MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución 199/2023
RESOL-2023-199-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2023
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-37677441-APN-DGD#MRE del
Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto N° 143 del 22 de marzo de 2022,
modificado por el Decreto N° 248 del 6 de mayo de 2022, la Resolución
N° 57/150 del 16 de diciembre de 2002 de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS
NACIONES UNIDAS, la Resolución Conjunta N° 6 del 11 de noviembre de
2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y MINISTERIO DE RELACIONES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO , y
CONSIDERANDO:
Que con la aprobación de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, se
creó el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate
de las Naciones Unidas (INSARAG, por su siglas en inglés), el cual
coordina y regula la actuación de Equipos internacionales
especializados en Búsqueda y Rescate Urbano (equipos USAR, por sus
siglas en inglés) que están a disposición para su despliegue a países
afectados por eventos devastadores que hayan causado colapsos
estructurales, principalmente debido a terremotos, que excedan las
capacidades locales de respuesta.
Que las actividades del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de
Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas están guiadas por la
Resolución N° 57/150 del 16 de diciembre de 2002 de la ASAMBLEA GENERAL
DE LAS NACIONES UNIDAS, sobre el “Fortalecimiento de la Eficacia y de
la Coordinación de la Asistencia Internacional para Búsqueda y Rescate
Urbano”.
Que el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate
de las Naciones Unidas propicia la creación, a nivel de cada uno de los
países miembros de la Red, de un Proceso de Acreditación Nacional de
Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano de personas entendiéndose por
“acreditación” a un proceso voluntario mediante el cual un equipo
nacional, provincial o municipal de Búsqueda y Rescate Urbano se somete
a la evaluación de la autoridad nacional competente en la respuesta a
desastres, con capacidad para medir la calidad de sus servicios o
productos, y el rendimiento de los mismos frente a estándares
reconocidos a nivel nacional o internacional.
Que el Proceso de Acreditación Nacional implica la evaluación de los
Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano por expertos debidamente
autorizados por la autoridad nacional competente.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA implementó, mediante la Resolución Conjunta
N° 6/19 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y MINISTERIO DE RELACIONES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, tramitada en el Expediente Electrónico
N° EX-2019-79844584-APN-DGD#MRE, un Proceso de Acreditación Nacional a
cargo del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, mediante el cual se
encuentran a la fecha acreditados nacionalmente, TRES (3) equipos de
búsqueda y rescate urbano, y se encuentran en Proceso de Acreditación
Nacional otros SEIS (6).
Que asimismo, el Proceso de Acreditación Nacional puede someterse a
validación por parte de la Red del Grupo Asesor Internacional de
Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas a fin de que
los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano nacionales acreditados queden
habilitados a participar en Operaciones Internacionales de Búsqueda y
Rescate Urbano en caso de terremotos y otros desastres humanitarios que
excedan las capacidades nacionales y motiven llamamientos a la
asistencia humanitaria de equipos de otros países.
Que en el ámbito internacional, la actuación de los Equipos de Búsqueda
y Rescate Urbano en caso de terremotos y desastres humanitarios se
encuentra sujeta a estándares y procedimientos adoptados por el Grupo
Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las
Naciones Unidas a fin de garantizar la calidad, coordinación y
eficiencia de los esfuerzos internacionales de ese tipo de asistencia
humanitaria.
Que los estándares y procesos nacionales deben de ser elaborados y
promulgados a nivel nacional por la autoridad nacional competente.
Que la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA
HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS (ACIAH), creada por el Decreto N° 143/22,
modificado por el Decreto N° 248/22, es el organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
encargado de entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia
humanitaria, la atención de las emergencias, la gestión integral del
riesgo de desastres y la contribución al desarrollo sostenible en la
REPÚBLICA ARGENTINA y en el exterior.
Que conforme la normativa anteriormente señalada, la AGENCIA ARGENTINA
DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS
tiene como funciones principales: (i) promover y facilitar la
implementación de las Guías del Grupo Asesor Internacional de
Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas y su
metodología dentro del país; (ii) apoyar la preparación de los Equipos
de Búsqueda y Rescate Urbano nacionales para su despliegue
internacional de acuerdo a las Guías del Grupo Asesor Internacional de
Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas; y (iii)
conducir el proceso y la implementación de operaciones de los Equipos
de Búsqueda y Rescate Urbano internacionales, a solicitud de un Estado
afectado por un desastre o por un llamamiento del Secretariado del
Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las
Naciones Unidas, que requieran el despliegue de equipos de búsqueda y
rescate.
Que para el desarrollo y la implementación de las políticas y
estándares internacionales en materia de Operaciones de Búsqueda y
Rescate Urbano, la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y
ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS es el Punto Focal Político de
la REPÚBLICA ARGENTINA ante el Grupo Asesor Internacional de
Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas, en cuyo rol
debe asegurar la promoción de las Guías del Grupo Asesor Internacional
de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas y su
metodología dentro del país.
Que en el marco del proceso de reconocimiento del Grupo Asesor
Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones
Unidas al Proceso de Acreditación Nacional fue recomendado, por los
expertos designados por el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de
Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas, que la AGENCIA ARGENTINA DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS
cuente con un Protocolo de acción para Operaciones Internacionales de
Búsqueda y Rescate Urbano en el marco del Grupo Asesor Internacional de
Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas.
Que la Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General de
Aduanas de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO
INSTITUCIONAL de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, ha
tomado la intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD
DE LA NACIÓN intervino en el ámbito de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN
EXTERIOR de este Ministerio, ha intervenido en el marco de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en razón de las competencias previstas
en el Artículo 18, incisos 23 y 34 de la Ley de Ministerios N° 22.520
(T.O. Decreto N° 438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Protocolo de Acción para Operaciones
Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) en el marco del
Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano
(INSARAG) que se encuentra en el Anexo I, obrante en el Informe N°
IF-2023-88786868-APN-AACIYAHCB#MRE y forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente comenzará a regir
a partir de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS, organismo
desconcentrado de este MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, a dictar las disposiciones complementarias que
fueran necesarias a los fines de implementar el Protocolo aprobado por
el Artículo 1° de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/08/2023 N° 60990/23 v. 07/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Protocolo de acción para Operaciones
Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) en el marco del
Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano
(INSARAG)
Institución
Organizadora: Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto.
Área de
Responsabilidad Institucional: Agencia Argentina de Cooperación
Internacional y Asistencia Humanitaria - Cascos Blancos (ACIAH) Punto
Focal Político de la República Argentina ante el Grupo Asesor
Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano (INSARAG).
Área de
Responsabilidad Operativa Internacional: Dirección de
Operaciones de la Protección Civil, Secretaría de Articulación Federal
de la Seguridad, Ministerio de Seguridad de la Nación.
1. Activación de Operaciones
Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano
La Asistencia Humanitaria de la República Argentina en casos de
desastres, se diseña y ejecuta a través de la Agencia Argentina de
Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria - Cascos Blancos
(ACIAH). Dicha asistencia se implementa: i) a solicitud de un Estado
afectado por un desastre que requiera el despliegue de equipos de
búsqueda y rescate urbano (equipos USAR, por su sigla en inglés); ii) a
través de un ofrecimiento humanitario de la República Argentina que
dicho Estado afectado debe aceptar; o iii) a través de un llamamiento
internacional de una o más Agencias de los Sistemas Multilateral o
Interamericano.
2. Preparación de la Asistencia
Humanitaria
2.1 Comunicación inicial con el Estado
afectado
• El Punto Focal Político ante INSARAG,
encargado de la vinculación internacional (bilateral o multilateral)
deberá enviar una nota verbal a la Cancillería del Estado afectado, a
través de su Embajada acreditada en la República Argentina, o de la
Embajada Argentina con jurisdicción en el Estado afectado. En la nota
se debe indicar solamente la disponibilidad de asistencia argentina
para colaborar en las tareas de búsqueda y rescate urbano, de acuerdo a
las necesidades que comunique el Estado afectado.
• Aceptado el ofrecimiento por parte de la Cancillería del Estado
afectado a través de una nota verbal por el canal diplomático, se deben
gestionar una o más reuniones - virtuales o presenciales - con
funcionarías y funcionarios competentes del Estado afectado, a fin de
establecer las necesidades prioritarias, en especial aquellas asociadas
a los equipos USAR. Por ejemplo, se establecerá qué tipo de equipo es
requerido (liviano, mediano o pesado), las capacidades prioritarias
solicitadas, el lugar del despliegue y el tiempo de permanencia
requerido. Asimismo, se establecerán los alcances de la asistencia
argentina (número de integrantes a desplazar, equipamiento disponible,
capacidades identificadas, etc.), y se identificarán las alternativas
de financiamiento de la misión: costos a cargo del Estado afectado,
costos a cargo de la Argentina, costos compartidos, financiamiento de
OCHA y/u otros organismos o agencias intergubernamentales, etc.
2.2 Preparación de la Operación
Internacional
• El Punto Focal Político deberá
remitir comunicación oficial vía Plataforma de Gestión de Documentación
Electrónica de la Administración Pública Nacional (GDE) a la Dirección
Nacional de Operaciones de Protección Civil (DNOPC) del Ministerio de
Seguridad de la Nación, Punto Focal Operativo de la Argentina ante
INSARAG, para que en base a las necesidades de la operación
identificadas en las reuniones, se comience con el proceso
administrativo para el desplazamiento de integrantes de los equipos
USAR argentinos que cuenten con Proceso de Acreditación Nacional (NAP)
o de reconocimiento INSARAG al Proceso de Acreditación Nacional (IRNAP)
finalizado.
• Definida por el Punto Focal Operativo el equipo que participará de la
operación internacional, el Punto Focal Político procederá a:
• Confección del listado de las y los integrantes del equipo que se
encuentran en condiciones para un inmediato despliegue, previa revisión
de la documentación de viaje presentada al efecto.
• Confección del listado de equipamiento, insumos y materiales que
serán transportados por el equipo: guía detallada para facilitar los
trámites aduaneros de egreso desde la Argentina e ingreso al Estado
afectado, que debe incluir los siguientes datos: descripción, cantidad,
marca o modelo, número de serie o lote, peso, volumen, fecha de
vencimiento, valor.
• Descripción de caninos que sean parte del equipo USAR: raza, color,
nombre, fecha de nacimiento, características, libreta de vacunación
actualizada, certificado internacional de sanidad animal expedido por
el SENASA.
• Nota verbal a la Cancillería del Estado detallando nómina de
integrantes de la misión humanitaria y materiales a transportar,
adjuntando la correspondiente documentación respaldatoria: pasaportes,
solicitudes de visas (de ser necesarias), certificados de vacunación
(fiebre amarilla, COVID-19, etc.), listado de equipamientos e insumos,
certificado internacional de sanidad animal, etc.
2.3 Gestiones institucionales y
articulación diplomática de la misión:
• El Punto Focal Político de INSARAG
gestionará nuevas reuniones con el Punto Focal Operativo y con las
funcionarias y funcionarios competentes del Estado afectado, a fin de
definir, antes de la partida del equipo USAR: i) el lugar de
despliegue; ii) contrapartes en el terreno; iii) el Centro de Recepción
y Salida (RDC); iv) el Centro de Coordinación de Operaciones en el
Sitio (OSOCC siglas de On-Site Operations Coordination Centre); v)
fechas de partida, eventuales escalas y arribo del equipo al destino
final; vi) tiempo de permanencia; vii) facilidades logísticas de
alojamiento, transporte y alimentación; viii) aspectos financieros.
• El Punto Focal Político deberá enviar comunicación cablegráfica a la
Embajada argentina con jurisdicción en el Estado afectado, con la
información de los acuerdos alcanzados, incluyendo, de resultar
necesario, solicitud de gestiones ante el Gobierno local y convocatoria
a una reunión virtual previa al despliegue de la misión, de la que
deberá participar el Punto Focal Operativo.
• El Punto Focal Político envía comunicación al Punto Focal INSARAG de
la Región Américas, constituido en la Oficina Regional de Panamá de la
Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de la Asistencia
Humanitaria (OCHA) con el objetivo de mantener comunicación e
intercambiar información sobre el desastre y los equipos USAR
internacionales allí desplegados.
3. Seguimiento Operativo: Previo
a la partida, el Punto Focal Político de INSARAG deberá:
• Evaluar, en conjunto con el Punto
Focal Operativo, la conformación de la misión humanitaria, que además
del componente técnico conformado por el equipo USAR, podrá incluir un
componente de coordinación institucional y de apoyo logístico integrado
por funcionarios y funcionarias de la Cancillería Argentina, miembros
del personal técnico operativo de la Protección Civil de la Nación, o
miembros del voluntariado civil del Estado Argentino Cascos Blancos.
• Definir, en conjunto con el Punto Focal Operativo, los roles en
terreno: búsqueda y rescate urbano, coordinación, apoyo,
comunicaciones, contacto con la Autoridad Nacional Coordinadora de la
Emergencia a nivel local, gestión de donaciones y depósitos de insumos
humanitarios, gestión de albergues, agua y saneamiento, etc.
• Preparar carpetas informativas, materiales e indumentaria para la
misión: remeras y/o chalecos identificatorios, banderas, banners, etc.
• Tramitar mediante expediente GDE ante las áreas administrativas del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la
solicitud de pasajes, viáticos y seguros por el tiempo de despliegue de
la misión en el terreno. En caso de que la misión sea financiada por
otra dependencia del Estado Nacional, o de un organismo o agencia
intergubernamental, se deberán efectuar las solicitudes por las vías
oficiales correspondientes.
• Confeccionar, junto al Punto Focal Operativo, el detalle completo del
equipamiento e insumos a transportar, con vistas a realizar las
correspondientes gestiones aduaneras a efectos de concretar su salida
junto a la misión. Dicho detalle se organizará con formato de lista de
empaque y deberá incluir descripción, cantidad, marca o modelo, número
de serie o lote, peso, volumen, fecha de vencimiento, valor.
• Enviar nota verbal a la Cancillería del Estado afectado, solicitando
la facilitación del ingreso del equipamiento e insumos humanitarios
señalados, incluyendo listado completo, medio de transporte y fecha
probable de arribo. En la nota, se deberán solicitar asimismo los datos
de la contraparte responsable de recibir los bienes en destino
-incluyendo, de corresponder, nombre y datos de contacto del
consignatario- y del posterior despacho de los equipos que sean
exportados temporalmente.
• Enviar mediante Nota GDE a la Dirección General de Aduanas la
solicitud de salida del equipamiento e insumos a transportar, a través
de un corredor ágil, acompañada de las correspondientes listas de
empaque y, de corresponder, de los datos del consignatario de la carga
en destino provistos por el Estado afectado.
• En caso de escalas, enviar nota Verbal a las Cancillería de los
Estados correspondientes, a fin de que faciliten el tránsito de los
integrantes de la misión y/ó de la carga humanitaria hacia su destino
final.
• Designar, junto con el Punto Focal Operativo, listado de autoridades
y funcionarios y funcionarias que estarán presentes en el Aeropuerto
Internacional para la despedida de la misión, contacto con la prensa y
facilitación de los últimos trámites y detalles finales de la partida.
4. Seguimiento Institucional y
operativo durante la misión en terreno. El Punto Focal Político
de INSARAG deberá:
• Efectuar seguimiento diario vía comunicaciones de radio, teléfono,
WhatsApp o correo electrónico con las y los coordinadores de la misión,
y con el Punto Focal Operativo, actualizando novedades en la
implementación del trabajo en terreno.
• Efectuar seguimiento frecuente con la Cancillería del Estado afectado
-a través de los medios de comunicación más ágiles posibles- y la
Embajada argentina con jurisdicción en ese país, para facilitar la
tarea en terreno y subsanar problemas que pudieran surgir. Asimismo,
evaluar la extensión de las labores o comenzar el proceso de
repliegue/retorno de la misión a la Argentina una vez finalizado el
plazo estipulado de común acuerdo con las autoridades del Estado
afectado.
• Evaluar conveniencia y oportunidad, y confeccionar comunicados o
gacetillas de prensa para difusión de la misión en medios de
comunicación locales e internacionales, y redes sociales.res199mre
5. Actividades de cierre y evaluación
de la misión. Una vez finalizada la misión en terreno, el Punto
Focal Político deberá:
- Designar, en conjunto con el Punto Focal Operativo, autoridades y
funcionarios y funcionarias que estarán presentes en el Aeropuerto
Internacional para la bienvenida y recepción de la misión, contacto con
la prensa y facilitación de los trámites de ingreso a la República.
-Recabar del funcionario o funcionaria a cargo de la misión desplegada,
un informe sobre las actividades realizadas durante el despliegue en
terreno tanto por parte de los integrantes a cargo de las operaciones
debúsqueda y rescate, como por parte de los funcionarios de apoyo y
coordinación. Dicho informe deberá incluir los desafíos y dificultades
enfrentados y los aprendizajes reportados por la misión.
- Remitir la información que antecede al Punto Focal Operativo y a la
Secretaría Regional Américas de INSARAG, para su correspondiente
registro y difusión.
- Confeccionar informe final de la misión, remitirlo al Punto Focal
Operativo para su revisión, y evaluar en forma conjunta su difusión en
medios de comunicación locales e internacionales, y redes sociales.