MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 225/2023
RESOL-2023-225-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-81744183-APN-DGD#MOP, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N° 438/92) y sus modificaciones,
el Decreto N° 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,
y las Resoluciones Nros. 31 y 32, ambas de fecha 5 de mayo de 2020, 343
de fecha 5 de octubre de 2022 y su modificatoria, todas del MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado N° 438/92)
y sus modificaciones, compete al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS asistir
al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo
lo inherente a la política de obras públicas y a la política hídrica
nacional, así como también entender en el diseño y ejecución de planes
y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel
internacional, nacional, regional, provincial y municipal y en el
control de su cumplimiento.
Que resulta un eje central del Gobierno Nacional, trabajar en el
fortalecimiento continuo de las instituciones de la República,
promoviendo la transparencia y la eficiencia en el gasto en todos los
ámbitos donde desarrolla su actividad, mejorando el acceso a la
información, incrementando la participación y control ciudadano en las
decisiones públicas y promoviendo la adopción de nuevas tecnologías, a
fin de fortalecer las instituciones democráticas, dotarlas de mayor
legitimidad y confianza pública.
Que en esa línea, por la Resolución N° 31 de fecha 5 de mayo de 2020
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el OBSERVATORIO DE LA OBRA
PÚBLICA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, como un espacio de
participación interinstitucional destinado a contribuir a la evaluación
y mejora continua del marco normativo, de las prácticas, herramientas y
procedimientos de planificación, así como de la contratación, ejecución
física y financiera de las obras públicas que lleve adelante el
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sus entes descentralizados y empresas.
Que, por su parte, mediante la Resolución N° 32 de fecha 5 de mayo de
2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobó el “Programa de
Fortalecimiento Institucional, Integridad y Transparencia del
Ministerio de Obras Públicas”, estableciéndose como una prioridad del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS avanzar en el diseño y puesta en marcha de
medidas concretas que permitan la implementación de buenas prácticas,
modelos institucionales y herramientas tecnológicas en materia de
planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras
públicas, propiciando la transparencia y el ejercicio del control
ciudadano, conforme a los más altos estándares nacionales e
internacionales en la materia.
Que en el entendimiento de que la cooperación y la coordinación de
esfuerzos con los gobiernos provinciales y locales (municipios y
comunas) que ejecutan obra pública resultan esenciales para optimizar
el uso de los recursos públicos a través de la promoción de políticas
que mejoren la calidad institucional, la integridad y la transparencia
e impulsen aquellas buenas prácticas que tiendan a su realización
efectiva, a través de la Resolución N° 343 del 5 de octubre de 2022 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, se convocó a la presentación de
propuestas para el “Premio Nacional a la Participación y el Control
Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”,
con alcance federal, a fin de reconocer e incentivar experiencias de
participación y control ciudadano en la Obra Pública promovidas por los
gobiernos provinciales y locales (municipios y comunas) y vinculadas a
obras financiadas por este Ministerio.
Que en la citada Resolución se aprobaron las Bases y Condiciones del
Premio (Anexo I - IF-2022-103895206-APN-DNT#MOP), los Criterios de
Evaluación y Calificación de las Experiencias (Anexo II -
IF-2022-105869544-APN-DNT#MOP) y el Modelo de Ficha de Postulación
(Anexo III - IF-2022-103895643-APN-DNT#MOP); asimismo, se designaron a
los miembros del Comité Evaluador del Premio convocado, propuestos por
el OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA.
Que mediante la Resolución N° 441 de fecha 27 de diciembre de 2022 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se modificaron las fechas previstas para
la postulación de experiencias, su evaluación y para la publicación de
resultados y entrega de premios, con el objeto de ampliar las
instancias y mecanismos para su difusión, incrementar la participación
de los gobiernos provinciales y locales y sumar nuevas experiencias
representativas del carácter federal.
Que se presentaron un total de VEINTITRÉS (23) experiencias, las cuales
fueron valoradas por el Comité Evaluador del Premio, según los
criterios establecidos en el Anexo II de la resolución de convocatoria,
determinándose las iniciativas ganadoras del “Premio Nacional a la
Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos
Provinciales y Locales” que se detallan en el Acta incorporada como
Anexo I de la presente medida.
Que dichas experiencias serán reconocidas con la entrega de un Diploma
al Mérito, un espacio destacado en el “Banco de Experiencias de
Participación y Control Ciudadano en la Obra Pública” y la inclusión en
una publicación digital de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y
TRANSPARENCIA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de
este Ministerio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA dependiente de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó intervención en el ámbito
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello:
El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la nómina de experiencias ganadoras del “Premio
Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública
para Gobiernos Provinciales y Locales” que se detalla en el Anexo I
(IF-2023-83299702-APN-DNIYT#MOP),que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTICULO 2°.- Instrúyese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y
TRANSPARENCIA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, para que arbitre las medidas
necesarias con el objeto de reconocer a las experiencias incluidas en
el Anexo I (IF-2023-83299702-APN-DNIYT#MOP) de conformidad con lo
establecido en las Bases y Condiciones del Premio, aprobadas por la
Resolución N° 343 del 5 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/08/2023 N° 65335/23 v. 22/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)