INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER
Disposición 117/2023
DI-2023-117-APN-INC#MS
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-61425148-APN-DA#INC, la Ley Nº 27.285,
el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre del 2010, su similar N°
1759/1972 (T.O. 2017), la Disposición INC N° 98 del 2 de junio de 2023,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 98 del
2 de junio de 2023 se aprobaron las Bases y condiciones, las áreas de
capacitación oncológicas y lineamientos generales de la “Becas de
Capacitación de Recursos Humanos en Registros de Cáncer de Base
Poblacional - Edición 2023”, de acuerdo con los objetivos y acciones
que surgen del Decreto N° 1286 del 9 de septiembre de 2010 y de la Ley
N° 27.285 de descentralización del organismo. -
Que, en ese marco se advirtieron errores involuntarios en la confección
y en el contenido de la grilla que surge del Anexo VII “Grilla de
evaluación” DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC aprobado por el artículo 2°
de la citada Disposición INC N° 98/2023.-
Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
(Decreto Reglamentario N° 1759/1972, T.O. 2017) se establece que en
cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho
y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del
acto o decisión.
Que la correcta mención en dicho Anexo de los “Criterios y Subcriterios
de evaluación” resulta fundamental para el normal desarrollo de la
Convocatoria y de su correspondiente adjudicación.
Que en virtud de ello corresponde rectificar la Disposición INC N°
98/2023 toda vez que donde dice “...Anexo
(DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la
presente Disposición” debe decir “...Anexo
(DI-2023-67475983-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la
presente Disposición”.-
Que, la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO ha tomado la intervención de su competencia. -
Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. -
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas por
el Decreto N° 1286/2010, por el artículo 4 inciso b) de la Ley N°
27.285 y por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos aprobado por Decreto N° 1759/1972 (T.O. 2017).-
Por ello,
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el Anexo consignado en el artículo 2º de la
Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 98 del 2 de junio de
2023 estableciéndose que, donde dice “...Anexo
(DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la
presente Disposición” debe decir “...Anexo
(DI-2023-67475983-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la
presente Disposición”.-
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-
Veronica Pesce
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/07/2023 N° 53934/23 v. 13/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)