MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 872/2023
RESOL-2023-872-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-69913126- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nº 912 de fecha 22 de julio de 2021,
N° 853 de fecha 8 de junio de 2022 y N° 226 de fecha 9 de marzo de 2023
del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa “GESTIONAR FUTURO”, creado mediante Resolución M.C. N°
912/21 (RESOL-2021-912-APN-MC), tiene como objetivo general
identificar, apoyar y consolidar, a través de recursos y herramientas
técnicas y económicas, la actividad desarrollada por los/as gestores
culturales de todo el territorio nacional, el carácter asociativo de
esta última, y los proyectos y programas que estos/as impulsan y
contribuyen a la reactivación del tejido cultural y productivo de cada
región.
Que para el cumplimiento de sus objetivos, dicho Programa propone la
organización de encuentros de intercambio entre gestores culturales en
para mantener actualizada una agenda profunda, orgánica y programática
para la gestión cultural, como así también el otorgamiento de becas y
ayudas para movilidad y apoyos de carácter logístico, destinados a
concretar la participación de los/as gestores culturales,
destinatarios/as del programa, en instancias de formación, encuentros,
congresos, ferias, festivales u otros ámbitos de realización de su
actividad.
Que, en este marco, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de
la DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA dependiente de la SECRETARÍA
DE GESTIÓN CULTURAL, ha decidido convocar a los/as seleccionados/as en
las TRES (3) convocatorias del Programa GESTIONAR FUTURO, que se
encuentren a más de TRESCIENTOS (300) kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES; para participar del ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN
CULTURAL, que tendrá lugar en el mes de septiembre del corriente año,
en el CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER”.
Que lo previamente mencionado se enmarca dentro de los lineamientos del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN en materia de formación cultural,
abordada como un proceso de reflexión, investigación y producción de
conocimiento, mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario
implementado en todo el territorio nacional.
Que, el ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACION CULTURAL es una propuesta de
capacitación para gestoras y gestores culturales, formadoras y
formadores, estudiantes de formación cultural, que prioriza la
cooperación, la reflexión y el intercambio con organismos nacionales,
provinciales y municipales, tendiente al fortalecimiento de las
capacidades técnicas de sus trabajadores y trabajadoras, y contribuyen
con la profesionalización de los trabajadores/as culturales en los
diversos niveles de la administración pública, privada y comunitaria de
todo el país, en materia cultural.
Que resulta de vital importancia, la participación de gestores/as
culturales que hayan sido seleccionados/as en las tres convocatorias
del programa GESTIONAR FUTURO, el cual los reconoce como sujetos
políticos que ejercen diferentes roles institucionales, territoriales o
sociales para seguir contribuyendo a la profesionalización e
intercambio de saberes entre los gestores/as de todo el país para
potenciar su rol y diseño de futuros proyectos asociativos en un
espacio de encuentro y diálogo.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorias se encuentra el de “(…) Entender en la
formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de
la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en
todas sus formas (…)”; “(…) Ejecutar políticas públicas tendientes a
reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes
expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la
participación y organización popular garantizando el acceso igualitario
a bienes y medios de producción cultural.(…)”; “(…) Intervenir en el
ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación
de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales, con criterio federal y en coordinación con los
organismos competentes (…)” y “(…) Producir y promover contenidos
relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a
público de todas las edades, en todo el país y con criterios
inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos (…)”,
entre otros relacionados.
Que de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19,
modificado por su similar Nº 335/20, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y
ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y
fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como
a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la
producción y consumo de bienes y servicios culturales)(…)”, y “(…)
Impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el
desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de
promover la recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de
los derechos culturales.(…)”, entre otros.
Que específicamente, en relación con los procesos de formación
dirigidos al sector cultural, relacionados con el cumplimiento de los
objetivos enunciados, y en los términos de la Decisión Administrativa
Nº1428/20, Anexo II, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA
tiene como responsabilidad primaria “Implementar mecanismos de
articulación y coordinación para el cumplimiento de las metas
establecidas para la Secretaría en el Plan Estratégico de la
Jurisdicción, articulando el desarrollo operativo de los programas y
proyectos, en el ámbito de su competencia”.
Que en línea con la mencionada responsabilidad, tiene asignadas entre
sus acciones las de “(…) Analizar e integrar los planes y programas,
compatibilizando objetivos y necesidades, en pos del cumplimiento de
los objetivos estratégicos de la Secretaría (…)” y “(…) Asistir en la
formulación y propuesta del Plan Estratégico correspondiente a la
Secretaría, coordinando acciones con las unidades organizativas
dependientes de la misma (…)”
Que, en virtud de lo expuesto, se considera oportuno realizar la
Convocatoria de los/as seleccionados/as del Programa GESTIONAR FUTURO,
en sus TRES (3) ediciones, que se encuentren a más de TRESCIENTOS (300)
kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para participar de
las becas al “ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL”.
Que, a tal efecto, se ha elaborado el Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones de la Convocatoria que, como ANEXO I
(IF-2023-71847005-APN-SGC#MC), forma parte integrante de la presente
medida, para la presentación de los postulantes, para participar del
presente certamen que otorgará traslados y alojamientos con ese fin.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de
enero de 2023 (DECAD-2023-4- APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº
1344/07 y sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Convocatoria de los/as seleccionados/as del
Programa GESTIONAR FUTURO, en sus TRES (3) ediciones, que se encuentren
a más de TRESCIENTOS (300) kilómetros de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, para su participación del ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN
CULTURAL, que tendrá lugar en el mes de septiembre del corriente año en
el CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER”, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones que, como ANEXO I (IF-2023-71847005-APN-SGC#MC), forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de
aplicación e interpretación del Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones aprobado en el artículo precedente, y se encuentra
facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o
interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con
intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS CUARENTA MILLONES
($40.000.000.-), para atender los gastos integrales derivados de la
convocatoria “ENCUENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL”.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimento de lo dispuesto
precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas
específicas correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 – PROGRAMA 16.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/07/2023 N° 53930/23 v. 13/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)