ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5380/2023

RESOG-2023-5380-E-AFIP-AFIP - Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono. Ley N° 23.966, Título III. Resolución General N° 3.388. Marcadores químicos y reagentes homologados. Proveedores autorizados. Resolución General Nº 4.234. Su complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-01431753- -AFIP-DEGEAP#SDGFIS, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 de la Resolución General Nº 3.388 y su modificatoria, le corresponde a este Organismo homologar, mediante el dictado de una resolución general, los marcadores químicos y reagentes -que deben utilizar los sujetos pasivos del impuesto y los titulares de estaciones de servicio, bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores de combustibles líquidos- que resulten aprobados para su comercialización, e informar la respectiva empresa proveedora autorizada.

Que en tal sentido, a través de la Resolución General Nº 4.234, se homologaron los marcadores químicos y reagentes de la empresa CORAS S A ARGENTINA, autorizando a la misma para su comercialización por el lapso de TREINTA Y SEIS (36) meses.

Que por la Resolución General N° 5.098, esta Administración Federal renovó hasta el 31 de diciembre de 2022, con una extensión automática de SEIS (6) meses, la referida homologación y autorización para comercializar los productos.

Que a raíz de la recomendación efectuada por la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización dependiente de la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, se procede nuevamente a renovar hasta el 30 de septiembre de 2023, inclusive, la homologación y autorización establecidas a través de la Resolución General N° 4.234 y su complementaria; a efectos de que el organismo técnico competente y la empresa solicitante puedan cumplimentar lo dispuesto en el Apartado C) del Anexo IV de la mencionada Resolución General N° 3.388, su modificatoria y sus complementarias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 74 del 22 de enero de 1998 y sus modificatorios, y el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Renovar desde el 1 de julio de 2023 y hasta el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive, la homologación de sistema “marcador/reagente” y la autorización otorgada a la empresa CORAS S A ARGENTINA (CUIT N° 33-58117891-9), para comercializar dichos productos, establecidas por la Resolución General Nº 4.234 y su complementaria, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos y condiciones previstos en la Resolución General N° 3.388, su modificatoria y sus complementarias.

Cumplido el plazo previsto en el párrafo anterior, sin haberse dispuesto una nueva homologación de sistema “marcador/reagente” y/o autorización para comercializar los productos, el mismo se extenderá automáticamente hasta la entrada en vigencia de una resolución general que otorgue otra homologación y/o autorización o DOS (2) meses, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

e. 07/07/2023 N° 51869/23 v. 07/07/2023