MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS

Disposición 11/2023

DI-2023-11-APN-SSES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2023

VISTO el Expediente EX-2023-55007799- APN-DD#MS, la Resolución N° 2198 del 6 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Ministerial N° 2198/2021 se ha aprobado la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOSSALUDABLES (ENES) en el marco de las acciones promovidas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD de este Ministerio de Salud.

Que, la misma se instrumenta con el objeto de atender los cambios medioambientales y socioeconómicos de las últimas décadas, como ser la masificación del consumo y el desarrollo tecnológico, que han promovido estilos de vida no saludables incluyendo la inactividad física, la alimentación inadecuada, el consumo de tabaco y el uso de alcohol, siendo estos los factores de riesgo (FR) comunes de las enfermedades no transmisibles (ENTs).

Que estas acciones se promueven en escuelas, universidades y lugares de trabajo, que tienen un papel protagónico en la promoción de la salud, siendo que son lugares de permanencia y pertenencia en donde puede fomentarse una cultura de hábitos saludables y modificar los estilos de vida de quienes participan en ellos, sus familiares y otras personas del entorno, mejorando así la calidad de vida y salud psicosocial en general.

Que en los Anexos II, III, IV aprobados por la Resolución Ministerial N° 2198/2021, se establecieron las condiciones para la certificación y el cumplimiento de estándares para escuelas saludables, universidades saludables, así como también para organizaciones y/o lugares de trabajo saludables.

Que asimismo el reconocimiento a las instituciones que den cuenta del cumplimiento de los estándares por ejes contemplados en cada etapa del proceso hacia obtener el carácter de Universidad, Escuela, u Organismo o Lugar de Trabajo Saludable;fortalece y dota de mayor eficacia a la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOS SALUDABLES (ENES) porque promueve la distinción y difusión de la misma, con consecuencias positivas para modificación de los determinantes de la salud que hoy afectan en el riesgo de padecer ENTs.

Que a fin de maximizar el alcance de los objetivos de la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOS SALUDABLES (ENES) se delegó, a través de la Resolución Ministerial N° 2198/2021, en la SUBSECRETARIA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS la suscripción de los instrumentos legales que resulten apropiados a efectos de articular con otros ministerios y organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, organizaciones académicas y de la sociedad civil.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES, la SUBSECRETARIA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS Y LA SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en el uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 223/2021 y por el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 2198/2021.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ESTRATEGIAS SANITARIAS

DISPONE:

ARTICULO 1°. – Apruébese el certificado de reconocimiento marco, en contexto de la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOS SALUDABLES (ENES) aprobada por Resolución Ministerial N° 2198/2021, para UNIVERSIDAD SALUDABLE y ORGANIZACIÓN Y/O LUGAR DE TRABAJO SALUDABLE que como Anexo I (IF-2023-55620906-APN-DNAIENT#MS) forma parte integrante de la presente, que tendrá validez por un periodo de un (1) año desde el momento de su emisión, con posibilidad de una renovación por igual período.

ARTICULO 2°. - Apruébese el certificado de reconocimiento marco, en contexto de la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOS SALUDABLES (ENES) aprobada por Resolución Ministerial N° 2198/2021, para UNIVERSIDAD SALUDABLES SOSTENIBLE y ORGANIZACIÓN Y/O LUGAR DE TRABAJO SALUDABLE SOSTENIBLE, que como ANEXO II (IF-2023-55620483-APN-DNAIENT#MS) forma parte integrante de la presente, que tendrá validez por un período de dos (2) años desde el momento de su emisión.

ARTÍCULO 3º.- Se otorgará el reconocimiento a toda aquella institución adherida a la ESTRATEGIA NACIONAL DE ENTORNOS SALUDABLES (ENES) en sus subestrategias de Universidades Saludables y Organización y/o Lugar de Trabajo Saludable que cuente con la documentación de respaldo de acreditación del cumplimiento de las metas comprometidas en las etapas de Saludable y posteriormente en la etapa Saludable-Sostenible.

ARTÍCULO 4°. –La evaluación y el otorgamiento del certificado será emitido por la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD de este MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°. - La SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD y la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS suscribirán el certificado de reconocimiento que será expedido para los requirentes, según corresponda, en soporte digital.

ARTÍCULO 6°. - Establécese que el reconocimiento no podrá ser publicitado y/o difundido por ningún medio con fines comerciales ni como parte de una estrategia comercial, de posicionamiento de marca o de empresa, por lo que no se autoriza su utilización en etiquetados, envases o advertencias de productos comerciales.

ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Manuel Castelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/07/2023 N° 50927/23 v. 05/07/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)