MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 880/2023

RESOL-2023-880-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2023

Visto el expediente EX-2023-17020698- -APN-DGDA#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023, formulado por Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte.

Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el capítulo III del título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 de la empresa Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle que figura en los anexos I (IF-2023-72161359-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.

ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de doscientos cuarenta millones de pesos ($ 240.000.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($ 9.742.136.000) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en nueve mil quinientos dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($ 9.502.136.000) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2023-71548325APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($ 9.742.136.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($ 9.742.136.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Equilibrado), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC),

ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de quinientos setenta millones de pesos ($ 570.000.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma de quinientos setenta millones de pesos ($ 570.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2023, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II (IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/06/2023 N° 49497/23 v. 30/06/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)