MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 872/2023

RESOL-2023-872-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-69913126- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 912 de fecha 22 de julio de 2021, N° 853 de fecha 8 de junio de 2022 y N° 226 de fecha 9 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa “GESTIONAR FUTURO”, creado mediante Resolución M.C. N° 912/21 (RESOL-2021-912-APN-MC), tiene como objetivo general identificar, apoyar y consolidar, a través de recursos y herramientas técnicas y económicas, la actividad desarrollada por los/as gestores culturales de todo el territorio nacional, el carácter asociativo de esta última, y los proyectos y programas que estos/as impulsan y contribuyen a la reactivación del tejido cultural y productivo de cada región.

Que para el cumplimiento de sus objetivos, dicho Programa propone la organización de encuentros de intercambio entre gestores culturales en para mantener actualizada una agenda profunda, orgánica y programática para la gestión cultural, como así también el otorgamiento de becas y ayudas para movilidad y apoyos de carácter logístico, destinados a concretar la participación de los/as gestores culturales, destinatarios/as del programa, en instancias de formación, encuentros, congresos, ferias, festivales u otros ámbitos de realización de su actividad.

Que, en este marco, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, ha decidido convocar a los/as seleccionados/as en las TRES (3) convocatorias del Programa GESTIONAR FUTURO, que se encuentren a más de TRESCIENTOS (300) kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; para participar del ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, que tendrá lugar en el mes de septiembre del corriente año, en el CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”.

Que lo previamente mencionado se enmarca dentro de los lineamientos del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN en materia de formación cultural, abordada como un proceso de reflexión, investigación y producción de conocimiento, mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario implementado en todo el territorio nacional.

Que, el ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACION CULTURAL es una propuesta de capacitación para gestoras y gestores culturales, formadoras y formadores, estudiantes de formación cultural, que prioriza la cooperación, la reflexión y el intercambio con organismos nacionales, provinciales y municipales, tendiente al fortalecimiento de las capacidades técnicas de sus trabajadores y trabajadoras, y contribuyen con la profesionalización de los trabajadores/as culturales en los diversos niveles de la administración pública, privada y comunitaria de todo el país, en materia cultural.

Que resulta de vital importancia, la participación de gestores/as culturales que hayan sido seleccionados/as en las tres convocatorias del programa GESTIONAR FUTURO, el cual los reconoce como sujetos políticos que ejercen diferentes roles institucionales, territoriales o sociales para seguir contribuyendo a la profesionalización e intercambio de saberes entre los gestores/as de todo el país para potenciar su rol y diseño de futuros proyectos asociativos en un espacio de encuentro y diálogo.

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias se encuentra el de “(…) Entender en la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas (…)”; “(…) Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.(…)”; “(…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes (…)” y “(…) Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos (…)”, entre otros relacionados.

Que de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19, modificado por su similar Nº 335/20, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la producción y consumo de bienes y servicios culturales)(…)”, y “(…) Impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de promover la recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de los derechos culturales.(…)”, entre otros.

Que específicamente, en relación con los procesos de formación dirigidos al sector cultural, relacionados con el cumplimiento de los objetivos enunciados, y en los términos de la Decisión Administrativa Nº1428/20, Anexo II, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA tiene como responsabilidad primaria “Implementar mecanismos de articulación y coordinación para el cumplimiento de las metas establecidas para la Secretaría en el Plan Estratégico de la Jurisdicción, articulando el desarrollo operativo de los programas y proyectos, en el ámbito de su competencia”.

Que en línea con la mencionada responsabilidad, tiene asignadas entre sus acciones las de “(…) Analizar e integrar los planes y programas, compatibilizando objetivos y necesidades, en pos del cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Secretaría (…)” y “(…) Asistir en la formulación y propuesta del Plan Estratégico correspondiente a la Secretaría, coordinando acciones con las unidades organizativas dependientes de la misma (…)”

Que, en virtud de lo expuesto, se considera oportuno realizar la Convocatoria de los/as seleccionados/as del Programa GESTIONAR FUTURO, en sus TRES (3) ediciones, que se encuentren a más de TRESCIENTOS (300) kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para participar de las becas al “ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL”.

Que, a tal efecto, se ha elaborado el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones de la Convocatoria que, como ANEXO I (IF-2023-71847005-APN-SGC#MC), forma parte integrante de la presente medida, para la presentación de los postulantes, para participar del presente certamen que otorgará traslados y alojamientos con ese fin.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4- APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Convocatoria de los/as seleccionados/as del Programa GESTIONAR FUTURO, en sus TRES (3) ediciones, que se encuentren a más de TRESCIENTOS (300) kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para su participación del ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, que tendrá lugar en el mes de septiembre del corriente año en el CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2023-71847005-APN-SGC#MC), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento Técnico de Bases y Condiciones aprobado en el artículo precedente, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000.-), para atender los gastos integrales derivados de la convocatoria “ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL”.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 – PROGRAMA 16.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/07/2023 N° 53930/23 v. 13/07/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)