la Asamblea Federal
como punto 5) del Orden del Día “Modificación del Estatuto y Reglamento
del INAMU” de su reunión ordinaria del 18 de abril de 2023, conforme
surge de la Resolución Nº 68/2023/INAMU.
Que la Asamblea Federal aprobó por unanimidad la modificación
propuesta, tal como surge del acta transcripta mediante Resolución Nº
192/2023/INAMU.
Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 123/2019/INAMU.
Que el Área de Asuntos Técnico Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en el uso de las facultades conferidas por la Ley 26.801.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Déjese sin efecto la Resolución N° 123/2019/INAMU.
ARTÍCULO 2.- Apruébese el ESTATUTO del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA,
que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese.
Bernabe Cantlon - Dora Elena Bogarin
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/06/2023 N° 49478/23 v. 30/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)