MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 51/2022
DI-2022-51-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2022
VISTO el Expediente EX-2021-37138695- -APN-SGA#MS, el Decreto 640/2020
del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata
de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener,
Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en
Argentina”, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92, y
sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el
Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución Nº
RESOL2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública
Internacional AR-MSAL-10-LPI-B para la adquisición de equipamiento y
dispositivos para líneas priorizadas de cuidados, ello en el marco del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo
BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo
establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras
Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo
de 2019).
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato
de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes
el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de
septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor
del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a
través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE
ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica
del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado
Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa,
adquisiciones y financiera.
Que por Decreto Nº 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del
MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa
estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose
la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR
NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de
Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN
SALUD o quien en el futuro detente la función.
Que por Disposición DI-2022-88633745-APN-SES#MS se adjudicaron los
Lotes N° 3 Equipo de Monitorización de TA no invasivo (200 unidades), 4
Monitor de función cerebral (20 unidades), 5 Potenciales evocados (25
unidades), 6 Oftalmoscopio binocular indirecto para ROP (20 unidades) y
7 Equipos de Hipotermia para encelopatía hipóxico isquémica (40
unidades), se declararon desiertos los Lotes N° 1 Audiómetros (150
unidades), 2 Equipo de Impedanciometría (20 unidades), 9 Laser
Oftalmoscopico (10 unidades), 10 Bolsa para reanimación infantil 500 y
750 ml (1500 unidades) y 11 Detector para la detección de latidos
fetales (200 unidades), y se decidió diferir la decisión de
adjudicación del Lote N° 8 Otoemisiones acústicas con ABR (300
unidades) para la oportunidad en que el proceso de Queja se encuentre
resuelto, firme y consentido por las partes intervinientes.
Que con fecha 9 de marzo de 2022, la firma Medix Medical Services
S.R.L. presentó Queja sobre la intención de adjudicación del Lote 8 a
favor de la firma Auditrón S.A., argumentando que de dicha oferta se
debe observar y re evaluar: “a) [que posee] un condicionamiento en la
garantía del producto; b) [que no se analizó] el incumplimiento de los
requisitos de post-calificación inherentes a la capacidad financiera; y
c) que el monto ofertado constituye lo que las Políticas para la
Adquisición de Bienes define como una oferta anormalmente baja “, la
que se encuentra glosada en IF-2022-22286310-APN-DGPFE#MS.
Que dicha Queja fue debida y oportunamente notificada al Banco
Interamericano de Desarrollo, conforme surge de su documento CSC/CAR
780/2022 incorporado como IF-2022-30993601-APN-DGPFE#MS.
Que, por NO-2022-47140236-APN-DGPFE#MS, la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO requirió a la entidad Bancaria la
anuencia para proceder a la adjudicación y firma de los contratos
correspondientes a los Lotes Nro. 3, 4, 5, 6, 7 del proceso de
referencia, mientras se resuelve la queja presentada por el Lote Nro. 8.
Que el Banco Interamericano de Desarrollo emitió su Documento CSC/CAR
1363/2022 (glosado a las actuaciones como
IF-2022-47678603-APN-DGPFE#MS) por el que brindó su anuencia,
expresando que “el Banco está de acuerdo con la continuidad del proceso
con la adjudicación y firma de los contratos correspondientes a los
lotes n.° 3, 4, 5, 6 y 7 del proceso de referencia, mientras se
resuelve la queja presentada por el lote n.° 8. Del mismo modo, también
damos conformidad para que este mismo criterio pueda ser aplicado en
probables situaciones similares que puedan presentarse a futuro en
otros procesos.”
Que la firma Medix Medical Services S.R.L. amplió su Queja luego de
tomar vista de las actuaciones, conforme surge de
IF-2022-49462302-APN-DGPFE#MS.
Que sobre la misma tomó intervención el área con competencia técnica,
conforme surge de NO-2022-26217082- APN-DNRF#MS, conformada mediante
NO-2022-26319975-APN-DNRF#MS, y PV-2022-52019863-APNDNRF#MS avalada por
PV-2022-52061541-APN-DNRF#MS por los que ratifica su actuación y
evaluación técnica de las ofertas, desestimando los argumentos
presentados por la firma quejosa.
Que en la misma fecha, se elevó al Organismo de Financiamiento, el
proyecto de respuesta a la queja interpuesta en las actuaciones, tal
como se asienta en NO-2022-56809531-APN-DGPFE#MS.
Que, puesta a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, con
fecha 7 de junio el mismo prestó su No Objeción al borrador de
respuesta por el que se rechaza la queja introducida por la firma Medix
Medical Services S.R.L., conforme surge de su Documento CSC/CAR
1623/2022 glosado a las actuaciones como IF-2022- 60310838-APN-DGPFE#MS.
Que con fecha 8 de junio, la firma Medix Medical Services S.R.L. amplió
su Queja luego de tomar vista de las actuaciones, conforme surge de
NO-2022-57669325-APN-DGPFE#MS, la que fue comunicada al Banco.
Que por NO-2022-58698351-APN-DGPFE#MS se procedió a responder la Queja
y ampliaciones presentadas por la firma Medix Medical Services S.R.L.
por la que se rechaza la misma, argumentando que: la garantía no se
encuentra condicionada en función del análisis efectuada por el área
técnica, que se encuentra demostrada la capacidad financiera del
fabricante tal como se requiere en la documentación licitatoria, y que
luego de analizar el precio de la oferta de la firma Auditrón mediante
la solicitud de la estructura de costos de la misma, la oferta resultó
razonable y se la tiene por oferta válida.
Que la misma fue notificada con fecha 13 de junio del corriente, y que
la firma ha tomado vista de las actuaciones con fecha 14 de junio.
Que con fecha 21 de junio de 2022 Medix Medical Devices S.A realizó una
nueva presentación bajo la referencia “INTERPONE RECONSIDERACION Y
RECURSO JERARQUICO EN SUBSIDIO CONTRA NO-2022- 58698351-APN-DGPFE#MS –
SOLICITA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO” en rechazo de la
comunicación de fecha 13 de junio de 2022 (orden 251).
Que dicha nueva presentación (orden 254) fue remitida al Organismo
financiador por correo electrónico con copia a la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (IF-2022-68728564-APN-DGPFE#MS -
orden 257).
Que, en la misma línea, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO recibió por parte del Banco Interamericano de
Desarrollo en fecha 4 de julio de 2022 (IF-2022-67876599-APNDGPFE#MS,
orden 225) la nota CSC/CAR-1867/2022, por medio de la cual el organismo
financiador comunicó haber recibido la misma presentación, y solicitó
dar respuesta a la misma.
Que en consecuencia, luego de realizar el debido análisis se procedió a
la Rectificación del Informe de Evaluación correspondiente al Lote 8
según surge de IF-2022-76594290-APN-DGPFE#MS (orden 281) cambiando la
intención de adjudicación ahora en cabeza de la oferente Demedix S.A.,
la que fue notificada con fecha 26/07/2022 mediante
NO-2022-76799626-APN-DGPFE#MS y NO-2022-76808459-APN-DGPFE#MS (orden
282 y 283).
Que el oferente Auditron S.A solicitó tomar vista del expediente en
fecha 15/09/2022 según IF-2022-97409583- APN-DGPFE#MS (orden 341) y se
realizó reunión informativa con fecha 02/08/2022
IF-2022-79417520-APNDGPFE#MS (orden 298) donde retiró copia digital de
todo el expediente.
Que contra la intención de adjudicación comunicada, con fecha
16/08/2022 Auditron SA interpuso Recurso Jerárquico según surge en
IF2022-85971147-APN-DGPFE#MS (orden 328), al cual en virtud de la
instancia procedimental, se le dio tratamiento de queja.
Que la Comisión de Evaluación procedió a revisar lo planteado en cuanto
al cumplimiento de la garantía presentada y respecto a la capacidad
financiera del fabricante, concluyendo que asiste razón al quejoso
determinando que corresponde proceder a realizar la nueva rectificación
del informe de evaluación sobre Lote 8(IF-2022-112237636-APN-DGPFE#MS,
orden 365).
Que puesto a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, este
manifestó su No objeción por medio de Nota CSC/CAR-2964/2022 de fecha
24 de octubre de 2022(orden 372) a la rectificación al Informe de
Evaluación de ofertas sobre Lote 8 donde se determinó que la
adjudicación del Lote 8 corresponde a Auditron S.A.
Que en consecuencia, fue emitido el Informe de Evaluación Rectificado
IF-2022-112237636-APN- DGPFE#MS (orden 365) de fecha 20 de octubre de
2022, por el que recomendó la adjudicación a la firma AUDITRÓN S.A.
(CUIT 30-60265355-9) del Lote 8 correspondiente a 300 unidades de
Otoemisiones acústicas con ABR, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y
CUATRO CON 21/100 (USD 2.651.364,21) impuestos incluidos.
Que dicho informe se notificó mediante NO-2022-114699068-APN-DGPFE#MS y
NO-2022-114703022-APNDGPFE#MS (orden 376 y 377) dando por finalizado el
periodo de queja.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha
tomado su intervención de competencia, determinando que el presente
deberá imputarse de la siguiente manera: Ejercicio 2022, Categoría
Programática 45.0.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente de Financiamiento 22,
Importe Pesos $ 100,00 y Ejercicio 2023, Categoría Programática
45.0.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente de Financiamiento 22, Importe Pesos $
419.657.827,16, conforme surge de NO-2022-119793538-APN-DGPYCP#MS.
Que mediante IF-2022-121950713-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad
brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente
adquisición, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° del
Decreto N° 945/17. Que fue confeccionado el borrador de contrato,
glosado a las actuaciones como IF-2022-123772275-APNDGPFE#MS.
Que el respectivo Proceso de Licitación Pública Internacional
AR-MSAL-10-LPI-B para la adquisición de equipamiento y dispositivos
para líneas priorizadas de cuidado, se llevó a cabo de acuerdo a lo
establecido en los procedimientos previstos en las “Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo GN-2349-15 (marzo 2019)”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto No
174/21, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL
DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA
PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID
5032/OC-AR
DISPONE
ARTICULO 1°. - Apruébase lo actuado en la Licitación Pública
Internacional AR-MSAL-10-LPI-B tramitada por Expediente Electrónico Nº
EX-2021-37138695- -APN-SGA#MS para la adquisición de equipamiento y
dispositivos para líneas priorizadas de cuidado, en el marco del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo
BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo
establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras
Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo
de 2019).
ARTICULO 2º. – Acéptase la queja introducida por la firma AUDITRÓN S.A.
resolviéndose la adjudicación del Lote N° 8 en consecuencia.
ARTICULO 3º. – Recházase la queja introducida por la firma MEDIX S.A.
por los motivos vertidos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 4º.- Adjudícase a la firma AUDITRÓN S.A. (CUIT 30-60265355-9)
el Lote 8 correspondiente a 300 unidades de Otoemisiones acústicas con
ABR Marca: GSI NOVUS: Modelo: Otoemisiones Acústicas con ABR por un
monto de USD 2.369.202 + 10.5 % de IVA USD 248.766,21 y Servicios
conexos por un monto de USD 27.600 + 21 % de IVA USD 5.796, monto total
del contrato DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA
Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 21/100 (USD 2.651.364,21)
impuestos incluidos.
ARTICULO 5º. – Apruébase el modelo de contrato que luce incorporado a
las actuaciones como IF-2022- 123772275-APN-DGPFE#MS, que como Anexo
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6°. – Impútese el presente gasto, de la siguiente manera:
Ejercicio 2022, Categoría Programática 45.0.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente
de Financiamiento 22, Importe Pesos $ 100,00 y Ejercicio 2023,
Categoría Programática 45.0.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente de
Financiamiento 22, Importe Pesos $ 419.657.827,16
ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/07/2023 N° 57762/23 v. 27/07/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)