MINISTERIO
DE SALUD
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD
Resolución 63/2023
RESOL-2023-63-APN-SCS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2023
VISTO el EX-2023-31116653-APN-DD#MS del registro de este MINISTERIO; y,
CONSIDERANDO:
Que la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud
son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE
SALUD.
Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, funciona en
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
del MINISTERIO DE SALUD, a través de la coordinación operativa de la
DIRECCIÓN NACIONAL TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, dependiente de esa
Subsecretaría.
Que por Convenio N° 23 de fecha 20 de noviembre de 2015, firmado entre
el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el Convenio N° 2 de fecha 5 de noviembre de
2018, celebrado entre este Ministerio y el MINISTERIO DE SALUD DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, se establecieron las condiciones de
cooperación para la implementación conjunta del Examen Único de Ingreso
a al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, creado por la
Ley N° 22.127.
Que la Resolución N° 250 de fecha 29 de noviembre de 2019 de la
entonces la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA, denominó
CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD al CONCURSO DE
RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUCIONES
NACIONALES, Hospital de Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan
y con el Hospital Dr. Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El
Cruce – S.A.M.I.C, residencias básicas y articuladas de hospitales de
la PROVINCIA DE BUENOS AIRES MUNICIPIOS ASOCIADOS y MUNICIPIOS
ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL y las residencias básicas, articuladas
y concurrencias en hospitales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
(CU), para el año 2020.
Que en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE
LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, atento el
escenario epidemiológico y sanitario en el mundo y en nuestro país,
teniendo en cuenta la escasez de profesionales del sistema de salud y
en virtud a la alta demanda que ha ocasionado la Pandemia, esta cartera
del estado definió aplicar para el concurso 2021 lo definido por la
Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.
Que mediante Resolución N°145 de fecha 18 de julio de 2022, de la
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD se aprueban los anexos del entonces CU
2022 en los Artículos 1°, 2° y 3°, los mismos deben ser derogados a fin
de actualizar las condiciones de ingreso y las fechas del cronograma
2023.
Que el ingreso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud
se realiza anualmente mediante el CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD, concurso público y abierto que reglamenta las
características y requerimientos del mismo.
Que el concurso es un proceso transparente cuyo objetivo principal es
considerar los conocimientos de grado y antecedentes formativos de cada
aspirante, a través de la realización de una evaluación objetiva y
documentada.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO junto con el
Comité Técnico han conformado los reglamentos pertinentes por el que se
ofrecen los cupos y se adjudican los cargos ofrecidos para residencias
del Equipo de Salud acordando un cronograma común.
Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la establecido en el Decreto N° 223, de fecha 28 de
marzo de 2021.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Deróganse los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N°
145 de fecha 18 de julio 2022 de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD.
ARTÍCULO 2° - Establécense como denominaciones para el concurso 2023
las contempladas para los concursos ciclo 2020, conforme los Artículos
1° y 2° de la Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO 3° -
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)
ARTÍCULO 4°-
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)
ARTÍCULO 5°-
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)
ARTÍCULO 6°- Facúltase al Comité técnico del CONCURSO UNIFICADO DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD al CONCURSO DE RESIDENCIAS BÁSICAS Y
ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, Hospital de
Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan y con el Hospital Dr.
Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El Cruce – S.A.M.I.C,
residencias básicas y articuladas de hospitales de la PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, MUNICIPIOS ASOCIADOS y MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA
PROVINCIAL y las residencias básicas, articuladas y concurrencias en
hospitales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CU), a redefinir y/o
modificar la modalidad de inscripción y de adjudicación de las
especialidades Básicas y PostBásicas, conforme los Artículos 6° y 8°,
de la Resolución 250, de fecha 29 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Federico Collia
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/07/2023 N° 53222/23 v. 12/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
I
(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)
ANEXO
II
(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)
ANEXO
III
(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 74/2024 de la Secretaría de Calidad en Salud B.O. 11/6/2024.)