AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 594/2023

DI-2023-594-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2023

VISTO el expediente EX-2022-52871761- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los decretos reglamentarios Nros. 779/95, 1232/07, y 1716/08, las Disposiciones ANSV Nros. 616 del 13 de diciembre de 2017 y 187 del 12 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Disposiciones ANSV Nros. 616 del 13 de diciembre de 2017 y 187 del 12 de julio de 2018, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de máxima autoridad nacional en la materia, homologó y autorizó el uso, por parte provincia de Misiones, de CUATRO (4) cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil marca Systeco, modelo Digimax 3.0, números de serie K3000-0035, K3000-0036, K3000-0032, y K3000-0034, para operar en toda la extensión de las Rutas Nacionales Nº 12 y Nº 14 de la provincia señalada, en ambos sentidos de circulación, y UN (1) cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil marca Systeco, modelo Digimax 3.0, número de serie K3000-0033, para operar sobre las Rutas Nacionales Nº 12 y Nº 14 de la provincia de Misiones, en ambos sentidos de circulación.

Que la provincia de Misiones solicitó mediante nota la baja de las autorizaciones de uso referida.

Que, por lo expuesto, corresponde que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales, y máxima autoridad nacional para autorizar la colocación de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de infracciones sobre caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional, de conformidad con lo regulado por los artículos 3 y 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 y apartado 1 y 10 del Anexo II del Decreto 1716/2008, proceda a la baja de la homologación y autorización de uso otorgada mediante la aludida Disposición ANSV N° 387/2015.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 3°, 4° inciso a) y ñ) y 7° inciso b) de la LeyNº 26.363 y apartado 1° y 10° del Anexo II del Decreto Nº 1.716/08.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTICULO 1° - Establécese la baja de la homologación y autorización de uso, por parte de la provincia de Misiones, de los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil marca Systeco, modelo Digimax 3.0, números de serie K3000-0035, K3000-0036, K3000-0032, y K3000-0034 y K3000-0033, otorgada mediante Disposiciones ANSV Nros. 616 del 13 de diciembre de 2017 y 187 del 12 de julio de 2018.

ARTÍCULO 2º - Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL a registrar la baja establecida por la presente medida en el Registro Nacional de Cinemómetros Móviles de Control de Velocidad aprobado por Disposición ANSV Nº 35 de fecha 24 de febrero de 2010.

ARTICULO 3° - Instrúyase a la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN VIAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a que realice el seguimiento y control del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Disposición.

ARTICULO 4° - Comuníquese a la PROVINCIA DE MISIONES, a la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL, a GENDARMERÍA NACIONAL, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE MISIONES y a las DIRECCIONES NACIONALES DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO y de OBSERVATORIO VIAL, ambas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

e. 19/07/2023 N° 55823/23 v. 19/07/2023