MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1019/2023
RESOL-2023-1019-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2023
Visto el expediente EX-2022-99445124- -APN-GCYCG#INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por el
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, ente público no
estatal actuante en el ámbito del Ministerio de Cultura.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales,
ente público no estatal actuante en el ámbito del Ministerio de
Cultura, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2023-79979449-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-79979544-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de diez mil setecientos setenta y
ocho millones seiscientos cincuenta y ocho mil ochocientos pesos ($
10.778.658.800) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de diez
mil cuatrocientos ochenta y tres millones doce mil novecientos noventa
y tres pesos ($ 10.483.012.993) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado
en la suma de trescientos cinco millones seiscientos cuarenta y cinco
mil ochocientos siete pesos ($ 305.645.807), de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del anexo II (IF-2023-79979544-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de cuarenta y tres millones
novecientos veintisiete mil cuatrocientos ochenta pesos ($ 43.927.480)
los ingresos de capital y fíjanse en la suma de cincuenta y tres
millones seiscientos noventa mil cuatrocientos treinta y seis pesos ($
53.690.436) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2º de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit)
para el ejercicio 2023, en la suma de doscientos noventa y cinco
millones ochocientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y un pesos
($ 295.882.851), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2023-79979544-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/07/2023 N° 55049/23 v. 17/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)