ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 5284/2023
DI-2023-5284-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2023
VISTO el EX-2023-61902585-APN-DFYGR#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional; y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Medicamentos ha desarrollado la Sustancia
de Referencia FARMACOPEA ARGENTINA, correspondiente al Ingrediente
Farmacéutico Activo CLORHIDRATO DE ONDANSETRÓN (número de control
122060) para ensayos físico-químicos.
Que esta Sustancia de Referencia ha sido envasada en frascos ampollas con un contenido aproximado de 300 mg por envase.
Que la valoración permitió determinar que su título es 100,4 %, expresado sobre la sustancia anhidra.
Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490/92 y sus modificatorias.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º. – Establécese como Sustancia de Referencia FARMACOPEA
ARGENTINA para ensayos físico-químicos, al Ingrediente Farmacéutico
Activo CLORHIDRATO DE ONDANSETRÓN (número de control 122060), la cual
ha sido envasada en frascos ampollas con un contenido aproximado de 300
mg cada uno y un título de 100,4 %, expresado sobre la sustancia
anhidra.
ARTICULO 2º. – Establécese que los frascos ampollas de CLORHIDRATO DE
ONDANSETRÓN Sustancia de Referencia se conservarán en el Instituto
Nacional de Medicamentos, desde donde se distribuirán a los
solicitantes, luego del pago del arancel correspondiente y serán
acompañados por un informe técnico resumido.
ARTICULO 3º. – Regístrese; comuníquese a quienes corresponda. Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido,
archívese.
Manuel Limeres
e. 21/07/2023 N° 56475/23 v. 21/07/2023