MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución 199/2023

RESOL-2023-199-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-37677441-APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto N° 143 del 22 de marzo de 2022, modificado por el Decreto N° 248 del 6 de mayo de 2022, la Resolución N° 57/150 del 16 de diciembre de 2002 de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, la Resolución Conjunta N° 6 del 11 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y MINISTERIO DE RELACIONES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO , y

CONSIDERANDO:

Que con la aprobación de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, se creó el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas (INSARAG, por su siglas en inglés), el cual coordina y regula la actuación de Equipos internacionales especializados en Búsqueda y Rescate Urbano (equipos USAR, por sus siglas en inglés) que están a disposición para su despliegue a países afectados por eventos devastadores que hayan causado colapsos estructurales, principalmente debido a terremotos, que excedan las capacidades locales de respuesta.

Que las actividades del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas están guiadas por la Resolución N° 57/150 del 16 de diciembre de 2002 de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, sobre el “Fortalecimiento de la Eficacia y de la Coordinación de la Asistencia Internacional para Búsqueda y Rescate Urbano”.

Que el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas propicia la creación, a nivel de cada uno de los países miembros de la Red, de un Proceso de Acreditación Nacional de Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano de personas entendiéndose por “acreditación” a un proceso voluntario mediante el cual un equipo nacional, provincial o municipal de Búsqueda y Rescate Urbano se somete a la evaluación de la autoridad nacional competente en la respuesta a desastres, con capacidad para medir la calidad de sus servicios o productos, y el rendimiento de los mismos frente a estándares reconocidos a nivel nacional o internacional.

Que el Proceso de Acreditación Nacional implica la evaluación de los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano por expertos debidamente autorizados por la autoridad nacional competente.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA implementó, mediante la Resolución Conjunta N° 6/19 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y MINISTERIO DE RELACIONES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, tramitada en el Expediente Electrónico N° EX-2019-79844584-APN-DGD#MRE, un Proceso de Acreditación Nacional a cargo del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, mediante el cual se encuentran a la fecha acreditados nacionalmente, TRES (3) equipos de búsqueda y rescate urbano, y se encuentran en Proceso de Acreditación Nacional otros SEIS (6).

Que asimismo, el Proceso de Acreditación Nacional puede someterse a validación por parte de la Red del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas a fin de que los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano nacionales acreditados queden habilitados a participar en Operaciones Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano en caso de terremotos y otros desastres humanitarios que excedan las capacidades nacionales y motiven llamamientos a la asistencia humanitaria de equipos de otros países.

Que en el ámbito internacional, la actuación de los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano en caso de terremotos y desastres humanitarios se encuentra sujeta a estándares y procedimientos adoptados por el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas a fin de garantizar la calidad, coordinación y eficiencia de los esfuerzos internacionales de ese tipo de asistencia humanitaria.

Que los estándares y procesos nacionales deben de ser elaborados y promulgados a nivel nacional por la autoridad nacional competente.

Que la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS (ACIAH), creada por el Decreto N° 143/22, modificado por el Decreto N° 248/22, es el organismo desconcentrado del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, encargado de entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia humanitaria, la atención de las emergencias, la gestión integral del riesgo de desastres y la contribución al desarrollo sostenible en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el exterior.

Que conforme la normativa anteriormente señalada, la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS tiene como funciones principales: (i) promover y facilitar la implementación de las Guías del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas y su metodología dentro del país; (ii) apoyar la preparación de los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano nacionales para su despliegue internacional de acuerdo a las Guías del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas; y (iii) conducir el proceso y la implementación de operaciones de los Equipos de Búsqueda y Rescate Urbano internacionales, a solicitud de un Estado afectado por un desastre o por un llamamiento del Secretariado del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas, que requieran el despliegue de equipos de búsqueda y rescate.

Que para el desarrollo y la implementación de las políticas y estándares internacionales en materia de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano, la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS es el Punto Focal Político de la REPÚBLICA ARGENTINA ante el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas, en cuyo rol debe asegurar la promoción de las Guías del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas y su metodología dentro del país.

Que en el marco del proceso de reconocimiento del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas al Proceso de Acreditación Nacional fue recomendado, por los expertos designados por el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas, que la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS cuente con un Protocolo de acción para Operaciones Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano en el marco del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas.

Que la Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General de Aduanas de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, ha tomado la intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN intervino en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio, ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en razón de las competencias previstas en el Artículo 18, incisos 23 y 34 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Protocolo de Acción para Operaciones Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) en el marco del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano (INSARAG) que se encuentra en el Anexo I, obrante en el Informe N° IF-2023-88786868-APN-AACIYAHCB#MRE y forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente comenzará a regir a partir de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA – CASCOS BLANCOS, organismo desconcentrado de este MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a dictar las disposiciones complementarias que fueran necesarias a los fines de implementar el Protocolo aprobado por el Artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2023 N° 60990/23 v. 07/08/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Protocolo de acción para Operaciones Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) en el marco del Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano (INSARAG)

Institución Organizadora: Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Área de Responsabilidad Institucional: Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria - Cascos Blancos (ACIAH) Punto Focal Político de la República Argentina ante el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate Urbano (INSARAG).

Área de Responsabilidad Operativa Internacional: Dirección de Operaciones de la Protección Civil, Secretaría de Articulación Federal de la Seguridad, Ministerio de Seguridad de la Nación.

1. Activación de Operaciones Internacionales de Búsqueda y Rescate Urbano

La Asistencia Humanitaria de la República Argentina en casos de desastres, se diseña y ejecuta a través de la Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria - Cascos Blancos (ACIAH). Dicha asistencia se implementa: i) a solicitud de un Estado afectado por un desastre que requiera el despliegue de equipos de búsqueda y rescate urbano (equipos USAR, por su sigla en inglés); ii) a través de un ofrecimiento humanitario de la República Argentina que dicho Estado afectado debe aceptar; o iii) a través de un llamamiento internacional de una o más Agencias de los Sistemas Multilateral o Interamericano.

2. Preparación de la Asistencia Humanitaria

2.1 Comunicación inicial con el Estado afectado

• El Punto Focal Político ante INSARAG, encargado de la vinculación internacional (bilateral o multilateral) deberá enviar una nota verbal a la Cancillería del Estado afectado, a través de su Embajada acreditada en la República Argentina, o de la Embajada Argentina con jurisdicción en el Estado afectado. En la nota se debe indicar solamente la disponibilidad de asistencia argentina para colaborar en las tareas de búsqueda y rescate urbano, de acuerdo a las necesidades que comunique el Estado afectado.

• Aceptado el ofrecimiento por parte de la Cancillería del Estado afectado a través de una nota verbal por el canal diplomático, se deben gestionar una o más reuniones - virtuales o presenciales - con funcionarías y funcionarios competentes del Estado afectado, a fin de establecer las necesidades prioritarias, en especial aquellas asociadas a los equipos USAR. Por ejemplo, se establecerá qué tipo de equipo es requerido (liviano, mediano o pesado), las capacidades prioritarias solicitadas, el lugar del despliegue y el tiempo de permanencia requerido. Asimismo, se establecerán los alcances de la asistencia argentina (número de integrantes a desplazar, equipamiento disponible, capacidades identificadas, etc.), y se identificarán las alternativas de financiamiento de la misión: costos a cargo del Estado afectado, costos a cargo de la Argentina, costos compartidos, financiamiento de OCHA y/u otros organismos o agencias intergubernamentales, etc.

2.2 Preparación de la Operación Internacional

• El Punto Focal Político deberá remitir comunicación oficial vía Plataforma de Gestión de Documentación Electrónica de la Administración Pública Nacional (GDE) a la Dirección Nacional de Operaciones de Protección Civil (DNOPC) del Ministerio de Seguridad de la Nación, Punto Focal Operativo de la Argentina ante INSARAG, para que en base a las necesidades de la operación identificadas en las reuniones, se comience con el proceso administrativo para el desplazamiento de integrantes de los equipos USAR argentinos que cuenten con Proceso de Acreditación Nacional (NAP) o de reconocimiento INSARAG al Proceso de Acreditación Nacional (IRNAP) finalizado.

• Definida por el Punto Focal Operativo el equipo que participará de la operación internacional, el Punto Focal Político procederá a:

• Confección del listado de las y los integrantes del equipo que se encuentran en condiciones para un inmediato despliegue, previa revisión de la documentación de viaje presentada al efecto.

• Confección del listado de equipamiento, insumos y materiales que serán transportados por el equipo: guía detallada para facilitar los trámites aduaneros de egreso desde la Argentina e ingreso al Estado afectado, que debe incluir los siguientes datos: descripción, cantidad, marca o modelo, número de serie o lote, peso, volumen, fecha de vencimiento, valor.

• Descripción de caninos que sean parte del equipo USAR: raza, color, nombre, fecha de nacimiento, características, libreta de vacunación actualizada, certificado internacional de sanidad animal expedido por el SENASA.

• Nota verbal a la Cancillería del Estado detallando nómina de integrantes de la misión humanitaria y materiales a transportar, adjuntando la correspondiente documentación respaldatoria: pasaportes, solicitudes de visas (de ser necesarias), certificados de vacunación (fiebre amarilla, COVID-19, etc.), listado de equipamientos e insumos, certificado internacional de sanidad animal, etc.

2.3 Gestiones institucionales y articulación diplomática de la misión:

• El Punto Focal Político de INSARAG gestionará nuevas reuniones con el Punto Focal Operativo y con las funcionarias y funcionarios competentes del Estado afectado, a fin de definir, antes de la partida del equipo USAR: i) el lugar de despliegue; ii) contrapartes en el terreno; iii) el Centro de Recepción y Salida (RDC); iv) el Centro de Coordinación de Operaciones en el Sitio (OSOCC siglas de On-Site Operations Coordination Centre); v) fechas de partida, eventuales escalas y arribo del equipo al destino final; vi) tiempo de permanencia; vii) facilidades logísticas de alojamiento, transporte y alimentación; viii) aspectos financieros.

• El Punto Focal Político deberá enviar comunicación cablegráfica a la Embajada argentina con jurisdicción en el Estado afectado, con la información de los acuerdos alcanzados, incluyendo, de resultar necesario, solicitud de gestiones ante el Gobierno local y convocatoria a una reunión virtual previa al despliegue de la misión, de la que deberá participar el Punto Focal Operativo.

• El Punto Focal Político envía comunicación al Punto Focal INSARAG de la Región Américas, constituido en la Oficina Regional de Panamá de la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de la Asistencia Humanitaria (OCHA) con el objetivo de mantener comunicación e intercambiar información sobre el desastre y los equipos USAR internacionales allí desplegados.

3. Seguimiento Operativo: Previo a la partida, el Punto Focal Político de INSARAG deberá:

• Evaluar, en conjunto con el Punto Focal Operativo, la conformación de la misión humanitaria, que además del componente técnico conformado por el equipo USAR, podrá incluir un componente de coordinación institucional y de apoyo logístico integrado por funcionarios y funcionarias de la Cancillería Argentina, miembros del personal técnico operativo de la Protección Civil de la Nación, o miembros del voluntariado civil del Estado Argentino Cascos Blancos.

• Definir, en conjunto con el Punto Focal Operativo, los roles en terreno: búsqueda y rescate urbano, coordinación, apoyo, comunicaciones, contacto con la Autoridad Nacional Coordinadora de la Emergencia a nivel local, gestión de donaciones y depósitos de insumos humanitarios, gestión de albergues, agua y saneamiento, etc.

• Preparar carpetas informativas, materiales e indumentaria para la misión: remeras y/o chalecos identificatorios, banderas, banners, etc.

• Tramitar mediante expediente GDE ante las áreas administrativas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la solicitud de pasajes, viáticos y seguros por el tiempo de despliegue de la misión en el terreno. En caso de que la misión sea financiada por otra dependencia del Estado Nacional, o de un organismo o agencia intergubernamental, se deberán efectuar las solicitudes por las vías oficiales correspondientes.

• Confeccionar, junto al Punto Focal Operativo, el detalle completo del equipamiento e insumos a transportar, con vistas a realizar las correspondientes gestiones aduaneras a efectos de concretar su salida junto a la misión. Dicho detalle se organizará con formato de lista de empaque y deberá incluir descripción, cantidad, marca o modelo, número de serie o lote, peso, volumen, fecha de vencimiento, valor.

• Enviar nota verbal a la Cancillería del Estado afectado, solicitando la facilitación del ingreso del equipamiento e insumos humanitarios señalados, incluyendo listado completo, medio de transporte y fecha probable de arribo. En la nota, se deberán solicitar asimismo los datos de la contraparte responsable de recibir los bienes en destino -incluyendo, de corresponder, nombre y datos de contacto del consignatario- y del posterior despacho de los equipos que sean exportados temporalmente.

• Enviar mediante Nota GDE a la Dirección General de Aduanas la solicitud de salida del equipamiento e insumos a transportar, a través de un corredor ágil, acompañada de las correspondientes listas de empaque y, de corresponder, de los datos del consignatario de la carga en destino provistos por el Estado afectado.

• En caso de escalas, enviar nota Verbal a las Cancillería de los Estados correspondientes, a fin de que faciliten el tránsito de los integrantes de la misión y/ó de la carga humanitaria hacia su destino final.

• Designar, junto con el Punto Focal Operativo, listado de autoridades y funcionarios y funcionarias que estarán presentes en el Aeropuerto Internacional para la despedida de la misión, contacto con la prensa y facilitación de los últimos trámites y detalles finales de la partida.

4. Seguimiento Institucional y operativo durante la misión en terreno. El Punto Focal Político de INSARAG deberá:

• Efectuar seguimiento diario vía comunicaciones de radio, teléfono, WhatsApp o correo electrónico con las y los coordinadores de la misión, y con el Punto Focal Operativo, actualizando novedades en la implementación del trabajo en terreno.

• Efectuar seguimiento frecuente con la Cancillería del Estado afectado -a través de los medios de comunicación más ágiles posibles- y la Embajada argentina con jurisdicción en ese país, para facilitar la tarea en terreno y subsanar problemas que pudieran surgir. Asimismo, evaluar la extensión de las labores o comenzar el proceso de repliegue/retorno de la misión a la Argentina una vez finalizado el plazo estipulado de común acuerdo con las autoridades del Estado afectado.

• Evaluar conveniencia y oportunidad, y confeccionar comunicados o gacetillas de prensa para difusión de la misión en medios de comunicación locales e internacionales, y redes sociales.res199mre

5. Actividades de cierre y evaluación de la misión. Una vez finalizada la misión en terreno, el Punto Focal Político deberá:

- Designar, en conjunto con el Punto Focal Operativo, autoridades y funcionarios y funcionarias que estarán presentes en el Aeropuerto Internacional para la bienvenida y recepción de la misión, contacto con la prensa y facilitación de los trámites de ingreso a la República.

-Recabar del funcionario o funcionaria a cargo de la misión desplegada, un informe sobre las actividades realizadas durante el despliegue en terreno tanto por parte de los integrantes a cargo de las operaciones debúsqueda y rescate, como por parte de los funcionarios de apoyo y coordinación. Dicho informe deberá incluir los desafíos y dificultades enfrentados y los aprendizajes reportados por la misión.

- Remitir la información que antecede al Punto Focal Operativo y a la Secretaría Regional Américas de INSARAG, para su correspondiente registro y difusión.

- Confeccionar informe final de la misión, remitirlo al Punto Focal Operativo para su revisión, y evaluar en forma conjunta su difusión en medios de comunicación locales e internacionales, y redes sociales.