MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1080/2023
RESOL-2023-1080-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2023
Visto el expediente EX-2023-69804334- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por el
Instituto Nacional de la Música, actuante en el ámbito del Ministerio
de Cultura.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 del Instituto Nacional de la Música, actuante en la
ámbito del Ministerio de Cultura, de acuerdo con el detalle obrante en
los anexos I (IF-2023-86488583-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-86489210-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de seiscientos treinta y nueve
millones cuatrocientos sesenta y ocho mil sesenta y cuatro pesos ($
639.468.064) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
seiscientos treinta y tres millones seiscientos mil pesos ($
633.600.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma de cinco
millones ochocientos sesenta y ocho mil sesenta y cuatro pesos ($
5.868.064) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2023-86489210-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de cuatro millones setecientos mil pesos
($ 4.700.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit)
para el ejercicio 2023 en la suma de un millón ciento sesenta y ocho
mil sesenta y cuatro pesos ($ 1.168.064) de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del anexo II (IF-2023-86489210-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/08/2023 N° 59986/23 v. 03/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)