SERVICIO EXTERIOR
Decreto 372/2023
DCTO-2023-372-APN-PTE - Apertura del Consulado General de la República en la Ciudad de Chengdu, República Popular China.
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023
VISTO el Expediente N° EX-2021-98199310-APN-DGD#MRE, la Ley del
Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, la
CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES de 1963, aprobada por
la Ley N° 17.081, el Comunicado Conjunto sobre el establecimiento de
Relaciones Diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA
POPULAR CHINA, suscripto el 16 de febrero de 1972 y la Decisión
Administrativa N° 972 de fecha 2 de noviembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que las relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la
REPÚBLICA POPULAR CHINA fueron establecidas por el Comunicado Conjunto
de Bucarest, de fecha 16 de febrero de 1972.
Que de acuerdo a los lineamientos de la política exterior, y atento la
dinámica de la relación bilateral y la creciente demanda por parte de
connacionales radicados y radicadas en el exterior, se estima necesario
disponer la apertura y reordenamiento de las circunscripciones de
determinadas oficinas consulares en la REPÚBLICA POPULAR CHINA, con la
finalidad de permitir asimismo una mayor difusión de la imagen de la
República, como así también proporcionar nuevas corrientes de
intercambio comercial y cultural.
Que, en ese marco, resulta necesario proceder a la apertura de un
Consulado General en la Ciudad de Chengdu –REPÚBLICA POPULAR CHINA– con
circunscripción sobre las Provincias de SICHUAN, GUIZHOU, SHAANXI y
YUNNAN y el Municipio de CHONGQING.
Que, en consecuencia, corresponde reordenar la circunscripción consular
de la Sección Consular de la Embajada de la República en la REPÚBLICA
POPULAR CHINA.
Que mediante el “Acuerdo por Canje de Notas verbales entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y la REPÚBLICA POPULAR CHINA relativo a la Propuesta de
Apertura de un Consulado General de la República Argentina en la ciudad
de Chengdu” -suscripto en Beijing los días 9 y 23 de noviembre de
2022-, el Gobierno de la REPÚBLICA POPULAR CHINA aprobó el
establecimiento del Consulado General de la REPÚBLICA ARGENTINA en
Chengdu, con circunscripción consular sobre sobre las Provincias de
SICHUAN, GUIZHOU, SHAANXI y YUNNAN y el Municipio de CHONGQING.
Que, por lo tanto, se cuenta con el consentimiento del Estado receptor,
previsto en el artículo 4º de la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES
CONSULARES de 1963, aprobada por la Ley Nº 17.081.
Que, asimismo, corresponde mantener el Consulado General y Centro de
Promoción de la República en la ciudad de Shanghái, con su actual
circunscripción consular sobre las Provincias de ANHUI, JIANGSU y
ZHEJIANG y el Municipio de SHANGHÁI; el Consulado General de la
República en la ciudad de Guangzhou, con su actual circunscripción
consular sobre las Provincias de FUJIAN, GUANGDONG y HAINAN y la Región
Autónoma de GUANGXI y el Consulado General en la ciudad de Hong Kong,
con su actual circunscripción consular sobre las Regiones
Administrativas Especiales de HONG KONG y MACAO.
Que, por su parte, el artículo 22, inciso e) de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece como uno de los derechos de
los funcionarios y las funcionarias del Servicio Exterior de la Nación
el de “percibir las retribuciones en concepto de compensación por
gastos de vivienda adecuada, subsidio familiar y escolaridad de sus
hijos, conforme a las exigencias que determinen los países de destino”.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR, la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES y la SECRETARÍA DE RELACIONES
ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han prestado conformidad al dictado del
presente acto administrativo en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE CONSEJERÍA LEGAL INTERNACIONAL, la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS CONSULARES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus
competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la apertura del Consulado General de la
República en la Ciudad de Chengdu - REPÚBLICA POPULAR CHINA- que tendrá
circunscripción consular sobre las Provincias de SICHUAN, GUIZHOU,
SHAANXI y YUNNAN y el Municipio de CHONGQING.
ARTÍCULO 2°.- Establécese la dependencia administrativa del Consulado
General de la República en la Ciudad de Chengdu de la Embajada de la
República en la REPÚBLICA POPULAR CHINA.
ARTÍCULO 3°.- Modifícase la Circunscripción consular de la Sección
Consular de la Embajada de la República en la REPÚBLICA POPULAR CHINA,
la que estará constituida por las provincias de GANSU, HEBEI,
HEILONGJIANG, HENAN, HUBEI, HUNAN, JIANGXI, JILIN, LIAONING, QINGHAI,
SHANDONG y SHANXI; por las Regiones Autónomas de MONGOLIA INTERIOR,
NINGXIA, TIBET y XINJIAN y por los Municipios de BEIJING y TIANJIN.
ARTÍCULO 4°.- Extiéndanse las Cartas Patentes respectivas.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que al personal perteneciente al Servicio
Exterior de la Nación y adscriptos o adscriptas que sean destinados o
destinadas o trasladados o trasladadas para prestar servicios en el
Consulado General de la República en la ciudad de Chengdu -REPÚBLICA
POPULAR CHINA- le será aplicable el régimen establecido mediante la
Decisión Administrativa N° 972 de fecha 2 de noviembre de 2017.
ARTÍCULO 6°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente
decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto
correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero
e. 21/07/2023 N° 56618/23 v. 21/07/2023