MINISTERIO
DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA
Resolución 312/2023
RESOL-2023-312-APN-SAGYP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-46971420- -APN-DGD#MAGYP del Registro de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, el
Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022 y la Resolución N°
RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 576 del 4 de septiembre de 2022, se creó de
manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO
EXPORTADOR, que contempló una serie de medidas relacionadas con las
exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las
divisas en el mercado de cambios, previendo que el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.
Que mediante el Decreto N° 787 de fecha 11 de noviembre de 2022 se
reestableció, de manera extraordinaria y transitoria, el mencionado
PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.
Que por la Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC fecha 16 de agosto de
2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO PARA LA CADENA APÍCOLA, en
adelante “PROGRAMA APÍCOLA”.
Que el Artículo 6° de la citada Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC
establece que los productores y productoras interesadas en recibir el
beneficio, deberán cumplir con el procedimiento de solicitud y carga de
información que establezca la Autoridad de Aplicación, solicitar
expresamente el beneficio, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a
su nombre a los efectos de posibilitar la transferencia de la
compensación y constituir domicilio en una dirección de correo
electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones
y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación.
Que por el Artículo 9° de la precitada Resolución N°
RESOL-2023-1186-APN-MEC se establece que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será la Autoridad de
Aplicación del PROGRAMA APICOLA, y como tal, podrá dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas para la debida ejecución y
cumplimiento del citado Programa.
Que resulta necesario dictar la presente norma operativa a los fines de
aprobar el procedimiento de carga de información específico para las
productoras y productores interesados en recibir el beneficio en el
marco del PROGRAMA APÍCOLA, como mecanismo de aplicación del
procedimiento establecido en el Artículo 6° de la mencionada Resolución
N° RESOL-2023-1186-APN-MEC.
Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha
tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por la Resolución N°
RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Instructivo que describe el Procedimiento de
Carga de Información para Productoras y Productores interesados en la
obtención del beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
PRODUCTIVO PARA LA CADENA APÍCOLA (PROGRAMA APÍCOLA), creado por la
Resolución N° RESOL-2023-1186-APN-MEC de fecha 16 de agosto de 2023 del
MINISTERIO DE ECONOMÍA que, como Anexo registrado con el N°
IF-2023-97734531-APN-DNAYDR#MEC, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la presentación de la solicitud del
beneficio deberá cumplimentarse mediante el referido procedimiento y
dentro del plazo de CUARENTA (40) días corridos contados a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Jose Bahillo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/08/2023 N° 67123/23 v. 25/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
Programa Apícola
Pasos a seguir
Para obtener el beneficio establecido por el Programa Apícola deberán
seguir los siguientes pasos:
1.
Adherirse al servicio
“SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - Autogestión SAGyP”.
2.
Ingresar al servicio
“Autogestión SAGyP” y agregar la aplicación “Programa Apícola”.
3.
Ingresar a la aplicación
“Programa Apícola” y solicitar el beneficio, completando los datos
solicitados.
01 .Adhesión al servicio
Adhesión al servicio "SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA -
AUTOGESTIÓN SAGyP”.
En primer lugar deberás ingresar a la página de
AFIP e
iniciar sesión con tu número de CUIT y luego con tu contraseña.
A continuación deberás ingresar a "Administrador de relaciones".
En consiguiente se abrirá una ventana en la que deberás hacer clic en
el botón
"Adherir servicio".
Luego deberás hacer clic en el botón de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y
Pesca y en consiguiente seleccionar
"Servicios interactivos". Por
último, deberás entrar en "Autogestión de SAGyP".
En la ventana de
"Servicios
interactivos" se mostrarán los datos del solicitante. Para
vincularlos deberás hacer clic en el botón
Confirmar.
Luego deberás volver al Inicio. Si no aparece el botón de Autogestión
SAGyP en los
Servicios más utilizados,
deberás utilizar el buscador de tramites o hacer clic en "Ver todos".
02. Autogestión SAGyP
Ingresar al servicio “Autogestión SAGYP” y agregar el servicio
"Programa Apícola"
En primer lugar deberás hacer clic en el botón
"Autogestión SAGyP" añadido
anteriormente. Y luego seleccionar en el listado el CUIT anteriormente
ingresado en AFIP.
A continuación deberás hacer clic en el botón
"Agregar Servicio"
Y en consiguiente buscar
"Programa
Apícola" dentro del listado, seleccionarlo y hacer clic en
Guardar Cambios.
03. Completar datos
Ingresar al servicio "Programa Apícola” y solicitar el beneficio,
completando los datos solicitados.
Una vez que hayas cumplido los pasos anteriores, deberás ingresar a l
sitio https://programaapicola.magyp.gob.ar para realizar la carga del
formulario para la solicitud del beneficio. En primera instancia
deberás aceptar que dicho formulario reviste carácter de declaración
jurada (DDJJ) haciendo clic en el botón
"Continuar".
Completar solicitud
Luego de haber aceptado el carácter de DDJJ, podrás acceder al
formulario de carga. Para ello deberás hacer clic en el botón
“Completar solicitud” y allí se
desplegarán los campos a rellenar.
En el formulario, los datos de carácter obligatorio son:
• Solicito el beneficio
• Autorizo al SENASA
• Autorizo a la SAGyP
• Clave Bancaria Uniforme (CBU) y confirmación del mismo (el CBU debe
pertenecer al productor/CUIT que figura en los datos de referencia del
formulario)
• E-mail y confirmación del mismo (este correo electrónico funcionará
como domicilio electrónico a los fines de las comunicaciones que
eventualmente realice la Autoridad de Aplicación)
03. Completar datos
Aclaraciones: Para la
habilitación del botón
"Confirmar
solicitud” deberás aceptar los TRES (3) primeros campos
(Solicito y Autorizo). Sin embargo, para que la solicitud pueda ser
generada, se deberán completar todos los datos de carácter obligatorio
de forma correcta.
Una vez que hayas completado todos los datos, podrás confirmar el envío
de la solicitud haciendo clic en el botón
“Confirmo solicitud”. En
consiguiente se abrirá una ventana de confirmación en la que deberás
hacer clic en el botón
Confirmar.
Una vez confirmada la solicitud, se generará un mensaje en la parte
inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó
correctamente.
Finalizada la operación, recibirá en el correo indicado en el
formulario, un correo notificando que su solicitud fue recibida
correctamente. En el cuerpo del mensaje se indicarán los datos
informados en el formulario de la solicitud. En el caso de detectar
algún error en lo informado, podrá realizar las modificaciones
necesarias ingresando nuevamente a https://programaapicola.magyp.gob.ar
Además de editar, en caso de así requerirlo, podrás anular la solicitud.
Tanto para la edición como para la anulación de la solicitud, el
sistema le solicitará nuevamente la aceptación de carácter de DDJJ para
luego realizar la operación de edición o anulación.
En el caso de la
edición, el
formulario estará completo con la información original enviada. Allí
podrá realizar las modificaciones sobre los datos de CBU y/o E-mail. En
el caso de los tres
check Solicito y
Autorizo, deberán permanecer seleccionados para que el botón “Confirmar
cambios” permanezca activo. Una vez completados, deberá confirmar los
cambios y luego la confirmación definitiva del envío del formulario
(igual que en la creación de la solicitud).
En el caso que desees
anular
la solicitud, el sistema sólo te solicitará completar el E-mail y la
confirmación del mismo. Por defecto los campos tendrán la información
suministrada en la solicitud inicial. Una vez completos, debe rás
confirmar los cambios y luego la confirmación definitiva del envío del
formulario (igual que en la creación de la solicitud).
IF-2023-97734531-APN-DNAYDR#MEC