JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 507/2023
RESOL-2023-507-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-26626877- -APN-DACYGD#AABE del Registro
de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus
modificatorios, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios, los Decretos
Nros. 1382 del 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios, 167 del 2 de
marzo de 2018 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley N° 27.431 y sus modificatorios incorporó
a la Ley Complementaria del Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus
modificatorios la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear
Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para gestionar planes,
programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo
determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos
humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una
duración que no exceda los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas
siempre que estén previstas en el Presupuesto del año siguiente al
vencimiento del plazo.
Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto N° 167 del 2 de marzo de
2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos,
Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias, en los términos del
artículo 108 de la Ley N° 27.431 y sus modificatorios y a designar a
los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante el Decreto Nº 1382 del 9 de agosto de 2012 y sus
modificatorios se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO, que es el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, siendo su objetivo “la coordinación de las
políticas, normas y procedimientos relacionados con los bienes
inmuebles del Estado Nacional, el control permanente de la actividad
inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria
de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que conforman el
Sector Público Nacional” y cuenta entre sus funciones la de “proponer
las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y
disposición de los bienes inmuebles del Estado Nacional”.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios se aprobaron los ámbitos jurisdiccionales en los que
actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo
descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en fecha 21 de marzo de 2023 se ha suscripto el “Convenio Marco
Compromisos CAF” entre el ESTADO NACIONAL, representado por el
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
representado por el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, por el cual las
partes acordaron retrotraer los derechos y obligaciones derivados del
Convenio Marco del 23 de noviembre de 2018, su adenda del 10 de enero
de 2019 y el Convenio de Préstamo Subsidiario al Contrato de Préstamo
N° 9710/CAF-0, recuperando el ESTADO NACIONAL diversos inmuebles
oportunamente transferidos a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entre
los cuales se encuentra el predio conocido como “Ex -Mercado de
Hacienda”, delimitado por la Avenida Directorio, la Avenida Murguiondo,
la Avenida Eva Perón, la Avenida De los Corrales y la Avenida Lisandro
de la Torre, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que con motivo del traslado del Mercado Concentrador de Liniers a la
localidad de CAÑUELAS de la Provincia de BUENOS AIRES, en fecha 13 de
mayo de 2022, dejando de operar en el citado inmueble, se generó un
nuevo macizo de suelo disponible, potencialmente desarrollable
urbanísticamente, ubicado en una zona estratégica de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y de gran valor.
Que, en miras de otorgarle un uso óptimo al inmueble, resulta necesario
coordinar la participación de organismos públicos y agentes privados a
los fines de implementar y ejecutar un Máster Plan que contemple
diferentes usos como ser habitacionales, comerciales, culturales y
recreativos con impacto positivo en la edificación, energías
renovables, espacios verdes y actividades económicas.
Que por la amplitud de las acciones y la diversidad de actores
intervinientes resulta necesario conformar una unidad de carácter
especial, a fin de proyectar, desarrollar y articular las actividades
concernientes y/o vinculadas con la organización, planificación y
ejecución de un Máster Plan en el referido inmueble.
Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada
por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios y el
Decreto Nº 167/18, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales
del Organismo para el desarrollo de la “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO
DE HACIENDA”.
Que, en consecuencia, se considera pertinente crear la UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA”, con
dependencia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, con el objeto de diseñar y ejecutar el Máster Plan de
desarrollo urbano del predio delimitado por la Avenida Directorio, la
Avenida Murguiondo, la Avenida Eva Perón, la Avenida Lisandro de la
Torre y la Avenida De los Corrales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, conocido como “Mercado de Hacienda”.
Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la
entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo
dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
y sus modificatorias, o hasta el cumplimiento del objetivo para el cual
fue creada si se realiza con anterioridad.
Que la Señora Analía Verónica ROMEO (D.N.I. Nº 23.154.373) y el
Arquitecto Fabio Omar OLIVA (D.N.I. Nº 17.896.450), reúnen las
condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir con las
responsabilidades y funciones de Titular y Subtitular, respectivamente,
de la mentada Unidad Ejecutora Especial Temporaria que se crea.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la
SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la
OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
han tomado la intervención que les compete.
Que los servicios jurídicos permanentes de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han
tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE
DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA”, con dependencia de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de
desarrollar, implementar y ejecutar un Máster Plan de desarrollo urbano
integral con impacto positivo en la edificación, energías renovables,
espacios verdes y actividades económicas en el inmueble denominado “Ex
Mercado de Hacienda”.
ARTÍCULO 2º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA” tendrá como objetivos:
1. Entender en la elaboración del marco metodológico, técnico y
conceptual necesario para la formulación del Máster Plan de desarrollo
urbanístico, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia de la Administración Pública Nacional, respetando los
estándares internacionales para la creación y conservación de espacios
verdes en zonas urbanas, así como culturales, deportivas y educativas,
que deberán responder a una planificación orientada a mejorar el nivel
de vida de los habitantes.
2. Articular con las distintas áreas de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia, su participación en la
evaluación, diseño, ejecución y supervisión de programas y proyectos a
ser incluidos en el Máster Plan, tendientes a promover el desarrollo
integral de un hábitat inclusivo, sustentable y accesible, que facilite
el acceso a la vivienda, salud, cultura, trabajo, educación, recreación
y deporte en el inmueble denominado “Ex Mercado de Hacienda”.
3. Promover vínculos con actores públicos y privados del ámbito del
desarrollo urbanístico sustentable y de la innovación y con las áreas
de la Administración Pública Nacional competentes en la materia, para
elaborar acciones y programas que potencien el desarrollo del predio
involucrado, logrando el agregado de valor a la zona a través de la
interacción económica y social.
4. Propiciar la inclusión en el Máster Plan de lineamientos y
estrategias relativas al desarrollo de la infraestructura del predio
que respeten e incorporen criterios de sustentabilidad energética,
acceso y conservación de las instalaciones.
5. Gestionar, en el ámbito de su competencia, la coordinación y
ejecución técnica de los programas, proyectos y actividades con
financiamiento público y privado que promuevan el desarrollo y
expansión del inmueble denominado “Ex Mercado de Hacienda”.
6. Entender, en coordinación con las áreas de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia, en la definición de las
especificaciones y evaluación técnica, en el trámite de adquisición de
bienes y contratación de servicios vinculados con los proyectos que se
implementen para el desarrollo propiciado.
7. Proponer condiciones de remodelación y puesta en valor del área comprendida por dicho inmueble.
8. Realizar reuniones de trabajo participativas a los fines de
incorporar en la formulación del Máster Plan las visiones, opiniones y
propuestas de los sectores empresariales, de los/las trabajadores/as,
de las organizaciones sociales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
de las entidades intermedias y de otros actores de la sociedad civil
vinculados a las temáticas de urbanización.
9. Impulsar y coordinar acciones con las distintas jurisdicciones del
Gobierno Nacional, relacionadas con la seguridad del inmueble y sus
instalaciones necesarias para la ejecución del proyecto.
10. Asistir a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en la
elaboración de contratos, convenios y todo tipo de acuerdos o
instrumentos necesarios para la organización y ejecución del proyecto.
11. Propiciar y priorizar la suscripción de convenios con instituciones
reconocidas del Sistema Educativo Nacional y del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación para el desarrollo del Máster Plan y
la estrategia a implementar, que promuevan y estimulen el desarrollo de
proyectos tecnológicos, comerciales, educativos, recreativos y
arquitectónicos.
12. Efectuar el análisis jurídico relativo al cumplimiento de la
normativa urbanística, ambiental y administrativa que posibilite el
desarrollo del Máster Plan, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
ARTÍCULO 3º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE
DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA” estará a cargo de un/a funcionario/a
fuera de nivel con rango y jerarquía de Director/a Nacional y
remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I en
carácter de Titular y de un/a funcionario/a fuera de nivel con
jerarquía de Director/a de Segunda Apertura y remuneración equivalente
al Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, en carácter de Subtitular,
ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada mediante el artículo 1º de la presente
medida quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de
la presente resolución, o hasta el cumplimiento del objetivo para el
cual fue creada si se realiza con anterioridad.
ARTÍCULO 5º.- Desígnase en el cargo de Titular de la UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA” a la
señora Analía Verónica ROMEO (D.N.I. Nº 23.154.373).
ARTÍCULO 6º.- Desígnase en el cargo de Subtitular de la UNIDAD
EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE
HACIENDA” al Arquitecto Fabio Omar OLIVA (D.N.I. Nº 17.896.450).
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Entidad 205 – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi
e. 11/07/2023 N° 52644/23 v. 11/07/2023