MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

Resolución 63/2023

RESOL-2023-63-APN-SCS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2023

VISTO el EX-2023-31116653-APN-DD#MS del registro de este MINISTERIO; y,

CONSIDERANDO:

Que la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.

Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN del MINISTERIO DE SALUD, a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, dependiente de esa Subsecretaría.

Que por Convenio N° 23 de fecha 20 de noviembre de 2015, firmado entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el Convenio N° 2 de fecha 5 de noviembre de 2018, celebrado entre este Ministerio y el MINISTERIO DE SALUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta del Examen Único de Ingreso a al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, creado por la Ley N° 22.127.

Que la Resolución N° 250 de fecha 29 de noviembre de 2019 de la entonces la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA, denominó CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD al CONCURSO DE RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, Hospital de Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan y con el Hospital Dr. Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El Cruce – S.A.M.I.C, residencias básicas y articuladas de hospitales de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES MUNICIPIOS ASOCIADOS y MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL y las residencias básicas, articuladas y concurrencias en hospitales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CU), para el año 2020.

Que en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, atento el escenario epidemiológico y sanitario en el mundo y en nuestro país, teniendo en cuenta la escasez de profesionales del sistema de salud y en virtud a la alta demanda que ha ocasionado la Pandemia, esta cartera del estado definió aplicar para el concurso 2021 lo definido por la Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.

Que mediante Resolución N°145 de fecha 18 de julio de 2022, de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD se aprueban los anexos del entonces CU 2022 en los Artículos 1°, 2° y 3°, los mismos deben ser derogados a fin de actualizar las condiciones de ingreso y las fechas del cronograma 2023.

Que el ingreso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud se realiza anualmente mediante el CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, concurso público y abierto que reglamenta las características y requerimientos del mismo.

Que el concurso es un proceso transparente cuyo objetivo principal es considerar los conocimientos de grado y antecedentes formativos de cada aspirante, a través de la realización de una evaluación objetiva y documentada.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO junto con el Comité Técnico han conformado los reglamentos pertinentes por el que se ofrecen los cupos y se adjudican los cargos ofrecidos para residencias del Equipo de Salud acordando un cronograma común.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la establecido en el Decreto N° 223, de fecha 28 de marzo de 2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Deróganse los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 145 de fecha 18 de julio 2022 de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD.

ARTÍCULO 2° - Establécense como denominaciones para el concurso 2023 las contempladas para los concursos ciclo 2020, conforme los Artículos 1° y 2° de la Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.

ARTÍCULO 3° - (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)

ARTÍCULO 4°- (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)

ARTÍCULO 5°- (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)

ARTÍCULO 6°- Facúltase al Comité técnico del CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD al CONCURSO DE RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, Hospital de Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan y con el Hospital Dr. Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El Cruce – S.A.M.I.C, residencias básicas y articuladas de hospitales de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, MUNICIPIOS ASOCIADOS y MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL y las residencias básicas, articuladas y concurrencias en hospitales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CU), a redefinir y/o modificar la modalidad de inscripción y de adjudicación de las especialidades Básicas y PostBásicas, conforme los Artículos 6° y 8°, de la Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.

ARTÍCULO 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandro Federico Collia

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/07/2023 N° 53222/23 v. 12/07/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I

(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)

ANEXO II

(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)

ANEXO III

(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)