MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 48/2022

DI-2022-48-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2022

VISTO el Expediente EX-2021-73739905- -APN-SGA#MS, el Decreto 640/2020 del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Solicitud de Propuestas MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras de 9 Depósitos Provinciales de vacunas”, ello en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por Decisión Administrativa Nº 384/2021, se readecuó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones, estableciendo las funciones, entre otras, de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se encuentra la de “coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.

Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD o quien en el futuro detente la función.

Que se encuentra la Solicitud de Contratación debidamente formulada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS con el aval de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD por NO-2021-68576608- APN-SAS#MS, mediante la cual se establecieron los términos de referencia, criterios de evaluación y determinación del objeto del contrato como provisión de los Servicios Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras “Depósito Provincial de Vacunas” con la certificación de calidad especificada en el Pliego de Especificaciones Técnicas y en los planos de Proyecto, certificación del avance de obra, control de Plan de Trabajo y plazo contractual y administración técnica legal estableciendo la responsabilidad por resultado.

Que luce incorporada la Providencia PV-2021-73760433-APN-SGA#MS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, por la que prestó conformidad al procedimiento de contratación, con cargo al Préstamo BID-5032-AR.

Que esta Secretaría, en carácter de DIRECCIÓN NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OC-AR prestó conformidad para avanzar con el presente proceso de contratación, con un monto estimado en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 (U$D 511.818,00)

Que puestos a consideración los términos de referencia por parte del BANCO IINTERAMERICANO DE DESARROLLO, el mismo otorgó su No Objeción mediante su documento CSC/CAR 3332/2021 de fecha 7 de Octubre de 2021, tal como consta de la constancia incorporada como IF-2021-96963252-APN-DGPFE#MS.

Que en ese sentido, se procedió a la emisión del Pliego PLIEG-2021-100439024-APN-DGPFE#MS conteniendo los términos de referencia para el presente proceso.

Que dicha solicitud fue debidamente publicada en los sitios web UFIS y MSAL, así como en el Boletín Oficial de la República Argentina y en UNDB, y cursadas invitaciones a las diferentes Cámaras de Construcción, conforme consta en IF-2021-100951215-APN-DGPFE#MS e IF-2021-100444511-APN-DGPFE#MS.

Que recibidas consultas por parte de interesados en participar, se emitió la Enmienda Nº 1 (IF-2021-109043785- APN-DGPFE#MS) y la Circular Aclaratoria Nº 1 (IF-2021-109414844-APN-DGPFE#MS) las que fueron oportunamente comunicadas.

Que con fecha 23 de noviembre de 2021 se confeccionó el Acta de Recepción de Expresiones de Interés, por la que se asentó la recepción de CINCO (5) expresiones de interés, correspondiente a las firmas: COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A., FRANCISCO J. A BELLO Y ASOCIADOS S.A., HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A., y BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A..

Que se procedió a la evaluación técnica de las expresiones de interés, resultando el siguiente orden de mérito para las propuestas que cumplen con lo solicitado: 1°) HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A. (90 puntos), 2° HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A. (70 puntos), 3° COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA (45 puntos), y 4° FRANCISCO J. A BELLO Y ASOCIADOS S.A. (40 puntos); mientras que la oferta de la firma BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A. resulta descalificada por no ajustarse a lo solicitado.

Que la precitada evaluación técnica se encuentra incorporada en IF-2022-06622205-APN-DNRF#MS, embebida en NO-2022-06969880-APN-DNRF#MS (orden 86), con el aval de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS conforme surge de PV-2022-07173492-APN-DNRF#MS.

Que con ello, se procedió a realizar la Evaluación de Expresiones de Interés y Lista corta propuesta (IF-2022- 08860276-APN-DGPFE#MS), resultando propuestas las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A., FRANCISCO J. ABELLO Y ASOCIADOS S.A., y APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A.

Que puestas a consideración del Banco, el mismo prestó su No Objeción al documento de solicitud de propuestas, a la lista corta y a la continuidad del proceso, conforme surge de su Documento CSC/CAR 391/2022, glosado a las actuaciones como IF-2022-11751809-APN-DGPFE#MS.

Que con ello y a tenor del resultado de la evaluación mencionada, se procedió a la confección de la Solicitud de la Propuesta, la que se encuentra incorporada a las actuaciones como PLIEG-2022-11609930-APN-DGPFE#MS, la que fue comunicada a las firmas participantes.

Que recibidas consultas por parte de interesados en participar, se emitieron la Enmienda Nº 1 y la Circular Aclaratoria Nº 1 (IF-2022-22431169-APN-DGPFE#MS, No Objeción por parte del BID mediante Documento CSC/CAR 731/2022 incorporado como IF-2022-22434922-APN-DGPFE#MS), y la Enmienda Nº 2 (IF-2022- 28440764-APN-DGPFE#MS, No Objeción por parte del BID mediante Documento CSC/CAR 896/2022 glosado como IF-2022-32608250-APN-DGPFE#MS), las que fueron oportunamente comunicadas.

Que el día 8 de abril de 2022 se procedió a la apertura de propuestas, consignándose que las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A., y APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A. presentaron tanto sus propuestas técnicas como financieras, labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas IF-2022-34381461-APN-DGPFE#MS.

Que mediante IF-2022-69143658-APN-DNRF#MS y aval PV-2022-69981841-APN-DNRF#MS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS efectuó el Informe de Evaluación de Propuestas, determinando los siguientes puntajes: APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A. 92,611 puntos, COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA 59,333 puntos, y APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A. 58,556 puntos.

Que con ello, fue emitido el Informe de evaluación de propuestas técnicas para la contratación de firmas consultoras (IF-2022-74308092-APN-DGPFE#MS, orden 179) por la que se concluyó que la oferta de la firma HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS S.A. califica para la apertura financiera, mientras que las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA 59,333 puntos, y APCA HIDROESTRUCTURAS S.A.– ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A. no califican para la apertura financiera.

Que puesta a consideración del Banco, el mismo prestó su No Objeción mediante la emisión de su Documento CSC/CAR-2139/2022 (IF-2022-78846247-APN-DGPFE#MS)

Que con fecha 9 de agosto de 2022 se procedió a la apertura de la propuesta financiera de la firma HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS S.A., resultando la misma en la suma de USD 448.356,23 más impuestos por la suma de USD 99.457,65, totalizando la suma de USD 547.813,88.

Que con fecha 12 de agosto 2022 se procedió a la Evaluación de la Propuesta Financiera (IF-2022-84198598- APN-DGPFE#MS) recomendando la negociación y adjudicación de contrato a la APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS S.A., por la suma de USD 547.813,88.

Que dicha evaluación contó con la No Objeción del BID, conforme surge de su Documento CSC/CAR-2320/2022 glosado a los actuados como IF-2022-88495125-APN-DGPFE#MS.

Que respecto del desvío entre el presupuesto estimado y la oferta obtenida, se expidió favorablemente la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, conforme surge de su Providencia PV-2022-93760566-APNSAS#MS.

Que con fecha 22 de septiembre del 2022 se suscribió el Acta de Cierre de Negociación (IF-2022-100768422- APN-DGPFE#MS) por la que se expresó el acuerdo arribado por las partes en cuanto a la disponibilidad del personal propuesto en la oferta, el cronograma de entregas, el calendario de pagos y se precisó que el monto total del contrato es de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 23/100 (USD 448.356,23) más DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 20/100 (USD 6.589,20) en concepto de Impuesto a las Transferencias Financieras más DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 81/100 (USD 94.154,81) en concepto de Impuesto al Valor agregado, siendo el monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS CUARTENTA Y NUEVE MIL CIEN CON 24/100 (USD 549.100,24) impuestos incluidos.

Que fue confeccionado el borrador contractual, el que se encuentra glosado a las actuaciones como IF-2022-100768887-APN-DGPFE#MS.

Que finalmente, mediante NO-2022-105334828-APN-DGPYCP#MS la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO certificó que, a la fecha, cuenta con los créditos necesarios incluidos dentro de la Decisión Administrativa Nº 04 del 05 de Enero de 2022 - Distributiva de Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley Nº 27.591 del Presupuesto General de la Administración Nacional, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, debiendo imputarse el gasto de la manera Ejercicio 2022 Cat. Prog. 45.0.0.52.0 IPP 3.0.0 Fuente 22 Importe Pesos $ 81.393.128,58.

Que mediante IF-2022-105090425-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente adquisición, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto No 945/2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.

Por ello:

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OC-AR

DISPONE

ARTICULO 1°. - Apruébese lo actuado en la Solicitud de Propuestas SP No. MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras de 9 Depósitos Provinciales de vacunas” en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID 19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).

ARTÍCULO 2°. – Desestímanse las propuestas de las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A.

ARTÍCULO 3°. – Adjudicase la Solicitud de Propuestas SP No. MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras de 9 Depósitos Provinciales de vacunas” a la APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS S.A., por el valor total de DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIEN CON 24/100 (USD 549.100,24) impuestos incluidos.

ARTÍCULO 4°. - Apruébase el Acta de Cierre de Negociación IF-2022-100768422-APN-DGPFE#MS y el proyecto de contrato IF-2022-100768887-APN-DGPFE#MS, que como Anexos forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 5°. – Impútese la presente contratación de la siguiente manera: Ejercicio 2022 Cat. Prog. 45.0.0.52.0 IPP 3.0.0 Fuente 22 Importe Pesos $ 81.393.128,58.

ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/07/2023 N° 55887/23 v. 20/07/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)