ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 645/2023
RESFC-2023-645-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2023
VISTO el Expediente EX-2022-34215250-APN-DGA#APNAC del registro de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el Régimen de Valoración por
Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por la
Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público N° 53/2022, la
Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y su
Decreto Reglamentario Nº 1.421/2002 y modificatorios; los Decretos
Nros. 214/2006, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional; 2.098/2008, homologatorio del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO; 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de
fecha 26 de mayo de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO; 103/2022 homologatorio del Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, de fecha 26 de noviembre de 2021 y
la Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional dispone que
la carrera administrativa del personal debe contemplar la aplicación de
criterios que incorporen los principios de transparencia, publicidad y
mérito en los procedimientos de selección para determinar la idoneidad
de la función a cubrir; mecanismos que garanticen la promoción en la
carrera basada en la evaluación de la eficiencia, eficacia, rendimiento
laboral y exigencias de capacitación acordes con las necesidades de las
tareas o funciones a desarrollar, así como la previsión de sistemas
basados en el mérito y la capacidad de los agentes, que motiven la
promoción de los mismos en la carrera.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo General dispone que la promoción
vertical de nivel escalafonario se efectuará conforme a los mecanismos
de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función
al que aspire.
Que mediante el Decreto N° 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), de
fecha 26 de mayo de 2021, se dispuso la incorporación de un “RÉGIMEN DE
VALORACIÓN PARA LA PROMOCIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO” de los
trabajadores de Planta Permanente por medio del cual, aquellos que
cumplan con los requisitos de hasta DOS (2) niveles superiores podrán
solicitar ser valorados a los efectos de promocionar de nivel.
Que, a través del Decreto N° 103/2022, homologatorio del Acta Acuerdo
de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (COPIC), de fecha
26 de noviembre de 2021, se dispuso entre otras cuestiones, la
sustitución de la Cláusula TERCERA del Acta Acuerdo, homologada por el
Decreto N° 415/2021, referida al Régimen de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito.
Que por la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público N°
53/2022 y con el acuerdo previo de la COPIC, que se expidió
favorablemente mediante Acta COPIC N° 172, se aprobó el Régimen de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito.
Que el mencionado constituye un Régimen de promoción vertical del nivel
escalafonario del personal permanente incorporado al régimen de
estabilidad, permitiendo a los trabajadores que cumplan con los
requisitos de acceso a niveles superiores promocionar a los niveles A,
B, C, D y E, hasta un máximo de DOS (2) niveles, de carácter voluntario.
Que la Dirección General de Recursos Humanos, mediante la Nota
NO-2022-51270575-APN-DGRH#APNAC, ha comunicado a la Dirección de
Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la información de la
totalidad del personal, que se encuentre en condiciones de ascender de
nivel escalafonario indicando cantidad de cargos por nivel.
Que la Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio dispuso el
inicio del Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito, designando a
los miembros del Comité de Valoración y a la Secretaria Técnica
Administrativa.
Que, a partir de la entrada en vigencia del Proceso mencionado, se ha
recibido la postulación de la mayoría del personal de la Planta
Permanente, sujeto al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aprobado
por el Decreto Nº 2.098/2008 (Si.N.E.P.), mediante el formulario
respectivo y adjuntando la documentación respaldatoria tendiente a
acreditar el cumplimiento de los diversos extremos que la citada
normativa prevé en su Artículo 14 para los Niveles Escalafonarios a los
que cada uno aspira como también de los requisitos contemplados en su
Artículo 15, en los casos en que es requerido.
Que del mismo modo se incorporó en cada actuación las respectivas
certificaciones de servicios y/o de funciones respectivas, como así
también el Formulario del Sistema de Gestión Documental Electrónica de
certificación de Recursos Humanos de la situación de revista del
personal, la definición del puesto a ocupar conforme al Nomenclador
Clasificador de Puestos y Funciones.
Que, con fecha 29 de junio de 2023, se reunió el Comité de Valoración
procediendo al análisis, constatación y evaluación de los antecedentes
curriculares, laborales y de formación que se vincularán
específicamente con el cumplimiento de los requisitos mínimos de acceso
de nivel escalafonario, como así también de las funciones a ejercer el
nuevo nivel, contemplando lo normado por los Artículos 14 y 15 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que, concluida la instancia de valoración, el Comité emitió el Acta de
Cierre resultante de la misma, especificando los postulantes que
cumplen con los requisitos normativos, procediendo a aprobar las
postulaciones individualizadas en el documento
IF-2023-74483906-APN-APNAC#MAD.
Que los obrados se encuentran en condiciones propicias para el dictado
del acto administrativo que apruebe la actuación del Comité y en caso
de corresponder, disponga la designación de los trabajadores en los
nuevos puestos del nivel superior al que se postularan.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión, mediante la Nota
NO-2023-83976921-APN-DPYCG#APNAC, ha informado sobre la existencia de
suficiente crédito presupuestario para dar curso a la totalidad de las
solicitudes en el ejercicio presupuestario en curso.
Que a los fines de proceder a la presente medida de Promoción por
Evaluación y Mérito resulta necesario aprobar la conversión de los
cargos de los trabajadores mencionados en el Acta del Comité
previamente citada, de acuerdo con los términos consignados en el
documento IF-2023-83069602-APN-DGRH#APNAC, el que como Anexo I integra
la presente.
Que, efectuado el análisis pertinente, a través de la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de Carrera, tendiente a determinar el grado a
asignar en el nuevo nivel al que ascienden en los términos del nuevo
Artículo 31 del Si.N.E.P., se ha elaborado la propuesta de asignación
de grado a cada uno de ellos, la que luce obrante en el Informe
IF-2023-83069548-DGRH#APNAC, incorporado como Anexo II del presente
acto.
Que del mismo modo se ha procedido a determinar el tramo en que cada trabajador continuará su carrera en el nuevo nivel.
Que el Artículo 22 de la Resolución N° 53/2022 de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público establece que al trabajador de Planta
Permanente con estabilidad adquirida que se encuentre ejerciendo una
Función Ejecutiva en el marco del SINEP, se le deberá instrumentar
mediante el acto administrativo correspondiente la reasignación del
ejercicio de dicha Función Ejecutiva a la nueva situación escalafonaria
que hubiera obtenido el agente producto de su postulación y posesión
del cargo en el presente régimen.
Que mediante la Resolución RESFC-2023-530-APN-D#APNAC del Directorio se
aprobó la promoción vertical del agente de la Planta Permanente Martín
CAREAGA quien se encuentra designado transitoriamente en el cargo de
Coordinador de Administración, Asuntos Legales y Recursos Humanos del
Parque Nacional Tierra del Fuego -Nivel C con Función Ejecutiva IV- de
acuerdo con los términos de la Resolución RESFC-2023-68-APN-D#APNAC del
Directorio y su correspondiente Anexo IF-2023-08936936-APN-DGRH#APNAC.
Que, consecuentemente, corresponde ratificar la asignación de pago por
suplemento por función ejecutiva que le fuera otorgada alagente Martín
CAREAGA.
Que mediante la Resolución citada precedentemente se consignó
erróneamente el tramo escalafonario de la agente Estela Mary ALBORNOZ
como tramo general cuando correspondía consignar el tramo intermedio,
por lo que correspondería la rectificación a su respecto del Anexo II
de la RESFC-2023-530-APN-D#APNAC.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos
Humanos, las Direcciones de Capacitación y Desarrollo de Carrera y de
Presupuesto y Control de Gestión y el Comité de Valoración y Mérito
conformado mediante Resolución N° 204/2022 del Directorio han tomado
las intervenciones de sus respectivas competencias.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el
Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 20 del Anexo
de la Resolución Secretaría de Gestión y Empleo Público 53/2022.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración
constituído por la Resolución N° 204/2022 del Directorio plasmado
mediante el Acta suscripta el día 29 de junio de 2023 identificada como
Informe IF-2023-74483906-APN-APNAC#MAD.
ARTÍCULO 2°.- Conviértense los cargos detallados en el Anexo I obarante
como documento IF-2023-83069602-APN-DGRH#APNAC que forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse para la cobertura de los cargos simples del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), por aplicación del Régimen
de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción para el
Personal del SINEP, a los postulantes incluidos en el Anexo II obrante
en el Informe IF-2023-83069548-APN-DGRH#APNAC, que forma parte
integrante de la presente medida, según los Puestos, Niveles, Grados,
Tramos y Agrupamientos Escalafonarios allí consignados; quienes deberán
tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles
de su notificación.
(Artículo rectificado por art. 5º de la Resolución Nº 720/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)
ARTÍCULO 4°.- Ratifíquese la asignación de pago por suplemento por
función ejecutiva que le fuera otorgada al Agente Martín CAREAGA en su
designación transitoria como Coordinador de Administración, Asuntos
Legales y Recursos Humanos del Parque Nacional Tierra del Fuego, Nivel
C, Función Ejecutiva IV, mediante la Resolución
RESFC-2023-68-APN-D#APNAC del Directorio.
ARTÍCULO 5º.- Rectifícase el Anexo II de la RESFC-530-APN-D#APNAC
identificado como IF-2023-68048341-APN-DGRH#APNAC, respecto del Tramo
Escalafonario de la Agente Estela Mary ALBORNOZ, la que reviste en el
Agrupamiento Profesional, Nivel B, Grado 6, Tramo Intermedio.
ARTÍCULO 6º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se procederá a notificar en legal
forma a los interesados. Cumplido, y con las debidas constancias,
gírense los actuados a la Dirección General de Recursos Humanos para la
continuidad del trámite.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Carlos Corvalan - Francisco Luis Gonzalez
Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico
Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/08/2023 N° 63218/23 v. 14/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)
(Anexo II rectificado por art. 5º de la Resolución Nº 720/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)