MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 523/2023
RESOL-2023-523-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2023
VISTO el Expediente EX-2023-76440189- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828
del 27 de septiembre de 2019, N° 56 del 27 de enero de 2022 y N° 549 de
fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 2 DEL
DEPARTAMENTO JUDICIAL ZARATE - CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a
cargo de la Doctora Ana Laura BRIZUELA, tramita la I.P.P.
18-00-005076-21/00, caratulada “S/HOMICIDIO ART. 80 INC. 11 DEL C.P. -
ROSA MARTA INVERNON”, con intervención del JUZGADO DE GARANTIAS N° 2
del mismo Departamento Judicial, a cargo del Doctor Julio Andrés GRASSI.
Que, oportunamente, se dictó la Resolución Nº RESOL-2022-56-APN-MSG,
mediante la cual se ofreció recompensa de PESOS UN MILLON ($1.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan determinar el autor o los
autores del presunto femicidio de Rosa Marta INVERNON, titular del DNI
F5484706, argentina, nacida el 25 de febrero de 1947, cuyo cuerpo fue
hallado sin vida el día 16 de octubre de 2021, a las 11:40 horas, en un
predio ubicado frente a la calle A. Cordero del Barrio Otamendi de la
localidad de Campana, Provincia de Buenos Aires (entre la fundación
Viaje de Vuelta y el circuito de Motocross, específicamente en un
camino que conecta la estación de trenes de Otamendi con la calle
mencionada).
Que dicha UNIDAD FUNCIONAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio
de fecha 5 de mayo de 2023, se incremente el monto de la recompensa
ofrecida, dado que hasta el momento no se han recibido colaboraciones
al respecto.
Que el fallecimiento de la víctima se produjo por múltiples golpes
efectuados en su cabeza, entendiéndose que el móvil del ataque habría
sido la comisión de un abuso sexual que no llegó a perpetrarse por
motivos que se ignoran.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3°
indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado
Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido
desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del
Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar
el monto de la mencionada recompensa.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA
NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN
JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este
Organismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante RESOL-2022-56-APN-MSG a la suma total de PESOS CINCO
MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan
determinar el autor o los autores responsables del presunto femicidio
de Rosa Marta INVERNON, titular del DNI F5.484.706, argentina, nacida
el 25 de febrero de 1947, cuyo cuerpo fue hallado sin vida el día 16 de
octubre de 2021, a las 11:40 horas, en un predio ubicado frente a la
calle A. Cordero del Barrio Otamendi de la localidad de Campana,
Provincia de Buenos Aires (entre la fundación Viaje de Vuelta y el
circuito de Motocross, específicamente en un camino que conecta la
estación de trenes de Otamendi con la calle mencionada).
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche
que obra como (IF-2023-77301256-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la
recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/08/2023 N° 60808/23 v. 07/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)