HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS

Disposición 842/2023

DI-2023-842-APN-DNE#HP

El Palomar, Buenos Aires, 09/08/2023

VISTO el Expediente EX-2023-92331941- -APN-DGRH#HP, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 N° 27.701 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa 346 de fecha 27 de octubre de 2023, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N° 2.328 y de la ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 311 del 30 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que, mediante la Decisión Administrativa N° 346 de fecha 27 de abril de 2023, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a distintos Organismos descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, entre ellos el HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal, de acuerdo a lo previsto en los artículos 6° y 7° de la Ley N° 27.701.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que mediante la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N° 2.328 y de la ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 311 del 30 de diciembre de 2010 se aprobó el RÉGIMEN PARA LA SELECCION DEL PERSONAL PROFESIONAL COMPRENDIDO EN EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO Nº 1133/2009.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 6 del 20 de julio de 2022, se incorporó la Convocatoria Interna dentro de los Tipos de Convocatoria en la cual podrá inscribirse el personal permanente y no permanente, según los artículos 8° y 9° de la Ley N° 25.164 de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado al que pertenezca la vacante a cubrir, con carácter excepcional y transitorio según lo establecido por el ARTÍCULO 113 QUATER del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción homologado por Decreto N° 1133/09 y sus modificatorios.

Que mediante la NO-2023-87271432-APN-ONEP#JGM del 28 de junio del año en curso la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia aprobando los perfiles correspondientes a los cargos vacantes cuya cobertura se propicia por la presente.

Que en NO-2023-9047688-APN-SCS#MS del 4 de agosto del corriente el Ministerio de Salud de la Nación ha dado el aval para la prosecución del trámite.

Que a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la cobertura de los cargos mencionados, resulta necesario integrar los Comités de Selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del referido Régimen para la Selección de Personal Profesional.

Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus responsabilidades, las de aprobar las bases de la convocatoria, evaluar a los postulantes y elaborar el orden de mérito.

Que se cuenta con el crédito presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la Dirección General de Recursos Humanos; la Dirección General de Administración y Finanzas y la Dirección de Asuntos Jurídicos y Judiciales, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades otorgadas por el Anexo II del Decreto Nº 1.096/2015 y Decreto Nº 166/2022.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO DEL HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Iníciese el proceso para la cobertura de MIL CIENTO TRES (1103) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente del HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, correspondientes al agrupamiento asistencial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- El proceso de selección será realizado por Convocatoria Interna, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, y la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N° 2.328 y de la ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 311 del 30 de diciembre de 2010 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- Establécese como requisito general de admisión a la Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes asignados, experiencia laboral acreditable como personal permanente y no permanente según los artículos 8º y 9º de la Ley N° 25.164 igual o superior a CINCO (5) años en la Administración Pública Nacional y que el personal se desempeñe actualmente en el HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS. El aludido requisito de admisión de experiencia laboral acreditable no será aplicable a las personas con discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentra bajo el régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en el artículo 8° de la Ley Nº 22.431

ARTÍCULO 4°.- Desígnense integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1º de la presente, a las personas que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y oportunamente archívese.

Adrian Tarditti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2023 N° 62595/23 v. 11/08/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)