MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 48/2022
DI-2022-48-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2022
VISTO el Expediente EX-2021-73739905- -APN-SGA#MS, el Decreto 640/2020
del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata
de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener,
Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en
Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y
sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el
Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N°
RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Solicitud de
Propuestas MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios
Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra
de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras de 9
Depósitos Provinciales de vacunas”, ello en el marco del “Proyecto de
Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia
COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación
de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID
5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en
las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo
de 2019).
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato
de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes
el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de
septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor
del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a
través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE
ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica
del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado
Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa,
adquisiciones y financiera.
Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del
MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa
estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose
la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por Decisión Administrativa Nº 384/2021, se readecuó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de
conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y
Acciones, estableciendo las funciones, entre otras, de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se
encuentra la de “coordinar y desarrollar la gestión administrativa,
financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de
programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales
de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de
participación público privada que correspondan a las áreas de
incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política
sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.
Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR
NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de
Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN
SALUD o quien en el futuro detente la función.
Que se encuentra la Solicitud de Contratación debidamente formulada por
la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS con el aval de la SECRETARÍA
DE ACCESO A LA SALUD por NO-2021-68576608- APN-SAS#MS, mediante la cual
se establecieron los términos de referencia, criterios de evaluación y
determinación del objeto del contrato como provisión de los Servicios
Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra
de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras
“Depósito Provincial de Vacunas” con la certificación de calidad
especificada en el Pliego de Especificaciones Técnicas y en los planos
de Proyecto, certificación del avance de obra, control de Plan de
Trabajo y plazo contractual y administración técnica legal
estableciendo la responsabilidad por resultado.
Que luce incorporada la Providencia PV-2021-73760433-APN-SGA#MS de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, por la que prestó conformidad al
procedimiento de contratación, con cargo al Préstamo BID-5032-AR.
Que esta Secretaría, en carácter de DIRECCIÓN NACIONAL DEL PROYECTO DE
RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA
COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OC-AR
prestó conformidad para avanzar con el presente proceso de
contratación, con un monto estimado en la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CON 00/100
(U$D 511.818,00)
Que puestos a consideración los términos de referencia por parte del
BANCO IINTERAMERICANO DE DESARROLLO, el mismo otorgó su No Objeción
mediante su documento CSC/CAR 3332/2021 de fecha 7 de Octubre de 2021,
tal como consta de la constancia incorporada como
IF-2021-96963252-APN-DGPFE#MS.
Que en ese sentido, se procedió a la emisión del Pliego
PLIEG-2021-100439024-APN-DGPFE#MS conteniendo los términos de
referencia para el presente proceso.
Que dicha solicitud fue debidamente publicada en los sitios web UFIS y
MSAL, así como en el Boletín Oficial de la República Argentina y en
UNDB, y cursadas invitaciones a las diferentes Cámaras de Construcción,
conforme consta en IF-2021-100951215-APN-DGPFE#MS e
IF-2021-100444511-APN-DGPFE#MS.
Que recibidas consultas por parte de interesados en participar, se
emitió la Enmienda Nº 1 (IF-2021-109043785- APN-DGPFE#MS) y la Circular
Aclaratoria Nº 1 (IF-2021-109414844-APN-DGPFE#MS) las que fueron
oportunamente comunicadas.
Que con fecha 23 de noviembre de 2021 se confeccionó el Acta de
Recepción de Expresiones de Interés, por la que se asentó la recepción
de CINCO (5) expresiones de interés, correspondiente a las firmas:
COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y
EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A., FRANCISCO J. A BELLO Y ASOCIADOS
S.A., HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A., y BUREAU
VERITAS ARGENTINA S.A..
Que se procedió a la evaluación técnica de las expresiones de interés,
resultando el siguiente orden de mérito para las propuestas que cumplen
con lo solicitado: 1°) HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS
S.A. (90 puntos), 2° HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA
ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A. (70 puntos), 3° COOPROGETTI SC SUCURSAL
ARGENTINA (45 puntos), y 4° FRANCISCO J. A BELLO Y ASOCIADOS S.A. (40
puntos); mientras que la oferta de la firma BUREAU VERITAS ARGENTINA
S.A. resulta descalificada por no ajustarse a lo solicitado.
Que la precitada evaluación técnica se encuentra incorporada en
IF-2022-06622205-APN-DNRF#MS, embebida en NO-2022-06969880-APN-DNRF#MS
(orden 86), con el aval de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS
conforme surge de PV-2022-07173492-APN-DNRF#MS.
Que con ello, se procedió a realizar la Evaluación de Expresiones de
Interés y Lista corta propuesta (IF-2022- 08860276-APN-DGPFE#MS),
resultando propuestas las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA,
APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC
S.A., FRANCISCO J. ABELLO Y ASOCIADOS S.A., y APCA HYTSA Estudios y
Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A.
Que puestas a consideración del Banco, el mismo prestó su No Objeción
al documento de solicitud de propuestas, a la lista corta y a la
continuidad del proceso, conforme surge de su Documento CSC/CAR
391/2022, glosado a las actuaciones como IF-2022-11751809-APN-DGPFE#MS.
Que con ello y a tenor del resultado de la evaluación mencionada, se
procedió a la confección de la Solicitud de la Propuesta, la que se
encuentra incorporada a las actuaciones como
PLIEG-2022-11609930-APN-DGPFE#MS, la que fue comunicada a las firmas
participantes.
Que recibidas consultas por parte de interesados en participar, se
emitieron la Enmienda Nº 1 y la Circular Aclaratoria Nº 1
(IF-2022-22431169-APN-DGPFE#MS, No Objeción por parte del BID mediante
Documento CSC/CAR 731/2022 incorporado como
IF-2022-22434922-APN-DGPFE#MS), y la Enmienda Nº 2 (IF-2022-
28440764-APN-DGPFE#MS, No Objeción por parte del BID mediante Documento
CSC/CAR 896/2022 glosado como IF-2022-32608250-APN-DGPFE#MS), las que
fueron oportunamente comunicadas.
Que el día 8 de abril de 2022 se procedió a la apertura de propuestas,
consignándose que las firmas COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA, APCA
HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A., y
APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI INGENIEROS S.A. presentaron
tanto sus propuestas técnicas como financieras, labrándose en
consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas
IF-2022-34381461-APN-DGPFE#MS.
Que mediante IF-2022-69143658-APN-DNRF#MS y aval
PV-2022-69981841-APN-DNRF#MS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS
efectuó el Informe de Evaluación de Propuestas, determinando los
siguientes puntajes: APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. y CSI
INGENIEROS S.A. 92,611 puntos, COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA 59,333
puntos, y APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS
S.A.- TRECC S.A. 58,556 puntos.
Que con ello, fue emitido el Informe de evaluación de propuestas
técnicas para la contratación de firmas consultoras
(IF-2022-74308092-APN-DGPFE#MS, orden 179) por la que se concluyó que
la oferta de la firma HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS
S.A. califica para la apertura financiera, mientras que las firmas
COOPROGETTI SC SUCURSAL ARGENTINA 59,333 puntos, y APCA
HIDROESTRUCTURAS S.A.– ASLAN Y EZCURRA ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A. no
califican para la apertura financiera.
Que puesta a consideración del Banco, el mismo prestó su No Objeción
mediante la emisión de su Documento CSC/CAR-2139/2022
(IF-2022-78846247-APN-DGPFE#MS)
Que con fecha 9 de agosto de 2022 se procedió a la apertura de la
propuesta financiera de la firma HYTSA Estudios y Proyectos S.A. / CSI
INGENIEROS S.A., resultando la misma en la suma de USD 448.356,23 más
impuestos por la suma de USD 99.457,65, totalizando la suma de USD
547.813,88.
Que con fecha 12 de agosto 2022 se procedió a la Evaluación de la
Propuesta Financiera (IF-2022-84198598- APN-DGPFE#MS) recomendando la
negociación y adjudicación de contrato a la APCA HYTSA Estudios y
Proyectos S.A. / CSI INGENIEROS S.A., por la suma de USD 547.813,88.
Que dicha evaluación contó con la No Objeción del BID, conforme surge
de su Documento CSC/CAR-2320/2022 glosado a los actuados como
IF-2022-88495125-APN-DGPFE#MS.
Que respecto del desvío entre el presupuesto estimado y la oferta
obtenida, se expidió favorablemente la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD,
conforme surge de su Providencia PV-2022-93760566-APNSAS#MS.
Que con fecha 22 de septiembre del 2022 se suscribió el Acta de Cierre
de Negociación (IF-2022-100768422- APN-DGPFE#MS) por la que se expresó
el acuerdo arribado por las partes en cuanto a la disponibilidad del
personal propuesto en la oferta, el cronograma de entregas, el
calendario de pagos y se precisó que el monto total del contrato es de
DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS CON 23/100 (USD 448.356,23) más DOLARES
ESTADOUNIDENSES SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 20/100 (USD
6.589,20) en concepto de Impuesto a las Transferencias Financieras más
DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
CON 81/100 (USD 94.154,81) en concepto de Impuesto al Valor agregado,
siendo el monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS CUARTENTA Y
NUEVE MIL CIEN CON 24/100 (USD 549.100,24) impuestos incluidos.
Que fue confeccionado el borrador contractual, el que se encuentra
glosado a las actuaciones como IF-2022-100768887-APN-DGPFE#MS.
Que finalmente, mediante NO-2022-105334828-APN-DGPYCP#MS la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO certificó que, a la
fecha, cuenta con los créditos necesarios incluidos dentro de la
Decisión Administrativa Nº 04 del 05 de Enero de 2022 - Distributiva de
Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de
la Ley Nº 27.591 del Presupuesto General de la Administración Nacional,
vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y
sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de
diciembre de 2021, debiendo imputarse el gasto de la manera Ejercicio
2022 Cat. Prog. 45.0.0.52.0 IPP 3.0.0 Fuente 22 Importe Pesos $
81.393.128,58.
Que mediante IF-2022-105090425-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad
brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente
adquisición, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del
Decreto No 945/2017.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto Nº
223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL
DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA
PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID
5032/OC-AR
DISPONE
ARTICULO 1°. - Apruébese lo actuado en la Solicitud de Propuestas SP
No. MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios
Profesionales para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra
de Ingeniería y Arquitectura para la construcción de las obras de 9
Depósitos Provinciales de vacunas” en el marco del “Proyecto de
Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID
19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de
Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR),
el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las
Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).
ARTÍCULO 2°. – Desestímanse las propuestas de las firmas COOPROGETTI SC
SUCURSAL ARGENTINA, APCA HIDROESTRUCTURAS S.A. – ASLAN Y EZCURRA
ARQUITECTOS S.A.- TRECC S.A.
ARTÍCULO 3°. – Adjudicase la Solicitud de Propuestas SP No.
MSAL-21-SBCC-CF para la contratación de los “Servicios Profesionales
para la Dirección de Obras e Inspección Técnica de Obra de Ingeniería y
Arquitectura para la construcción de las obras de 9 Depósitos
Provinciales de vacunas” a la APCA HYTSA Estudios y Proyectos S.A. /
CSI INGENIEROS S.A., por el valor total de DOLARES ESTADOUNIDENSES
QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIEN CON 24/100 (USD 549.100,24)
impuestos incluidos.
ARTÍCULO 4°. - Apruébase el Acta de Cierre de Negociación
IF-2022-100768422-APN-DGPFE#MS y el proyecto de contrato
IF-2022-100768887-APN-DGPFE#MS, que como Anexos forman parte integrante
de la presente medida.
ARTICULO 5°. – Impútese la presente contratación de la siguiente
manera: Ejercicio 2022 Cat. Prog. 45.0.0.52.0 IPP 3.0.0 Fuente 22
Importe Pesos $ 81.393.128,58.
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/07/2023 N° 55887/23 v. 20/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)