MINISTERIO
DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
Resolución 434/2023
RESOL-2023-434-APN-SEC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-04703295-APN-DCSE#MDP, el Decreto N° 50
de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones
Nros. 1.144 de fecha 23 de diciembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA
DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del
ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 599 de fecha 5 de mayo de 2023
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros. 196 de fecha 12 de
mayo de 2022 y 251 de fecha 4 de julio de 2022, ambas de la ex
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 1.144 de fecha 23 de diciembre de 2021
de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y
GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
se creó el programa “TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, con el
objetivo de “impulsar y traccionar la utilización de la Economía del
Conocimiento a través de la resolución de Desafíos Tecnológicos de
Personas Jurídicas de carácter Público o Mixto y promover la
consolidación de Personas Jurídicas Privadas que generan Economía del
Conocimiento a través del otorgamiento de Aportes No Reembolsables
(ANR), a proyectos que den una respuesta a los mismos” y, por el
Artículo 2° se aprobó su Reglamento Operativo.
Que, mediante el Artículo 3º de dicha medida, se aprobaron las Bases y
Condiciones que rigieron la Convocatoria Específica “DESAFÍOS PARA
TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, mientras que a través del
Artículo 4° se convocó a Empresas Estatales, Sociedades del Estado y
Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria constituidas
legalmente en la REPÚBLICA ARGENTINA, interesadas en acceder al
Programa Traccionar, a realizar las presentaciones exigidas en las
mentadas Bases y Condiciones.
Que, habiendo concluido la convocatoria mencionada, las Áreas Técnicas
pertinentes procedieron a evaluar los desafíos presentados, verificando
el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el
Reglamento Operativo del Programa y en las Bases y Condiciones de la
Convocatoria Específica “DESAFÍOS PARA TRACCIONAR ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO”.
Que, en este sentido, mediante la Disposición N° 196 de fecha 12 de
mayo de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la
entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó
el listado de “DESAFÍOS PARA TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”,
conformado por un total de VEINTIDÓS (22) desafíos.
Que, mediante la Disposición N° 251 de fecha 4 de julio de 2022 de la
ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA
DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del
ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se abrió la Convocatoria
Específica para la “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO”, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9° del
Reglamento Operativo del Programa aprobado por la Resolución N°
1.144/21 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, con el objetivo de presentar
ideas para dar solución a los desafíos presentados por las EMPRESAS
TRACCIONANTES que fueran aprobados mediante la Disposición N° 196/22 de
la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO; y se aprobaron las
bases y condiciones que regirán su ejecución.
Que, el Artículo 4° de la precitada disposición, estableció que el
monto total a ser ejecutado en el marco de la Convocatoria Específica
sería de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) en concepto de
Aportes No Reintegrables (ANR) y, en el Artículo 5° de las Bases y
Condiciones aprobadas por el Artículo 2° de la Disposición N° 251/22 de
la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, la suma de PESOS
VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) como monto máximo al que podrían acceder
los Proyectos que, oportunamente, se aprueben.
Que, concluida la Convocatoria Específica y recibidas la totalidad de
ideas de solución por parte de las potenciales EMPRESAS TRACCIONADAS,
la Dirección Nacional de la Innovación Abierta de la SECRETARÍA DE
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, procedió a
constatar el cumplimiento de las pautas mínimas de admisibilidad, de
conformidad con lo establecido en el Artículo 7° del Reglamento
Operativo del mentado Programa, así como las pautas mínimas de
admisibilidad establecidas en el Artículo 8°, inciso 1 de las Bases y
Condiciones de la Convocatoria Específica de “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS.
TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 1 del Artículo 10 de
las Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica de “RESOLUCIÓN DE
DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, en cuanto dispone que
“Una vez analizadas la totalidad de IDEAS presentadas para cada
DESAFÍO, la DIRECCIÓN NACIONAL realizará una propuesta de orden mérito
por DESAFÍO, en el cual el orden de prelación de las IDEAS estará dado
por el puntaje que hayan obtenido en la evaluación…”, la Dirección de
Consolidación de Sectores Estratégicos dependiente de la entonces
Dirección Nacional de la Innovación Abierta de la SECRETARÍA DE
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha confeccionado
una propuesta de orden de mérito con las IDEAS preseleccionadas por
DESAFÍO, que obra embebido en el Informe IF-2023-21880386-APN DCSE#MDP.
Que a la mentada preselección de IDEAS se les ha asignado un orden de
prelación determinado, en razón del grado de cumplimiento que han
alcanzado respecto de los criterios de evaluación y ponderación
establecidos en el citado Artículo 10 de las Bases y Condiciones de la
mencionada Convocatoria Específica.
Que, asimismo, la mencionada Dirección constató que las respectivas
presentaciones por parte de las potenciales EMPRESAS TRACCIONADAS han
cumplido con la totalidad de los requisitos exigidos en el marco de la
Convocatoria Específica, conforme la documentación que como
IF-2023-03009698-APN DCSE#MDP; IF-2023-03744306-APN-DCSE#MDP; IF-2023-
03719134-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 03764607-APN-DCSE#MDP;
IF-2023-03713449-APN DCSE#MDP; IF-2023-03728287-APN DCSE#MDP;
IF-2023-03723737-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 52490027-APN-DCSE#MDP; IF-2023-
03731039-APN-DCSE#MDP; IF-2023-03716661-APN DCSE#MDP se encuentran
vinculadas en el Expediente citado en el Visto.
Que, la citada Dirección, ha fundamentado dicha selección de
conformidad con los Informes Técnicos de Evaluación que como
IF-2023-03146069-APN-DCSE#MDP; IF-2023-05820360-APN DCSE#MDP;
IF-2023-04043151-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04092401-APN-DCSE#MDP; IF-2023-
53021822-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04117967-APN-DCSE#MDP;
IF-2023-04047010-APN DCSE#MDP; IF-2023-04050344-APN-DCSE#MDP;
IF-2023-04111403-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 04033026-APN-DCSE#MDP, se
encuentran vinculados.
Que, en otro orden de ideas, cabe destacar que se han preseleccionado
IDEAS de solución dirigidas a NUEVE (9) de los VEINTIDÓS (22) desafíos
que fueran aprobados por la Disposición N° 196/22 de la ex
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO quedando vacantes, en
particular, los DESAFÍOS ubicados en los órdenes de mérito Nros. 01,
05, 06, 08, 10, 13, 14, 15, 17, 19, 20,21 y 22.
Que, adicionalmente, atento al tiempo transcurrido se torna necesario
ampliar el monto máximo de Aportes No Reembolsables (ANR) previsto en
el Artículo 5° de las Bases y Condiciones de la Disposición N° 251/22
de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, al que podrán
acceder los proyectos que, oportunamente, se aprueben y, en
consecuencia, ampliar el cupo presupuestario a ser ejecutado, previsto
en el Artículo 4° de dicha norma.
Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se modificó
la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92),
y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a todos
sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo
considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace
referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.
Que por su parte, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, y en particular los Decretos Nros. 404 de
fecha 14 de julio de 2022 y 480 de fecha 10 de agosto de 2022, se
aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo los objetivos
de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA entre los cuales se encuentra entender en la definición de
programas de promoción de las actividades económicas que impliquen el
uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en
los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la
obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.
Que, mediante la Resolución N° 976 de fecha 5 de diciembre de 2022 del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, se designó a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA como Autoridad de Aplicación de
la Ley N° 27.506 y sus modificaciones.
Que, en este contexto, y habiéndose completado el proceso de evaluación
previsto en las Bases y Condiciones que rigen la Convocatoria
Específica, corresponde a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
aprobar la preselección definitiva de IDEAS por desafío y expedirse a
través del acto administrativo correspondiente.
Que en atención a la vacancia del cargo de Secretario de Economía del
Conocimiento, se dictó la Resolución N° 599 de fecha 5 de mayo de 2023
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por la cual se encomendó a partir del 10 de
abril de 2023, la atención del despacho y la firma de la Secretaría
citada, en el Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria
“Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”,
siempre que no se haya previsto un reemplazo específico para la firma.
Que ha tomado la intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y las Resoluciones Nros.
1.144/21 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y 599/23 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los órdenes de mérito con la preselección de
IDEAS de solución para los desafíos que fueran aprobados por la
Disposición N° 196 de fecha 12 de mayo de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA
DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que como Anexo
(IF-2023-74626830-APN-DCSE#MEC) forma parte integrante de la presente
Resolución, que fue realizada en el marco de la Convocatoria específica
“RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” y sus
Bases y Condiciones, aprobadas por la Disposición N° 251 de fecha 4 de
julio de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la
entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el párrafo primero del Artículo 5° de las
Bases y Condiciones de la Disposición N° 251/22 de la ex SUBSECRETARÍA
DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, el cual deberá quedar redactado de la
siguiente forma:
“Los proyectos aprobados en el marco de la presente CONVOCATORIA,
podrán acceder hasta un máximo de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($
35.000.000) de Aportes No Reembolsables (ANR), en los términos que
establece el Artículo 6° del RO”.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el párrafo primero del Artículo 6° del
Reglamento Operativo del Programa, aprobado por la Resolución N° 1.144
de fecha 23 de diciembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el cual deberá quedar redactado de
la siguiente forma:
“Podrán otorgarse hasta el monto de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($
35.000.000) por PROYECTO aprobado en concepto de ANR en las condiciones
que cada Convocatoria Específica defina”;
ARTÍCULO 4°.- Amplíase el monto total a ser ejecutado en el marco de la
presente Convocatoria Específica “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” aprobada mediante la Disposición N° 251/22
de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO a la suma de PESOS
TRESCIENTOS QUINCE MILLONES ($ 315.000.000) en concepto de Aportes No
Reintegrables (ANR).
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Manuel Cheppi, a cargo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/07/2023 N° 56555/23 v. 24/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
ORDEN DE MÉRITO: Preselección de IDEAS
por DESAFÍO
DESAFÍO N° 2: Actualización y
simplificación del proceso de amolado y pulido de álabes y paletas
directrices de turbinas hidráulicas.
EMPRESA TRACCIONANTE: IMPSA S.A
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 3: Ampliar y adquirir dominio de la tecnología
comunicacional de órbita baja.
EMPRESA TRACCIONANTE: Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A
(ARSAT)
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 4: Actualización del sistema de producción y distribución
del suministro del servicio de agua en “El Gran Catamarca”.
EMPRESA TRACCIONANTE: Aguas de Catamarca S.A.P.E.M
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 7: Generación de mayor difusión e interacción cultural de
obras de arte.
EMPRESA TRACCIONANTE: Agencia Córdoba Cultura S.E
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 9: Capacitación de Puesto de Control Trenes (PCT) mediante
el desarrollo de tecnologías inmersivas.
EMPRESA TRACCIONANTE: Desarrollo del Capital Humano Ferroviario
S.A.P.E.M
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 11: Desarrollo de un sistema integral de Ventanilla Única y
Simplificación de Procesos (VUSP).
EMPRESA TRACCIONANTE: Desarrollo del Sur S.E
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 12: Optimización del proceso de control de Barreras
Ferroviarias
EMPRESA TRACCIONANTE: Belgrano Cargas y Logística S.A
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 16: Optimizar la comunicación y el flujo de información
interna y externamente.
EMPRESA TRACCIONANTE: Servicio Ferroviario Turístico Tren a las Nubes
S.E
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍO N° 18: Técnicas de aprovechamiento y utilización de los Barros
Tratados de la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales Salta. EMPRESA
TRACCIONANTE: Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A
Orden de mérito para el desafío propuesto:
DESAFÍOS VACANTES
IF-2023-74626830-APN-DCSE#MEC