MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1635/2023
RESOL-2023-1635-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2023
VISTO el EX-2023-71228127-APN-DNTHYC#MS, la Decisión Administrativa N°
384 de fecha de 19 de abril 2021 y su modificatoria N° 891 de fecha 12
de septiembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que es competencia del MINISTERIO DE SALUD ejecutar los planes,
programas y proyectos destinados a la mejora de la calidad y al logro
de la equidad en el sistema de salud argentino.
Que en su carácter de órgano rector el MINISTERIO DE SALUD promueve el
desarrollo del talento humano y conocimiento en salud, impulsando
políticas tendientes a fortalecer el trabajo en redes integradas de los
servicios y equipos de salud, contribuyendo a la mejora continua de los
procesos de atención y respuestas a las necesidades sanitarias de la
población.
Que por la Decisión Administrativa N° 384 de fecha de 19 de abril 2021
y su modificatoria N° 891 de fecha 12 de septiembre de 2022 se aprobó
la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD, mediante la cual la
DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN DEL CONOCIMIENTO dependiente de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO de la SUBSECRETARÍA DE
CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN
SALUD tiene entre sus acciones primarias el impulsar la red federal de
conocimiento en salud, con el fin de integrar procesos de producción de
conocimientos e implementación basados en las capacidades y prioridades
de los servicios de salud del territorio y sus poblaciones y la
promoción y el desarrollo de la investigación traslacional en red
mediante estrategias y metodologías colaborativas e interdisciplinarias
que posibiliten la aplicación en servicio de evidencias y conocimientos
en salud.
Que el conocimiento en y para la salud, requiere de la conformación de
redes que trabajen de modo colaborativo, interdisciplinario e
integrado, siendo este un recurso sanitario estratégico para la
formulación de políticas públicas y el fortalecimiento del sistema de
salud.
Que resulta fundamental afianzar interacciones en red que pongan en
valor las experiencias y conocimientos que se producen en los servicios
de salud de nuestro país, a fin de fortalecer la soberanía científica y
sanitaria siempre en pos de mejorar la calidad de vida de la población.
Que la implementación de acciones que impulsen el trabajo en red entre
los servicios y organismos sanitarios de nuestro país resulta
fundamental para robustecer estrategias de integración del sistema de
salud.
Que el trabajo en red potencia la capacidad de los servicios y
organismos de salud de ser centros generadores de conocimiento
sanitario estratégico para de nuestro país.
Que las Unidades de Conocimiento Traslacional en los servicios de
salud, representan nodos de conocimiento y formación que pueden a la
vez difundir y reproducir en red los saberes adquiridos.
Que el actual contexto de innovación y desarrollo científico-técnico
requiere del impulso de espacios orgánicos que den lugar al desarrollo
de nuevos paradigmas y necesidades de conocimiento de las instituciones
sanitarias.
Que la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud
“Dr. Carlos Malbrán” (ANLIS Malbrán) es un organismo de referencia
nacional y regional en el ámbito de la salud pública, ejecuta las
políticas sanitarias del Ministerio de Salud en lo que respecta a la
prevención, diagnóstico referencial, investigación y tratamiento de
enfermedades toxo-infecciosas, y tiene responsabilidad en la ejecución
de programas sanitarios vinculados a su área de incumbencia, en la
coordinación de redes de laboratorio del país, en la realización de
estudios epidemiológicos y en la docencia y capacitación de recursos
humanos.
Que dicho organismo tiene entre sus objetivos entender en la política
científico-técnica y de aplicación, en la promoción, aprobación y
evaluación de proyectos de los Institutos y Centros de su dependencia,
en cooperación con unidades del Ministerio de Salud o de los Estados
Provinciales y con otros Organismos Nacionales e Internacionales.
Que el Instituto Nacional de Parasitología “Dr. Mario Fatala Chabén”
(INP), dependiente la Administración Nacional de Laboratorios e
Institutos de Salud “Dr. Carlos Malbrán” representa un ámbito de alta
relevancia en lo que hace al desarrollo, producción e implementación
del conocimiento en salud, siendo Centro de Referencia en Investigación
y Diagnóstico de la enfermedad de Chagas y Leishmaniasis y Centro
Colaborador para la enfermedad de Chagas y otras parasitosis de la
Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud.
Que la Unidad de Conocimiento Traslacional creada por el Instituto
Nacional de Parasitología “Dr. Mario Fatala Chabén” (INP), dependiente
la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr.
Carlos Malbrán” a través de su DI-2023-485-APN-ANLIS#MS y su
correspondiente ANEXO (IF-2023-46388623-APN-ANLIS#MS), solicita el aval
y reconocimiento como tal por parte del Ministerio de Salud de la
Nación.
Que dicha solicitud, y por todo lo anteriormente expuesto, resulta
promisoria y de interés para fortalecer el trabajo cooperativo,
interdisciplinario y en red entre la Unidad de Conocimiento
Traslacional creada por el Instituto Nacional de Parasitología “Dr.
Mario Fatala Chaben” (INP), dependiente la Administración Nacional de
Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos Malbrán” y las Unidades
de Conocimiento Traslacional Hospitalarias que se integran en el marco
del PLAN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN TRASLACIONAL PARA LA RED DE
HOSPITALES.
Que la DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN DEL CONOCIMIENTO ha recibido y evaluado la
documentación presentada por parte de la Unidad de Conocimiento
Traslacional creada por el Instituto Nacional de Parasitología”Dr.
Mario Fatala Chaben” (INP), dependiente la Administración Nacional de
Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos Malbrán” y
consecuentemente recomienda su reconocimiento por parte del MINISTERIO
DE SALUD
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, la
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Y LA SECRETARÍA DE
CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto en las facultades
conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional y la Ley de
Ministerios N° 22.520, modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Reconócese la Unidad de Conocimiento Traslacional del
Instituto Nacional de Parasitología “Dr. Mario Fatala Chaben” (INP),
dependiente de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos
de Salud “Dr. Carlos Malbrán”, creada por DI-2023-485-APNANLIS#MS y su
correspondiente ANEXO (IF-2023-46388623-APN-ANLIS#MS).
ARTÍCULO 2º: La presente medida no implica erogación presupuestaria para este Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
e. 27/07/2023 N° 57950/23 v. 27/07/2023