ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 583/2023

RESFC-2023-583-APN-D#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2023

VISTO el Expediente EX-2023-79972371-APN-DNIN#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 13.064, 22.351 y 24.156, los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y 690 de fecha 16 de mayo de 2016 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”.

Que el proyecto dotará al área protegida de DOS (2) seccionales, cada una consta con un sector de vivienda privada, depósitos, garaje semicubierto, galería, un depósito y azotea técnica.

Que la documentación técnica, aprobada por la Disposición DI-2023-74-APN-DNIN#APNAC de la Dirección Nacional de Infraestructura, compuesta por el Pliego Bases y Condiciones Particulares obrante como documento PLIEG-2023-79811741-APN-DPR#APNAC, el Pliego de Especificaciones Técnicas obrante como documento PLIEG-2023-78614008-APN-DPR#APNAC, Documentación Gráfica obrante como documento IF-2023- 78604683-APN-DPR#APNAC, Memoria de Instalaciones Sanitarias obrante como documento IF-2023-78604734-APN-DPR#APNAC, Cómputo y Presupuesto obrante como documento IF-2023-80616415-APN-DPR#APNAC, por un monto total de PESOS TRECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 373.317.666,79), la Disposición de la Dirección Regional NEA obrante como documento DI-2023-40-APN-DRNEA#APNAC, el Informe de Impacto Ambiental Medio Ambiental (IMA) obrante como documento IF-2023-59941761-APN-PNEI#APNAC y las condiciones consignadas en el Informe IF-2023-62504694-APN-DRNEA#APNAC, documentación que juntamente con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Obras Públicas obrante como documento IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYF#JGM, aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS obrante como documento DI-2019-22-APN-ONC#JGM, establecen las pautas que regirán el pertinente llamado a Licitación Pública, bajo los términos de la Ley Nº 13.064 de Obras Públicas, para la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”.

Que las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA se efectuarán automáticamente a través del sistema CONTRAT.AR., por el término de QUINCE (15) días.

Que, por medio de la Intendencia del Parque Nacional El Impenetrable, se efectuarán las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CHACO.

Que por la Nota NO-2023-79275172-APN-DPYCG#APNAC, la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión comunicó que, si bien el Organismo cuenta con crédito suficiente para afrontar el gasto, se deberán iniciar las gestiones pertinentes a una modificación presupuestaria a fin de asignar el crédito necesario a la apertura programática y partida presupuestaria correspondiente para el ejercicio en curso para la “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”.

Que, aplicando el principio de eficiencia, eficacia y economía administrativa, resulta conveniente que el análisis y evaluación de las ofertas recaiga en la Comisión Evaluadora ad-hoc constituida por la Dra. Julieta TRIMARCO (D.N.I. Nº 32.151.368), el Cdor. José Joaquín SAN MARTÍN (D.N.I. N° 10.195.712) y por el Arq. Alejandro BOCCACCI (D.N.I. N° 14.434.897).

Que la Dirección Nacional de Infraestructura designará oportunamente al profesional encargado del seguimiento, supervisión, control de la obra en cuestión.

Que la Dirección Nacional de Infraestructura y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración han tomado las intervenciones de sus competencias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso t), de la Ley Nº 22.351, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1.344/2007, modificado por el Decreto Nº 690/2016, y concordantes.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública, bajo los términos de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Sistema de Ajuste Alzado, para ejecutar la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”, con un presupuesto oficial de PESOS TRECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 373.317.666,79) conforme a lo expuesto en los Considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego Licitatorio compuesto por el Pliego Bases y Condiciones Particulares obrante como documento PLIEG-2023-79811741-APN-DPR#APNAC, el Pliego de Especificaciones Técnicas obrante como documento PLIEG-2023-78614008-APN-DPR#APNAC, Documentación Gráfica obrante como documento IF-2023-78604683-APN-DPR#APNAC, Memoria de Instalaciones Sanitarias obrante como documento IF-2023-78604734-APN-DPR#APNAC, Cómputo y Presupuesto obrante como documento IF-2023-80616415-APN-DPR#APNAC, por un monto total de PESOS TRECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 373.317.666,79), la Disposición de la Dirección Regional NEA obrante como documento DI-2023-40-APN-DRNEA#APNAC, el Informe de Impacto Ambiental Medio Ambiental (IMA) obrante como documento IF-2023-59941761-APN-PNEI#APNAC, las condiciones consignadas en el Informe IF-2023-62504694-APN-DRNEA#APNAC, documentación que juntamente con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Obras Públicas obrante como documento IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYF#JGM, aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS obrante como documento DI-2019-22-APN-ONC#JGM, establecen los términos y pautas que regirán el pertinente llamado a Licitación Pública, bajo los términos de la Ley Nº 13.064 de Obras Públicas, para la obra “Construcción de DOS (2) Seccionales en el Parque Nacional El Impenetrable”.

ARTÍCULO 3º.- Determínase que a los efectos de la evaluación de propuestas intervendrá la Comisión Evaluadora ad-hoc constituida por la Dra. Julieta TRIMARCO (D.N.I. Nº 32.151.368), el Cdor. José Joaquín SAN MARTÍN (D.N.I. N° 10.195.712), y el Arq. Alejandro BOCCACCI (D.N.I. N° 14.434.897), conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que la Intendencia del Parque Nacional El Impenetrable proceda a realizar las publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CHACO.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que el personal que designe la Dirección Nacional de Infraestructura realizará el seguimiento, supervisión, control y recepción de la obra en cuestión.

ARTÍCULO 6º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en forma fehaciente a los interesados. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense los actuados a la Dirección Nacional de Infraestructura.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio David Gonzalez - Virginia Laura Gassibe - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato

e. 25/07/2023 N° 57000/23 v. 25/07/2023