JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 572/2023

DECAD-2023-572-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa Nº 999-0008-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2021-28168939-APN-ONC#JGM, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramitó la Contratación Directa Interadministrativa bajo la modalidad Acuerdo Marco Nº 999-0008-CDI21.

Que en virtud del referido procedimiento de selección, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA suscribieron oportunamente el Convenio Interadministrativo individualizado como CONVE-2021-63991696-APN-DGDYD#JGM, a través del cual se seleccionó a dicha firma para que, mediante la modalidad “Acuerdo Marco”, las jurisdicciones y entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias celebren con dicho proveedor, cuando así lo requieran, la Contratación del Seguro de Riesgos del Trabajo, conforme lo establecido en la Ley Nº 24.557, sus normas modificatorias y complementarias y en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en las cláusulas que integran el referido Acuerdo Marco.

Que, en consecuencia, se perfeccionó el Acuerdo Marco Nº 999-3-AM21 a favor de la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., por un plazo de duración de VEINTICUATRO (24) meses.

Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene dicho, en su carácter de Órgano Rector del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, que en las relaciones interadministrativas prevalecen los principios de colaboración, cooperación y unidad de acción estatal (v. Dictamen ONC Nº 291/14).

Que, en sentido concordante, la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha sostenido que los contratos interadministrativos se caracterizan por ser un modo de vinculación jurídica específica entre organismos del propio Estado, cuya relación, más allá de la forma jurídica que tales dependencias adopten, se encuentra regulada esencialmente por el instrumento específico suscripto por ellas (Cfr. Dictámenes PTN 263:395).

Que, precisamente, en la Cláusula Novena del Convenio Interadministrativo previamente citado, las partes contemplaron, en favor de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la opción a prórroga del Acuerdo Marco de que se trata por un plazo de hasta DOCE (12) meses más.

Que, siendo ello así, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS considera oportuno hacer uso de la opción de prórroga, prevista en idénticas condiciones a las vigentes, por el término de DOCE (12) meses contados a partir del día siguiente inmediato al vencimiento efectivo del contrato, fundamentando la necesidad de la Administración Pública de seguir contando con las prestaciones que hacen al objeto del Acuerdo Marco.

Que, en tal sentido, mediante nota de fecha 29 de mayo de 2023 la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. manifiesta de forma expresa la conformidad de hacer uso de la opción de la prórroga prevista en la CLÁUSULA NOVENA del referido Convenio Interadministrativo por un plazo de DOCE (12) meses para la Contratación del Seguro de Riesgos del Trabajo, y agrega “…que el uso de la opción de prórroga se realiza bajo las mismas condiciones que las pactadas para su plazo inicial, no existiendo variación en los costos establecidos para la prestación, como así tampoco para el alcance del servicio”.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la prórroga de la Contratación Directa Interadministrativa Nº 999-0008-CDI21, que diera lugar al perfeccionamiento del Acuerdo Marco Nº 999-3-AM21 con la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., en los términos y con los alcances previamente expuestos.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanente competentes han tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el quinto párrafo del artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga de la Contratación Directa Interadministrativa Nº 999-0008-LPU21, que diera lugar al perfeccionamiento del Acuerdo Marco Nº 999-3-AM21, en favor de la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA, por un plazo de DOCE (12) meses, a partir del día hábil siguiente inmediato a su vencimiento, de conformidad con los mismos precios y en las mismas condiciones pactadas originariamente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande la ejecución de la prórroga del mencionado Acuerdo Marco será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a las jurisdicciones y/o entidades que emitan las respectivas órdenes de compra en la medida de sus propias necesidades.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Eduardo Enrique de Pedro

e. 14/07/2023 N° 54564/23 v. 14/07/2023