ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 499/2023
Resolución RESOL-2023-499-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1861
Expediente EX-2022-51260647-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 11 de JULIO de 2023
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación a la Capacidad de
Transporte Existente y otorgamiento del Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública (CCyNP) presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA
(EDESE S.A.), para la obra consistente en la instalación de UN (1)
Transformador de Potencia (Nº 3) de 30/30 MVA de 132/13,2 KV, UN (1)
Reactor de Neutro y Servicios Auxiliares, UN (1) Campo de
Transformación en 132 kV completo, UNA (1) Celda de Salida de
Transformación de 13,2 KV, UNA (1) Celda de 13,2 kV de Acoplamiento de
barras y CUATRO (4) Celdas de 13,2 kV de salida en la Estación
Transformadora (ET) La Banda Este, ubicada en la Provincia de SANTIAGO
DEL ESTERO, jurisdicción de TRANSNOA S.A.
2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en su portal de internet, por un plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos. Además, deberá publicarse por DOS (2) días
consecutivos en un diario de amplia difusión en el lugar donde se
llevará a cabo la obra proyectada o donde pueda afectar eléctricamente.
En el mismo se hará constar que se otorga un plazo de DIEZ (10) días
hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última
publicación efectuada para que quién considere que la obra pueda
afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus
intereses económicos, plantee su oposición fundada, por escrito, ante
el ENRE.
3.- Establecer que en caso de que existir presentaciones fundadas
comunes entre varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública
para permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 2 del presente acto sin que se registre la presentación de
planteos de oposición fundados en los términos descriptos, este Ente
Nacional procederá a emitir un acto administrativo autorizando la
ampliación y emitiendo el CCyNP para las obras de Ampliación referidas
en el artículo 1.
5.- Hacer saber que EDESE S.A. y TRANSNOA S.A. deberán firmar una
Adenda al Convenio de Conexión existente, la que deberán remitir a este
Ente a sus efectos, informando el punto de desconexión establecido.
6.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental (SGA) implementado en cumplimiento de la Resolución
ENRE Nº 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el
primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras,
la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de
Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET.
7.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que las instalaciones involucradas
deberán cumplir con los requerimientos de la normativa en materia de
Seguridad Pública vigente, a saber: Resolución ENRE N° 163 de fecha 29
de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras), Resolución ENRE N° 400 de
fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones
eléctricas) y Resolución ENRE N° 620 de fecha 15 de diciembre de 2017
(Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las
Empresas Transportistas).
8.- Notifíquese a EDESE S.A., a TRANSNOA S.A., a CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE ENERGÍA SANTIAGO DEL ESTERO (ENRESE).
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 13/07/2023 N° 54061/23 v. 13/07/2023