AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 594/2023
DI-2023-594-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2023
VISTO el expediente EX-2022-52871761- -APN-DGA#ANSV del registro de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros.
19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los decretos reglamentarios
Nros. 779/95, 1232/07, y 1716/08, las Disposiciones ANSV Nros. 616 del
13 de diciembre de 2017 y 187 del 12 de julio de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Disposiciones ANSV Nros. 616 del 13 de diciembre de
2017 y 187 del 12 de julio de 2018, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL, en su carácter de máxima autoridad nacional en la materia,
homologó y autorizó el uso, por parte provincia de Misiones, de CUATRO
(4) cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil marca
Systeco, modelo Digimax 3.0, números de serie K3000-0035, K3000-0036,
K3000-0032, y K3000-0034, para operar en toda la extensión de las Rutas
Nacionales Nº 12 y Nº 14 de la provincia señalada, en ambos sentidos de
circulación, y UN (1) cinemómetro controlador de velocidad de
instalación móvil marca Systeco, modelo Digimax 3.0, número de serie
K3000-0033, para operar sobre las Rutas Nacionales Nº 12 y Nº 14 de la
provincia de Misiones, en ambos sentidos de circulación.
Que la provincia de Misiones solicitó mediante nota la baja de las autorizaciones de uso referida.
Que, por lo expuesto, corresponde que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL, en su carácter de autoridad de aplicación de las políticas y
medidas de seguridad vial nacionales, y máxima autoridad nacional para
autorizar la colocación de sistemas automáticos y semiautomáticos de
control de infracciones sobre caminos, rutas y autopistas de
jurisdicción nacional, de conformidad con lo regulado por los artículos
3 y 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 y apartado 1 y 10 del Anexo II del
Decreto 1716/2008, proceda a la baja de la homologación y autorización
de uso otorgada mediante la aludida Disposición ANSV N° 387/2015.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, la DIRECCION NACIONAL DE
COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS
DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO han tomado la intervención de su
competencia.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Artículos 3°, 4° inciso a) y ñ) y 7° inciso b) de la LeyNº
26.363 y apartado 1° y 10° del Anexo II del Decreto Nº 1.716/08.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° - Establécese la baja de la homologación y autorización de
uso, por parte de la provincia de Misiones, de los cinemómetros
controladores de velocidad de instalación móvil marca Systeco, modelo
Digimax 3.0, números de serie K3000-0035, K3000-0036, K3000-0032, y
K3000-0034 y K3000-0033, otorgada mediante Disposiciones ANSV Nros. 616
del 13 de diciembre de 2017 y 187 del 12 de julio de 2018.
ARTÍCULO 2º - Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN
INTERJURISDICCIONAL a registrar la baja establecida por la presente
medida en el Registro Nacional de Cinemómetros Móviles de Control de
Velocidad aprobado por Disposición ANSV Nº 35 de fecha 24 de febrero de
2010.
ARTICULO 3° - Instrúyase a la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DEL CONTROL Y
FISCALIZACIÓN VIAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a que
realice el seguimiento y control del cumplimiento de lo dispuesto en el
Artículo 1° de la presente Disposición.
ARTICULO 4° - Comuníquese a la PROVINCIA DE MISIONES, a la COMISIÓN
NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, a la SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al CONSEJO FEDERAL DE
SEGURIDAD VIAL, a GENDARMERÍA NACIONAL, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
VIALIDAD, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA DEL
PUEBLO DE LA PROVINCIA DE MISIONES y a las DIRECCIONES NACIONALES DE
LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO y de OBSERVATORIO
VIAL, ambas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
ARTÍCULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese.
Pablo Julian Martinez Carignano
e. 19/07/2023 N° 55823/23 v. 19/07/2023