ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 500/2023
ACTA N° 1861
Expediente ENRE N° EX-2021-21818877-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 11 DE JULIO DE 2023
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de
Transporte de Energía Eléctrica y otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) presentado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a
requerimiento de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA (DPE) de la
Provincia de BUENOS AIRES, para la obra consistente en la construcción
de la nueva Estación Transformadora (ET) San Pedro Industrial
132/33/13,2 kV de 30/20/30 MVA, la que se vinculará al Sistema
Argentino de Interconexión (SADI) a través de UNA (1) doble terna de
Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV seccionando la actual LAT de 132
kV San Pedro–Papel Prensa, y UNA (1) nueva LAT de 132 kV entre las ET
Baradero y la ET Villa Lía de aproximadamente CUARENTA Y SIETE
KILÓMETROS (47 km) de longitud, en la Provincia de BUENOS AIRES,
jurisdicción de TRANSBA S.A.
2.- Establecer que la obra de la playa de 132 kV de la ET Villa Lía,
tratada en el EX-2020-82252766-APN-SD#ENRE, deberá encontrarse
culminada, como condición previa a la puesta en servicio de la nueva ET
San Pedro Industrial y de la línea Villa Lía – Baradero.
3.- La publicación ordenada en el artículo 1 se deberá realizar
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos. Además,
deberá publicarse por el plazo de DOS (2) días consecutivos en un
diario de amplia difusión donde las obras se llevarán a cabo o donde
puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días
hábiles administrativos contados desde el día siguiente la última
publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda
afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus
intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el
ENRE.
4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública
para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y
exponer sus argumentos.
5.- Disponer que una vez operado el vencimiento de los plazos señalados
sin que se registre la presentación de planteo de oposición fundado en
los términos referidos, este Ente Nacional procederá a dictar un acto
administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública (CCyNP) para la Ampliación referida en el artículo 1 del
presente acto.
6.-Establecer que el solicitante deberá dar cumplimiento a las
indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSBA
S.A., conforme indican sus respectivas presentaciones, a efectos de
garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de
Interconexión (SADI).
7.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que en el marco de su Sistema de Gestión
Ambiental (SGA), implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº
558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el primer
Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la
Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de
Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) N° 77/1998 en el perímetro de la nueva ET San Pedro Industrial, en
la doble terna de LAT de 132 kV que seccionará vincula la ET con la
actual LAT de 132 kV San Pedro – Papel Prensa, y la nueva LAT de 132 kV
entre la ET Baradero y la ET Villa Lía.
8.- Notifíquese a la DPE, a TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE
CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA).
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.
e. 13/07/2023 N° 54044/23 v. 13/07/2023