ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 583/2023
RESFC-2023-583-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2023
VISTO el Expediente EX-2023-79972371-APN-DNIN#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 13.064, 22.351 y
24.156, los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y 690 de
fecha 16 de mayo de 2016 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la obra “Construcción
de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”.
Que el proyecto dotará al área protegida de DOS (2) seccionales, cada
una consta con un sector de vivienda privada, depósitos, garaje
semicubierto, galería, un depósito y azotea técnica.
Que la documentación técnica, aprobada por la Disposición
DI-2023-74-APN-DNIN#APNAC de la Dirección Nacional de Infraestructura,
compuesta por el Pliego Bases y Condiciones Particulares obrante como
documento PLIEG-2023-79811741-APN-DPR#APNAC, el Pliego de
Especificaciones Técnicas obrante como documento
PLIEG-2023-78614008-APN-DPR#APNAC, Documentación Gráfica obrante como
documento IF-2023- 78604683-APN-DPR#APNAC, Memoria de Instalaciones
Sanitarias obrante como documento IF-2023-78604734-APN-DPR#APNAC,
Cómputo y Presupuesto obrante como documento
IF-2023-80616415-APN-DPR#APNAC, por un monto total de PESOS TRECIENTOS
SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 373.317.666,79), la Disposición de
la Dirección Regional NEA obrante como documento
DI-2023-40-APN-DRNEA#APNAC, el Informe de Impacto Ambiental Medio
Ambiental (IMA) obrante como documento IF-2023-59941761-APN-PNEI#APNAC
y las condiciones consignadas en el Informe
IF-2023-62504694-APN-DRNEA#APNAC, documentación que juntamente con el
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de
Obras Públicas obrante como documento
IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYF#JGM, aprobado por la Disposición de la
Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS obrante como documento DI-2019-22-APN-ONC#JGM, establecen las
pautas que regirán el pertinente llamado a Licitación Pública, bajo los
términos de la Ley Nº 13.064 de Obras Públicas, para la obra
“Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El
Impenetrable”.
Que las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
se efectuarán automáticamente a través del sistema CONTRAT.AR., por el
término de QUINCE (15) días.
Que, por medio de la Intendencia del Parque Nacional El Impenetrable,
se efectuarán las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
DE CHACO.
Que por la Nota NO-2023-79275172-APN-DPYCG#APNAC, la Dirección de
Presupuesto y Control de Gestión comunicó que, si bien el Organismo
cuenta con crédito suficiente para afrontar el gasto, se deberán
iniciar las gestiones pertinentes a una modificación presupuestaria a
fin de asignar el crédito necesario a la apertura programática y
partida presupuestaria correspondiente para el ejercicio en curso para
la “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El
Impenetrable”.
Que, aplicando el principio de eficiencia, eficacia y economía
administrativa, resulta conveniente que el análisis y evaluación de las
ofertas recaiga en la Comisión Evaluadora ad-hoc constituida por la
Dra. Julieta TRIMARCO (D.N.I. Nº 32.151.368), el Cdor. José Joaquín SAN
MARTÍN (D.N.I. N° 10.195.712) y por el Arq. Alejandro BOCCACCI (D.N.I.
N° 14.434.897).
Que la Dirección Nacional de Infraestructura designará oportunamente al
profesional encargado del seguimiento, supervisión, control de la obra
en cuestión.
Que la Dirección Nacional de Infraestructura y las Direcciones
Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración han tomado las
intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 23, inciso t), de la Ley Nº 22.351, la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344/2007, modificado por el
Decreto Nº 690/2016, y concordantes.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública, bajo los
términos de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Sistema de Ajuste
Alzado, para ejecutar la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en
el Parque Nacional El Impenetrable”, con un presupuesto oficial de
PESOS TRECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($
373.317.666,79) conforme a lo expuesto en los Considerandos de la
presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego Licitatorio compuesto por el Pliego
Bases y Condiciones Particulares obrante como documento
PLIEG-2023-79811741-APN-DPR#APNAC, el Pliego de Especificaciones
Técnicas obrante como documento PLIEG-2023-78614008-APN-DPR#APNAC,
Documentación Gráfica obrante como documento
IF-2023-78604683-APN-DPR#APNAC, Memoria de Instalaciones Sanitarias
obrante como documento IF-2023-78604734-APN-DPR#APNAC, Cómputo y
Presupuesto obrante como documento IF-2023-80616415-APN-DPR#APNAC, por
un monto total de PESOS TRECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS
DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS
($ 373.317.666,79), la Disposición de la Dirección Regional NEA obrante
como documento DI-2023-40-APN-DRNEA#APNAC, el Informe de Impacto
Ambiental Medio Ambiental (IMA) obrante como documento
IF-2023-59941761-APN-PNEI#APNAC, las condiciones consignadas en el
Informe IF-2023-62504694-APN-DRNEA#APNAC, documentación que juntamente
con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la
contratación de Obras Públicas obrante como documento
IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYF#JGM, aprobado por la Disposición de la
Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS obrante como documento DI-2019-22-APN-ONC#JGM, establecen los
términos y pautas que regirán el pertinente llamado a Licitación
Pública, bajo los términos de la Ley Nº 13.064 de Obras Públicas, para
la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El
Impenetrable”.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que a los efectos de la evaluación de
propuestas intervendrá la Comisión Evaluadora ad-hoc constituida por la
Dra. Julieta TRIMARCO (D.N.I. Nº 32.151.368), el Cdor. José Joaquín SAN
MARTÍN (D.N.I. N° 10.195.712), y el Arq. Alejandro BOCCACCI (D.N.I. N°
14.434.897), conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que la Intendencia del Parque Nacional El
Impenetrable proceda a realizar las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE CHACO.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que el personal que designe la Dirección
Nacional de Infraestructura realizará el seguimiento, supervisión,
control y recepción de la obra en cuestión.
ARTÍCULO 6º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en forma fehaciente a
los interesados. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense los
actuados a la Dirección Nacional de Infraestructura.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Virginia Laura Gassibe - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
e. 25/07/2023 N° 57000/23 v. 25/07/2023