MINISTERIO
DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
Resolución 329/2023
RESOL-2023-329-APN-MDTYH
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2023
VISTO el expediente EX-2021-117883568-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley Nº
27.701, los Decretos Nros. 945 del 17 de noviembre de 2017, 50 del 19
de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 873 del 29 de diciembre de
2022, 302 del 6 de junio de 2023, la Resolución Nº 90 del 1 de agosto
de 2020 y sus modificatorias Nros. 323 del 28 de octubre del 2022 y 301
del 20 de Julio de 2023 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 90/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y HÁBITAT y sus modificatorias, se estableció que las funciones de
coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con
financiamiento externo multilateral, bilateral o regional que se
encuentran en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT serán ejercidas por las Secretarías de este Ministerio, de
conformidad con lo previsto en el Anexo
(IF-2020-33728267-APN-DGPSYE#MI) y con los alcances previstos en el
artículo 2º del Decreto Nº 945/17.
Que por la Resolución Nº 323/22 del MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT, se sustituyó el Anexo indicado en el artículo 2º
de la Resolución Nº 90/20, por el IF-2022-112091878-APNDGPYPSYE#MDTYH,
estableciendo a la SECRETARÍA DE HÁBITAT de este Ministerio como área
sustantiva de coordinación y ejecución técnica continuadora del
Programa CAF 10099 - Programa Integral del Hábitat (PIH).
Que por Resolución N° 301/23 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT, se sustituyó el Anexo indicado en el artículo 2º de la
Resolución Nº 90/20 modificada por la Resolución Nº 323/22 por el
IF-2023-83562734-APN-DGPYPSYE#MDTYH a fin de establecer las Secretarías
de este Ministerio que tendrán a su cargo las funciones de coordinación
y ejecución técnica del “Programa de Mejoramiento de Barrios”- Contrato
de Préstamo Nº 5557/OC-AR y el “Programa Federal de Pre-inversión’’-
Contrato de Préstamo CFA Nº 12033.
Que mediante Decreto Nº 379/23 se aprobó el Modelo de Contrato de
Préstamo BIRF N° 9478-AR, a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) por un monto
de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000),
destinado a financiar el “Segundo Proyecto de Hábitat y Suelo Urbano
(PHAyS)”, el cual fuera suscripto posteriormente el 4 de agosto de 2023.
Que los objetivos del Proyecto consisten en: (i) promover el
crecimiento urbano formal y planificado en ciudades seleccionadas; (ii)
mejorar las condiciones de vida de los hogares en asentamientos urbanos
precarios seleccionados y (iii) responder de manera eficaz ante una
Crisis o Emergencia Elegible.
Que mediante el mencionado Decreto se designa como “Organismo Ejecutor”
del “Segundo Proyecto de Hábitat y Suelo Urbano (PHAyS)” al MINISTERIO
DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, quien actuará a través de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, que tendrá la coordinación general y las
responsabilidades fiduciarias del Proyecto, de la SECRETARÍA DE
DESARROLLO TERRITORIAL, que tendrá las responsabilidades de
coordinación primaria de la Parte 1 del Proyecto y de la SECRETARÍA DE
HÁBITAT, que tendrá las responsabilidades de coordinación primaria de
la Parte 2 del Proyecto.
Que teniendo en cuenta lo anteriormente descripto, resulta necesario
sustituir el Anexo del artículo 2º de la Resolución Nº 90/20 y sus
modificatorias, a fin de establecer las Secretarías de este Ministerio
que tendrán a su cargo las funciones de coordinación y ejecución
técnica del “Segundo Proyecto de Hábitat y Suelo Urbano (PHAyS)”-
Contrato de Préstamo BIRF N° 9478-AR.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su
competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo
dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios y el
Decreto Nº 945/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución Nº 90 del 1
de agosto de 2020, modificada por las Resoluciones Nros. 323 del 28 de
octubre del 2022 y 301 del 20 de Julio de 2023 del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 2º.- Establécese que las funciones de coordinación y
ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento
externo multilateral, bilateral o regional que se encuentran en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT serán
ejercidas por las Secretarías de este Ministerio, de conformidad con lo
previsto en el Anexo (IF-2023-96789357-APN-DGPYPSYE#MDTYH) que integra
la presente medida, con los alcances previstos en el artículo 2º del
Decreto Nº 945/17.”
ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia en el día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Alejandro Maggiotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/08/2023 N° 66362/23 v. 24/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
IF-2023-96789357-APN-DGPYPSYE#MDTYH