MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 880/2023
RESOL-2023-880-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2023
Visto el expediente EX-2023-17020698- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023, formulado por
Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con
Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el ámbito del Ministerio
de Transporte.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el capítulo III del
título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 de
octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de la empresa Desarrollo del Capital Humano Ferroviario
Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el
ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle que
figura en los anexos I (IF-2023-72161359-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de doscientos cuarenta millones de
pesos ($ 240.000.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
nueve mil setecientos cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil
pesos ($ 9.742.136.000) los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado
en nueve mil quinientos dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($
9.502.136.000) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del
Anexo II (IF-2023-71548325APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y
dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($ 9.742.136.000) los
ingresos corrientes y fíjanse en la suma de nueve mil setecientos
cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil pesos ($
9.742.136.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Equilibrado), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del Anexo II
(IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC),
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de quinientos setenta millones de
pesos ($ 570.000.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma de
quinientos setenta millones de pesos ($ 570.000.000) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución,
estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2023,
de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II
(IF-2023-71548325-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/06/2023 N° 49497/23 v. 30/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)