MINISTERIO DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES
Disposición 3/2023
DI-2023-3-APN-DGPYPSYE#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-45767903- -APN-DGD#MTR, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y modificatorias, la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 7 de
fecha 10 de diciembre de 2019, los Decretos N° 1344 de fecha 4 de
octubre de 2007, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por
su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, N° 820 del 25 de
octubre de 2020, N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021, las
Decisiones Administrativas N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020,
N° 4 del 9 de enero de 2023, las Resoluciones N° 105 de fecha 30 de
abril de 2020, y N° 89 de fecha 17 de febrero de 2023, todas del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021 se aprobó
el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9232-AR a celebrarse entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y
FOMENTO (BIRF), por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS
CUARENTA Y SIETE MILLONES (USD 347.000.000), destinado a financiar
parcialmente el “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario
de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”, que como Anexo I
(IF-2021-85354072-APN-SSRFID#SAE) formó parte integrante de dicha
medida.
Que por el artículo 4° de dicho Decreto se designó al MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), como el Organismo Ejecutor
del “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros
en Buenos Aires – Línea Mitre” para las Partes 1, 2 y 3.3 y,
parcialmente, para las Partes 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del referido
Proyecto. Asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá operar y
mantener, en todo momento durante la implementación del Proyecto, la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES,
con estructura, funciones y responsabilidades aceptables para el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), según se establece en
el Manual Operativo; incluir, entre otros, brindar apoyo para gestión e
informes de proyecto, y quedarán facultados a realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
mencionado proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en
el Modelo de Convenio de Préstamo N° 9232-AR que se aprueba por el
artículo 1° de la dicha medida.
Que, en consecuencia, en fecha 01 de octubre de 2021 se suscribió el
mencionado Contrato de Préstamo BIRF N° 9232-AR entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF)
relativo al “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de
Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”, registrado en el sistema de
Gestión Documental Electrónica bajo el N°
CONVE-2021-95856280-APN-SSRFID#SAE.
Que el Proyecto referido tiene por objetivos mejorar la confiabilidad y
seguridad de la Línea Mitre y aumentar la accesibilidad en el Área
Metropolitana de Buenos Aires.
Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y
modificatorias se establecieron, entre las competencias del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, la de ejecutar los planes, programas y proyectos del
área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta
el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 creándose
-entre otros- el MINISTERIO DE TRANSPORTE, fijándose sus competencias
con la finalidad de asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de
Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo
inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial,
marítimo y a la actividad vial (art. 21); y para ejecutar los planes,
programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme
las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL (art. 21, inc.
2°);
Por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de
2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N°
438/92), y a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019
modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 se
aprobó, entre otras cuestiones, el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
así como también los objetivos de las Unidades Organizativas
establecidas en el referido organigrama.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 establece que los órganos de los
tres poderes del Estado determinarán, para cada uno de ellos, los
límites cuantitativos y cualitativos mediante los cuales podrán
contraer compromisos por sí, o por la competencia específica que
asignen, al efecto, a los funcionarios de sus dependencias, y que la
reglamentación establecerá la competencia para ordenar pagos y efectuar
desembolsos y las habilitaciones para pagar que no estén expresamente
establecidas en esa ley.
Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019,
modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020,
se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, así como también los
objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el referido
organigrama.
Que, en lo que a esta jurisdicción respecta, la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE tiene los objetivos
de entender en la formulación, gestión, coordinación, supervisión,
control y ejecución técnica de los planes, programas y proyectos para
el mejoramiento del transporte con financiamiento externo,
comprendiendo su monitoreo y auditorías técnicas, entre los cuales se
encuentra el “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de
Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”.
Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de
septiembre de 2020 se aprobó, entre otras cuestiones, la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que, a su vez, la citada Decisión Administrativa N° 1740/2020
estableció las responsabilidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tiene como
responsabilidad primaria la de dirigir las acciones vinculadas a la
planificación, programación, formulación, implementación, supervisión,
monitoreo y evaluación de programas y proyectos con financiamiento
externo, que correspondan a las áreas de incumbencia del Ministerio,
conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el
Gobierno Nacional.
Que por la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023, se
distribuyeron los gastos corrientes y de capital, los gastos
figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las
contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento, previstas
en la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023 (art. 1°).
Que por el artículo 35 inciso h) del Anexo al Decreto N° 1344 de fecha
4 de octubre de 2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de
octubre de 2020, reglamentario de la referida Ley N° 24.156, se
establece que, en caso de autorización y aprobación de gastos referidos
a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos
Financieros Internacionales, se dará cumplimiento a las normas
establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la
legislación local.
Que mediante la Nota N° NO-2023-44404836-APN-DIYT#MTR de fecha 20 de
abril de 2023, la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA dependiente de
la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, informó a la
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS, sobre la necesidad de
iniciar la tramitación para la contratación de una consultoría para el
Desarrollo del Sistema de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros,
como continuación del Estudio de Diagnóstico de Diseño de Software de
Subsidios de Transporte Público de Pasajeros, acompañando los Términos
de Referencia e informando que el plazo previsto de la consultoría es
de TRESCIENTOS (300) días corridos, siendo necesarias aproximadamente
entre 20.000 y 24.000 horas, con un presupuesto estimado de PESOS
ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES ($ 330.000.000). -base abril
2023-, destacando por último que la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y
TECNOLOGÍA, actuará como supervisor en el desarrollo de los trabajos y
recepción de los mismos a su pruebas y finalización, en los términos
indicados en los Términos de Referencia.
Que por medio de la Nota NO-2023-44425206-APN-DGIYS#MTR de fecha 20 de
abril de 2023, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
remitió a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, la Nota N° NO-2023-44404836-APN-DIYT#MTR de la DIRECCIÓN DE
INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, por la cual manifestó la necesidad de iniciar
la tramitación para la contratación de una consultoría para el
Desarrollo del Sistema de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros,
acompañando los Términos de Referencia e informando el plazo previsto
de la contratación y el presupuesto estimado.
Que por la Nota N° NO-2023-45711054-APN-SSGA#MTR de fecha 24 de abril
de 2023, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA remitió a la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, las notas de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS y de la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, acompañó los
Términos de Referencia de la consultoría para el “Desarrollo del
Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros”; y
solicitó iniciar, en el marco del Contrato de Préstamo BIRF 9232 OC-AR,
los procedimientos tendientes para la contratación de dicho servicio.
Que mediante la Providencia N° PV-2023-46869140-APN-DAPYPSYE#MTR de
fecha 26 de abril de 2023, un Asesor de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, solicitó a la mencionada DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, tenga a bien efectuar
las previsiones presupuestarias pertinentes, tomando en cuenta el monto
informado por el área requirente en Nota N°
NO-2023-45711054-APN-SSGA#MTR, por un total de PESOS ARGENTINOS
TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CON 00/100 ($ 330.000.000,00).
Que mediante la Providencia N° PV-2023-52853092-APN-DAPYPSYE#MTR de
fecha 10 de mayo de 2023, tomó intervención la DIRECCIÓN DE
ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por la cual informó que “...la matriz
financiera del Convenio de Préstamo BIRF 9232-AR, dentro del Componente
3 “Fortalecimiento y Gestión de Proyecto” - Subcomponente 3.4
Preparación de Estudios Técnicos, contempla los fondos necesarios para
la contratación de dicha consultoría.” y que “...se trata de un
contrato plurianual de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES
CON 00/100 ($ 330.000.000,00), y que se cuenta con crédito
presupuestario para afrontar el monto estimado para el ejercicio 2023
que asciende a $ 82.500.000 PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL
en el presupuesto vigente asignado al SAF 327 Programa 67, Subprograma
1, Actividad 1, que se financiará con recursos del Préstamo BIRF
9232-AR.”.
Que, atento ello, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N°
NO-2023-46572188-APN-SSGA#MTR de fecha 25 de abril de 2023, remitió a
la Sra. Jefa de Proyecto del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y
FOMENTO (BIRF), los Términos de Referencia correspondientes al
“Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de
Pasajeros” para su correspondiente No Objeción, informando que el plazo
previsto de la consultoría es de TRESCIENTOS (300) días corridos, y se
utilizarán en su ejecución del orden de las 20.000 a 24.000 horas
hombre, con un presupuesto estimado de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS
TREINTA MILLONES ($ 330.000.000). -base abril 2023.-
Que, consecuentemente, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y
FOMENTO (BIRF) en fecha 2 de mayo de 2023, dió respuesta y realizó una
serie de comentarios a los Términos de Referencia enviados mediante la
Nota N° NO-2023-46572188-APN-SSGA#MTR. (Conforme surge del Informe
Gráfico N° IF-2023-49127657-APN-DAPYPSYE#MTR).
Que mediante Nota N° NO-2023-53126418-APN-DGPYPSYE#MTR de fecha 10 de
mayo de 2023,la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES
Y ESPECIALES remitió a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, los Términos de Referencia
(IF-2023-53069218-APN-DIYT#MTR), modificados de acuerdo a comentarios
realizados por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
(BIRF), solicitando elevar los mismos para su correspondiente No
Objeción.
Que mediante Nota N° NO-2023-53811132-APN-SSGA#MTR de fecha 11 de mayo
de 2023, el Subsecretario de Gestión Administrativa remitió a la Jefa
de Proyecto BIRF, los Términos de Referencia correspondientes al
“Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de
Pasajeros”, modificados de acuerdo a comentarios realizados por ese
Banco, solicitando la correspondiente No Objeción.
Que mediante Informe Gráfico N° IF-2023-72564470-APN-DAPYPSYE#MTR, se
incorporó la respuesta del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y
FOMENTO (BIRF) de fecha 26 de junio de 2023, por la cual otorgó la No
Objeción a los Términos de Referencia enviados mediante
NO-2023-53811132-APN-SSGA#MTR, realizando una sugerencia sobre los
mismos.
Que así las cosas, mediante Informe Gráfico N°
IF-2023-73973774-APN-DIYT#MTR, se incorporaron los Términos de
Referencia, en los cuales se receptó la sugerencia realizada por el
BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).
Que por medio del Informe N° IF-2023-75143360-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha
30 de junio de 2023, un asesor de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, manifestó que el procedimiento de contratación será de
revisión Ex Ante, bajo el método de Selección Basada en Calidad y Costo
(SBCC) y serán utilizadas las “Regulaciones de Adquisiciones para
Prestatarios de Proyectos de Inversión del Banco” publicadas por el
Banco Mundial en julio de 2016, revisadas en noviembre de 2017, agosto
2018 y noviembre de 2020. Asimismo, indicó que se prevé la debida
publicación del proceso en el portal UN Development Business, en el
Boletín Oficial de la República Argentina (BORA), en UN (1) un
periódico de amplia circulación nacional, en la página web del
MTR-DGPPSE y en el Portal de la Oficina Nacional de Contrataciones
(ONC).
Que mediante Providencia N° PV-2023-75193760-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha
30 de junio de 2023, la DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL
DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ratificó lo
informado por el Área de Adquisiciones de esa Dirección mediante
Informe N° IF-2023-75143360-APN-DAPYPSYE#MTR.
Que, por tanto, deviene necesario aprobar el proceso de contratación,
el presupuesto estimado y el Modelo de Aviso de Invitación a Presentar
Expresiones de Interés, así como también autorizar la publicación del
llamado en relación a la contratación del Servicio de Consultoría para
el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público
de Pasajeros” AR-DGPPSE - ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC N° 01/2023.
Que en la evaluación de las Expresiones de Interés que se presenten con
motivo del presente llamado, para confeccionar la Lista Corta deberá
tomar intervención la Comisión Evaluadora de Ofertas en Proyectos y
Programas con Financiamiento externo, creada por la Resolución N° 105
de fecha 30 de abril de 2020 y modificada por la Resolución N° 89 de
fecha 17 de febrero de 2023, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES
Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92)
y sus modificatorias, por el art. 35 Inciso h) del Reglamento de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas del Sector Público
Nacional N° 24.156, aprobada por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de
2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de octubre de 2020, el
Decreto N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021 y la Decisión
Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el proceso de contratación del Servicio de
Consultoría que tiene por objeto el “Desarrollo del Sistema Integral de
Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” AR-DGPPSE -
ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC N° 01/2023, el cual se llevará a cabo bajo el
método de Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), cuyo
respectivo trámite de contratación deberá ajustarse a los
procedimientos previstos en el “Reglamento de Adquisiciones del Banco
Mundial para Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de
Consultoría” edición del 24 de noviembre de 2020, en el marco del
Préstamo BIRF N° 9232-AR.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Aviso de Invitación a Presentar
Expresiones de Interés y sus Formularios I, II, III y IV,
correspondiente al Servicio de Consultoría para el “Desarrollo del
Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” que
como Anexos (IF-2023-83474019-APN-DGPYPSYE#MTR e
IF-2023-83474286-APN-DGPYPSYE#MTR) forman parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase la publicación del llamado para presentar
Expresiones de Interés, correspondientes a la contratación del Servicio
de Consultoría para el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al
Transporte Público de Pasajeros” AR-DGPPSE - ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC
N° 01/2023, de acuerdo al Modelo que se aprueba en el artículo
precedente.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS EN
PROYECTOS Y PROGRAMAS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO creada por la
Resolución N° 105 de fecha 30 de abril de 2020 y modificada por
Resolución N° 89 de fecha 17 de febrero de 2023, ambas del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, será la encargada de realizar el análisis de las
Expresiones de Interés que se presenten con motivo del llamado cuya
publicación se autoriza por el artículo 3º de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el presupuesto estimado para contratación del
Servicio de Consultoría que tiene por objeto el “Desarrollo del Sistema
Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” por la suma
de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES ($ 330.000.000) IVA incluido.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente medida, será imputado a
la partida presupuestaria del ejercicio 2023, SAF 327 Programa 67,
Subprograma 1, Actividad 1, que se financiará con recursos del Préstamo
BIRF N° 9232-AR.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Andrea Graziotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/07/2023 N° 57347/23 v. 26/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)