INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

Disposición 117/2023

DI-2023-117-APN-INC#MS

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-61425148-APN-DA#INC, la Ley Nº 27.285, el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre del 2010, su similar N° 1759/1972 (T.O. 2017), la Disposición INC N° 98 del 2 de junio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 98 del 2 de junio de 2023 se aprobaron las Bases y condiciones, las áreas de capacitación oncológicas y lineamientos generales de la “Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Registros de Cáncer de Base Poblacional - Edición 2023”, de acuerdo con los objetivos y acciones que surgen del Decreto N° 1286 del 9 de septiembre de 2010 y de la Ley N° 27.285 de descentralización del organismo. -

Que, en ese marco se advirtieron errores involuntarios en la confección y en el contenido de la grilla que surge del Anexo VII “Grilla de evaluación” DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC aprobado por el artículo 2° de la citada Disposición INC N° 98/2023.-

Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto Reglamentario N° 1759/1972, T.O. 2017) se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que la correcta mención en dicho Anexo de los “Criterios y Subcriterios de evaluación” resulta fundamental para el normal desarrollo de la Convocatoria y de su correspondiente adjudicación.

Que en virtud de ello corresponde rectificar la Disposición INC N° 98/2023 toda vez que donde dice “...Anexo (DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la presente Disposición” debe decir “...Anexo (DI-2023-67475983-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la presente Disposición”.-

Que, la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO ha tomado la intervención de su competencia. -

Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. -

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas por el Decreto N° 1286/2010, por el artículo 4 inciso b) de la Ley N° 27.285 y por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759/1972 (T.O. 2017).-

Por ello,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el Anexo consignado en el artículo 2º de la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 98 del 2 de junio de 2023 estableciéndose que, donde dice “...Anexo (DI-2023-61604108-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la presente Disposición” debe decir “...Anexo (DI-2023-67475983-APN-DPDYT#INC) que forma parte integrante de la presente Disposición”.-

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

Veronica Pesce

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/07/2023 N° 53934/23 v. 13/07/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)