MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 312/2023

RESOL-2023-312-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-46971420- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, el Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022 y la Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 576 del 4 de septiembre de 2022, se creó de manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR, que contempló una serie de medidas relacionadas con las exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las divisas en el mercado de cambios, previendo que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 787 de fecha 11 de noviembre de 2022 se reestableció, de manera extraordinaria y transitoria, el mencionado PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.

Que por la Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO PARA LA CADENA APÍCOLA, en adelante “PROGRAMA APÍCOLA”.

Que el Artículo 6° de la citada Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC establece que los productores y productoras interesadas en recibir el beneficio, deberán cumplir con el procedimiento de solicitud y carga de información que establezca la Autoridad de Aplicación, solicitar expresamente el beneficio, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre a los efectos de posibilitar la transferencia de la compensación y constituir domicilio en una dirección de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación.

Que por el Artículo 9° de la precitada Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC se establece que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA APICOLA, y como tal, podrá dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas para la debida ejecución y cumplimiento del citado Programa.

Que resulta necesario dictar la presente norma operativa a los fines de aprobar el procedimiento de carga de información específico para las productoras y productores interesados en recibir el beneficio en el marco del PROGRAMA APÍCOLA, como mecanismo de aplicación del procedimiento establecido en el Artículo 6° de la mencionada Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC.

Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por la Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Instructivo que describe el Procedimiento de Carga de Información para Productoras y Productores interesados en la obtención del beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO PARA LA CADENA APÍCOLA (PROGRAMA APÍCOLA), creado por la Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA que, como Anexo registrado con el N° IF-2023-97734531-APN-DNAYDR#MEC, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la presentación de la solicitud del beneficio deberá cumplimentarse mediante el referido procedimiento y dentro del plazo de CUARENTA (40) días corridos contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Jose Bahillo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/08/2023 N° 67123/23 v. 25/08/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO


Programa Apícola

Pasos a seguir

Para obtener el beneficio establecido por el Programa Apícola deberán seguir los siguientes pasos:

1. Adherirse al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - Autogestión SAGyP”.

2. Ingresar al servicio “Autogestión SAGyP” y agregar la aplicación “Programa Apícola”.

3. Ingresar a la aplicación “Programa Apícola” y solicitar el beneficio, completando los datos solicitados.


01 .Adhesión al servicio

Adhesión al servicio "SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.

En primer lugar deberás ingresar a la página de AFIP e iniciar sesión con tu número de CUIT y luego con tu contraseña.


A continuación deberás ingresar a "Administrador de relaciones".


En consiguiente se abrirá una ventana en la que deberás hacer clic en el botón "Adherir servicio".


Luego deberás hacer clic en el botón de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y en consiguiente seleccionar "Servicios interactivos". Por último, deberás entrar en "Autogestión de SAGyP".


En la ventana de "Servicios interactivos" se mostrarán los datos del solicitante. Para vincularlos deberás hacer clic en el botón Confirmar.


Luego deberás volver al Inicio. Si no aparece el botón de Autogestión SAGyP en los Servicios más utilizados, deberás utilizar el buscador de tramites o hacer clic en "Ver todos".


02. Autogestión SAGyP

Ingresar al servicio “Autogestión SAGYP” y agregar el servicio "Programa Apícola"

En primer lugar deberás hacer clic en el botón "Autogestión SAGyP" añadido anteriormente. Y luego seleccionar en el listado el CUIT anteriormente ingresado en AFIP.


A continuación deberás hacer clic en el botón "Agregar Servicio"


Y en consiguiente buscar "Programa Apícola" dentro del listado, seleccionarlo y hacer clic en Guardar Cambios.


03. Completar datos

Ingresar al servicio "Programa Apícola” y solicitar el beneficio, completando los datos solicitados.

Una vez que hayas cumplido los pasos anteriores, deberás ingresar a l sitio https://programaapicola.magyp.gob.ar para realizar la carga del formulario para la solicitud del beneficio. En primera instancia deberás aceptar que dicho formulario reviste carácter de declaración jurada (DDJJ) haciendo clic en el botón "Continuar".


Completar solicitud

Luego de haber aceptado el carácter de DDJJ, podrás acceder al formulario de carga. Para ello deberás hacer clic en el botón “Completar solicitud” y allí se desplegarán los campos a rellenar.

Completar solicitud

En el formulario, los datos de carácter obligatorio son:

• Solicito el beneficio

• Autorizo al SENASA

• Autorizo a la SAGyP

• Clave Bancaria Uniforme (CBU) y confirmación del mismo (el CBU debe pertenecer al productor/CUIT que figura en los datos de referencia del formulario)

• E-mail y confirmación del mismo (este correo electrónico funcionará como domicilio electrónico a los fines de las comunicaciones que eventualmente realice la Autoridad de Aplicación)

03. Completar datos


Aclaraciones: Para la habilitación del botón "Confirmar solicitud” deberás aceptar los TRES (3) primeros campos (Solicito y Autorizo). Sin embargo, para que la solicitud pueda ser generada, se deberán completar todos los datos de carácter obligatorio de forma correcta.


Una vez que hayas completado todos los datos, podrás confirmar el envío de la solicitud haciendo clic en el botón “Confirmo solicitud”. En consiguiente se abrirá una ventana de confirmación en la que deberás hacer clic en el botón Confirmar.


Una vez confirmada la solicitud, se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó correctamente.

Finalizada la operación, recibirá en el correo indicado en el formulario, un correo notificando que su solicitud fue recibida correctamente. En el cuerpo del mensaje se indicarán los datos informados en el formulario de la solicitud. En el caso de detectar algún error en lo informado, podrá realizar las modificaciones necesarias ingresando nuevamente a https://programaapicola.magyp.gob.ar Además de editar, en caso de así requerirlo, podrás anular la solicitud.


Tanto para la edición como para la anulación de la solicitud, el sistema le solicitará nuevamente la aceptación de carácter de DDJJ para luego realizar la operación de edición o anulación.

En el caso de la edición, el formulario estará completo con la información original enviada. Allí podrá realizar las modificaciones sobre los datos de CBU y/o E-mail. En el caso de los tres check Solicito y Autorizo, deberán permanecer seleccionados para que el botón “Confirmar cambios” permanezca activo. Una vez completados, deberá confirmar los cambios y luego la confirmación definitiva del envío del formulario (igual que en la creación de la solicitud).


En el caso que desees anular la solicitud, el sistema sólo te solicitará completar el E-mail y la confirmación del mismo. Por defecto los campos tendrán la información suministrada en la solicitud inicial. Una vez completos, debe rás confirmar los cambios y luego la confirmación definitiva del envío del formulario (igual que en la creación de la solicitud).





IF-2023-97734531-APN-DNAYDR#MEC