ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 500/2023

ACTA N° 1861

Expediente ENRE N° EX-2021-21818877-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 11 DE JULIO DE 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica y otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA (DPE) de la Provincia de BUENOS AIRES, para la obra consistente en la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET) San Pedro Industrial 132/33/13,2 kV de 30/20/30 MVA, la que se vinculará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) a través de UNA (1) doble terna de Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV seccionando la actual LAT de 132 kV San Pedro–Papel Prensa, y UNA (1) nueva LAT de 132 kV entre las ET Baradero y la ET Villa Lía de aproximadamente CUARENTA Y SIETE KILÓMETROS (47 km) de longitud, en la Provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción de TRANSBA S.A.

2.- Establecer que la obra de la playa de 132 kV de la ET Villa Lía, tratada en el EX-2020-82252766-APN-SD#ENRE, deberá encontrarse culminada, como condición previa a la puesta en servicio de la nueva ET San Pedro Industrial y de la línea Villa Lía – Baradero.

3.- La publicación ordenada en el artículo 1 se deberá realizar mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos. Además, deberá publicarse por el plazo de DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión donde las obras se llevarán a cabo o donde puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde el día siguiente la última publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos.

5.- Disponer que una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de planteo de oposición fundado en los términos referidos, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la Ampliación referida en el artículo 1 del presente acto.

6.-Establecer que el solicitante deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSBA S.A., conforme indican sus respectivas presentaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

7.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA), implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) N° 77/1998 en el perímetro de la nueva ET San Pedro Industrial, en la doble terna de LAT de 132 kV que seccionará vincula la ET con la actual LAT de 132 kV San Pedro – Papel Prensa, y la nueva LAT de 132 kV entre la ET Baradero y la ET Villa Lía.

8.- Notifíquese a la DPE, a TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 13/07/2023 N° 54044/23 v. 13/07/2023