MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
Resolución 301/2023
RESOL-2023-301-APN-MDTYH
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023
VISTO el expediente Nº EX-2021-117883568-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley Nº
27.701, los Decretos Nros. 945 del 17 de noviembre de 2017, 50 del 19
de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 873 del 29 de diciembre de
2022, 302 del 6 de junio de 2023, la Resolución Nº 90 del 1 de agosto
de 2020 y su modificatoria Nº 323 del 28 de octubre del 2022 del
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 90/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y HÁBITAT, se estableció que las funciones de coordinación y ejecución
técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo
multilateral, bilateral o regional que se encuentran en el ámbito del
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT serán ejercidas por las
SECRETARÍAS de este Ministerio, de conformidad con lo previsto en el
Anexo (IF-2020-33728267-APN-DGPSYE#MI) y con los alcances previstos en
el artículo 2º del Decreto Nº 945/17.
Que por la Resolución Nº 323/22 del MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT, se sustituyó el Anexo indicado en el artículo 2º
de la Resolución Nº 90/20, por el IF-2022-112091878-APN-DGPYPSYE#MDTYH,
estableciendo a la SECRETARÍA DE HÁBITAT de este Ministerio como área
sustantiva de coordinación y ejecución técnica continuadora del
Programa CAF 10099 - Programa Integral del Hábitat (PIH).
Que mediante Decreto Nº 873/22 se aprobó el Modelo de Contrato de
Préstamo Nº 5557/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000), destinado
a financiar parcialmente el “Programa de Mejoramiento de Barrios”, el
cual fuera suscripto posteriormente el 5 de enero de 2023.
Que el objetivo del Programa antes referido consiste en mejorar de modo
sustentable el hábitat de los hogares residentes en villas,
asentamientos y áreas degradadas del país a través de acciones que
contribuyan al aumento en la seguridad de la tenencia de la tierra, la
provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario.
Que mediante Decreto Nº 302/23 se aprobó el Modelo de Contrato de
Préstamo CAF Nº 12033 - “Programa Federal de Pre-inversión’’ a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE
FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE
MILLONES (USD 12.000.000), destinado a financiar el “Programa Federal
de Pre-Inversión”, el cual fuera suscripto posteriormente el 13 de
junio de 2023.
Que el objetivo del Programa antes mencionado consiste en contribuir a
fortalecer las capacidades institucionales y de gestión de proyectos de
pre-inversión de los gobiernos subnacionales en materia de políticas de
vivienda y hábitat en consonancia con las estrategias y áreas
prioritarias nacionales.
Que teniendo en cuenta los Préstamos mencionados, resulta necesario
sustituir el Anexo del artículo 2º de la Resolución Nº 90/20,
modificado por la Resolución Nº 323/22, a fin de establecer las
Secretarías de este Ministerio que tendrán a su cargo las funciones de
coordinación y ejecución técnica de los nuevos Programas, a saber:
“Programa de Mejoramiento de Barrios”- Contrato de Préstamo Nº
5557/OC-AR y “Programa Federal de Pre-inversión’’- Contrato de Préstamo
CFA Nº 12033.
Que asimismo resulta necesario sustituir el Anexo mencionado en el
artículo 3º de la Resolución Nº 90/20, modificado por la Resolución Nº
323/22 a través del cual se delega en las Secretarías mencionadas la
facultad para suscribir los convenios con las provincias, la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y/u otras entidades y
organismos, como así también los contratos y/o sus respectivas
modificaciones, que sean necesarios para la ejecución de los programas
y proyectos referidos en el citado Anexo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su
competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo
dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios y el
Decreto Nº 945/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el artículo 2º de la Resolución Nº 90 del 1
de agosto de 2020, modificada por la Resolución Nº 323 del 28 de
octubre del 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT,
por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 2º.- Establécese que las funciones de coordinación y
ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento
externo multilateral, bilateral o regional que se encuentran en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT serán
ejercidas por las Secretarías de este Ministerio, de conformidad con lo
previsto en el Anexo (IF-2023-83562734-APN-DGPYPSYE#MDTYH) que forma
parte integrante de la presente medida, con los alcances previstos en
el artículo 2º del Decreto Nº 945/17.”
ARTÍCULO 2º.- Sustituyese el artículo 3º de la Resolución Nº 90 del 1
de agosto de 2020, modificada por la Resolución Nº 323 del 28 de
octubre del 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT,
por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 3º.- Las Secretarías mencionadas en el Anexo del artículo 2º
de la presente medida, podrán suscribir convenios con las provincias,
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y/u otras entidades
y organismos, como así también los contratos y/o sus respectivas
modificaciones, que sean necesarios para la ejecución de los programas
y proyectos referidos en el citado Anexo”.
ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Alejandro Maggiotti
e. 24/07/2023 N° 56585/23 v. 24/07/2023
NOTA ACLARATORIA
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
Resolución 301/2023
En la edición del Boletín Oficial N° 35.217 del día lunes 24 de julio
de 2023, página 35, Aviso N° 56585/23, en la que se publicó la citada
norma, por un error del organismo emisor se omitió publicar el Anexo
IF-2023-83562734-APN-DGPYPSYE#MDTYH, por lo cual se publica a
continuación.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/08/2023 N° 59232/23 v. 01/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
IF-2023-83562734-APN-DGPYPSYE#MDTYH