MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Disposición 19/2023
DI-2023-19-APN-SSABDR#MEC
Rosario, Santa Fe, 29/08/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-123764626- -APN-DGD#MAGYP del Registro
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, la Resolución N° RESOL-2022-63-APN-SAGYP#MEC de fecha 4 de
octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros.
DI-2023-7-APN-SSABDR#MEC de fecha 23 de febrero de 2023 y
DI-2023-12-APN-SSABDR#MEC de fecha 17 de mayo de 2023, ambas de la
SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2022-63-APN-SAGYP#MEC de fecha 4 de
octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó el PROGRAMA NACIONAL BIODESARROLLO
ARGENTINO, en adelante “BIODESARROLLAR”, en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la
citada Secretaría.
Que dicho Programa tiene como objetivo promover e impulsar el
desarrollo, la innovación, la adopción y la producción de los
bioproductos de la bioeconomía que comprenden las áreas de
biotecnología, bioinsumos, biomateriales y bioenergía, por parte de las
micro, pequeñas y medianas empresas, así como de las cooperativas y
entidades de investigación pública y de articulación mixta. Se
priorizarán aquellas iniciativas que se enfoquen en potenciar el
desarrollo regional y el agregado de valor en origen, con una visión de
economía circular.
Que a través del Artículo 3° de la citada Resolución N°
RESOL-2022-63-APN-SAGYP#MEC se establecieron las acciones a
desarrollar, y en su Artículo 4° se aprobó quienes podrán ser
beneficiarias.
Que mediante la Disposición N° DI-2023-7-APN-SSABDR#MEC de fecha 23 de
febrero de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y
DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Manual Operativo del PROGRAMA
NACIONAL BIODESARROLLO ARGENTINO que contiene los requerimientos
técnicos, formularios de presentación y demás condiciones que deberán
cumplir las solicitudes para ser seleccionadas, incluyendo las
modalidades de la/s convocatoria/s, las condiciones de ejecución y los
procedimientos para la evaluación de los resultados de la
implementación del BIODESARROLLAR.
Que la elaboración de las Bases y Condiciones Particulares, así como el
llamado a convocatoria, es facultad de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS,
BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que mediante la Disposición N° DI-2023-12-APN-SSABDR#MEC de fecha 17 de
mayo de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO
REGIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, publicada en el Boletín Oficial el día 19 de
mayo de 2023, se convoca a la presentación de proyectos a ejecutarse en
el marco del PROGRAMA NACIONAL BIODESARROLLO ARGENTINO.
Que la referida Disposición N° DI-2023-12-APN-SSABDR#MEC establece que
la convocatoria a la presentación de proyectos se realizará por el
plazo de SESENTA (60) días corridos desde su publicación en el Boletín
Oficial, el que finalizó el día 18 de julio de 2023.
Que atento a las consultas recibidas y el interés expresado, se
considera conveniente ampliar el plazo para la presentación de
proyectos, ello en pos de mejorar la difusión de la convocatoria
garantizando que llegue a los distintos sectores productivos, así como
cooperativas agrobioindustriales y entidades públicas y/o asociaciones
mixtas (público-privadas) que dediquen sus propias actividades a
iniciativas ya avanzadas de desarrollo de base biológica.
Que una vez seleccionados los proyectos a participar del
BIODESARROLLAR, se ingresará la Beneficiaria al “Registro de
Beneficiarias del BIODESARROLLAR” el cual será publicado a través de la
página web de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios y por la citada Resolución N°
RESOL-2022-63-APN-SAGYP#MEC.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase desde el 19 de julio hasta el 1 de septiembre
de 2023, el plazo de la convocatoria establecido en la Disposición N°
DI-2023-12-APN-SSABDR#MEC de fecha 17 de mayo de 2023 de la
SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, para que los interesados en ingresar sus proyectos a
ejecutarse en el marco del PROGRAMA NACIONAL BIODESARROLLO ARGENTINO,
puedan presentar la solicitud y la documentación pertinente, conforme
las previsiones dispuestas en las Bases y Condiciones de la citada
convocatoria.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que será publicado a través de la página de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA el “Registro de Beneficiarias” cuyos proyectos hayan sido
seleccionados, conforme lo establecido por la Disposición N°
DI-2023-7-APN-SSABDR#MEC de fecha 23 de febrero de 2023 de la
SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Gustavo Contigiani
e. 31/08/2023 N° 68786/23 v. 31/08/2023