MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 1403/2023
RESOL-2023-1403-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2023
VISTO el EX-2023-79587422- -APN-DGPEYCI#MDS, el Decreto N° 172 del 30
de marzo de 2023, y el Contrato de Préstamo N° 2313 “Programa de Apoyo
al Plan de Construcción “Casa Amor” – Políticas de Cuidado para
Poblaciones Específicas” suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), el 17 de abril
de 2023 e identificado como CONVE-2023-45684706-APN-DDYL#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de
Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la
política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e
inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la
reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades
para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con
discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los
adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de
las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la
vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al
cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados
internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su
competencia.
Que de conformidad con el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y
sus normas modificatorias y complementarias, se estableció que la
ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
Que, por su parte, la Evaluación Estratégica del Programa estará a
cargo del Organismo Ejecutor como responsable de la ejecución
fiduciaria y de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS
INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, como
responsable de la ejecución técnicametodológica.
Que, por el mismo cuerpo normativo, se determinó que compete a la
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, entender en la administración y
control del funcionamiento técnico administrativo de las unidades
ejecutoras de los programas de índole social con financiamiento
internacional y controlar el cumplimiento de los compromisos
financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos internacionales en
el área de competencia del Ministerio.
Que por el Decreto N° 172/2023 se ha aprobado el Modelo de Contrato de
Préstamo N° 2313 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) con el fin de financiar
el “Programa de Apoyo al Plan de Construcción “Casa Amor” – Políticas
de Cuidado para Poblaciones Específicas”, el que fuera suscripto el 17
de abril de 2023 y registrado en el Sistema Generador Electrónico de
Documentos Oficiales como CONVE-2023-45684706-APN-DDYL#MEC.
Que por el artículo 4 del citado Decreto se ha designado como órgano ejecutor del Programa al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el artículo 6, Sección 6.1 del Contrato de Préstamo N° 2313
establece como requisito previo al primer desembolso, la aprobación del
Reglamento Operativo (ROP) por la autoridad correspondiente y previa No
Objeción del BANCO.
Que el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) ha
prestado conformidad con el Proyecto de REGLAMENTO OPERATIVO (ROP);
conforme resulta de la nota incorporada en
IF-2023-79630459-APN-DGPEYCI#MDS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete y dictaminado en tal sentido.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, y el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el REGLAMENTO OPERATIVO (ROP) del CONTRATO DE
PRÉSTAMO N° 2313, “Programa de Apoyo al Plan de Construcción “Casa
Amor” – Políticas de Cuidado para Poblaciones Específicas” celebrado
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA (BCIE), aprobado según Decreto N° 172/2023, y que forma parte
de la presente Resolución, conforme surge del
IF-2023-79602290-APN-DGPEYCI#MDS.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el REGLAMENTO OPERATIVO (ROP) que se
aprueba por el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del dictado de la
presente.
ARTÍCULO 3°.- “Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victoria Tolosa Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/07/2023 N° 56629/23 v. 24/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)