JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Resolución 235/2023
RESOL-2023-235-APN-JST#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-94813064- -APN-JST#MTR y el Expediente N°
EX-2023-24838864- -APN-RRHH#JST, las Leyes N° 25.164, N° 27.514, N°
27.701, los Decretos N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus
modificatorios, N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus
modificatorios, y N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, las Decisiones
Administrativas N° 1291 de fecha 26 de diciembre de 2022 y N° 4 de
fecha 9 de enero de 2023 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la
Resolución de Firma Conjunta N° RESFC-2022-1-APN-JST#MTR de fecha 15 de
noviembre de 2022 de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la
SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Resolución N° RESOL-2023-97-APN-JST#MTR de
fecha 10 de mayo de 2023 de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación del correspondiente proceso de selección,
conforme lo disponen los artículos 4 y 8 del Anexo a la Ley N° 25.164,
los artículos concordantes de su Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto
de 2002 y sus modificatorios y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de
2006 y sus modificatorios, aplicables también para la promoción del
personal permanente a cargos superiores.
Que, por el artículo 4 de la Ley N° 27.514, se creó la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE (JST), como organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con autarquía económico
financiera, personalidad jurídica propia y capacidad para actuar en el
ámbito del derecho público y privado.
Que por Decreto N° 532 de fecha 9 de junio de 2020 se reglamentó la Ley
N° 27.514 de Seguridad en el Transporte sustituyendo, asimismo, el
Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos
desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del
Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el
Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE eliminando a
la ex JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL del
organigrama de la Administración Pública Nacional dotando plenamente de
operatividad a la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE; conforme el
artículo 30 de la citada ley, que estipulaba la transferencia de las
funciones de la ex - JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN
CIVIL, con sus respectivas competencias, escalafón, cargos,
designaciones, personal y créditos presupuestarios, así como la
administración de los bienes patrimoniales afectados a su uso.
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la
Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.
Que, mediante la Decisión Administrativa N° 1291 de fecha 26 de
diciembre de 2022 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se
incorporaron y asignaron cargos vacantes financiados a la planta
permanente de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE; con el fin de
proceder a la cobertura mediante el respectivo proceso de selección de
personal de los cargos vacantes financiados con carácter de excepción a
lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.591.
Que mediante la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-1-APN-JST#MTR de la
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y LA SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha
15 de noviembre de 2022, se aprobó el “Reglamento de Selección para el
Personal de la Junta de Seguridad en el Transporte”.
Que, por el artículo 10 del Anexo a la Resolución mencionada, se
estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados
y coordinados por la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
Que con fecha 20 de marzo de 2023, la Comisión Técnica Negociadora de
la JST aprobó los perfiles para los concursos de selección de personal
a realizarse en la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, bajo la
modalidad de convocatoria interna, de conformidad con el Decreto N° 214
de fecha 27 de febrero de 2006.
Que, por el aludido requisito de admisión de experiencia laboral
acreditable, no será aplicable a las personas con Discapacidad que se
postulen a los cargos que se encuentran bajo el régimen de reserva de
puestos de trabajo, en los términos previstos en el artículo 8° de la
Ley N° 22.431.
Que por la Resolución RESOL-2023-97-APN-JST#MTR de la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE de fecha 10 de mayo de 2023, se dio inicio
al proceso para la cobertura de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO (264)
cargos vacantes autorizados, y oportunamente asignados a la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y, se designó asimismo, a los integrantes
del Comité de Selección Nº 4 y a la Secretaría Técnica y su alterna;
conforme con lo establecido por el artículo 24 del Anexo I a la
Resolución Conjunta N° RESFC-2022- 1-APN-JST#MTR.
Que los integrantes del Comité de Selección N° 1 tienen entre sus
responsabilidades, las de aprobar las bases de la convocatoria, evaluar
a los postulantes y elaborar el orden de mérito.
Que, por su parte, la Secretaría Técnica tiene entre sus
responsabilidades, constituir y mantener actualizado el expediente
relativo a la tramitación del concurso.
Que el Comité de Selección N° 1, en el marco de sus competencias aprobó
las bases de la convocatoria, las grillas de valoración de
antecedentes, ratificó las actas de Evaluación de Antecedentes
Laborales y Curriculares, de Evaluación Técnica General y Sustantiva, y
Evaluación por Entrevista Laboral a través de las Actas N°1, N°5, N°8,
N°9 y N°12, respectivamente.
Que por Acta N°13 de fecha 18 de agosto de 2023
IF-2023-98330205-APN-RRHH#JST, el Comité de Selección Nº 1 elaboró y
elevó el Orden de Mérito, correspondientes a diversos cargos vacantes
del Agrupamiento Aeronáutico y el cargo desierto.
Que se ha dado cumplimiento a las etapas del proceso de selección para
la cobertura de dichos cargos, conforme el Régimen de Selección antes
mencionado.
Que, por todo lo expuesto, corresponde aprobar el Orden de Mérito y
declarar desierto el cargo correspondiente, de conformidad con los
Anexos I y II de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 27.514, y por el Artículo 55
del Anexo I a la Resolución de Firma Conjunta N°
RESFC-2022-1-APN-JST#MTR del 15 de noviembre de 2022 de la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Orden de Mérito, elevado por el Comité de
Selección Nº 1 correspondiente al proceso de selección por Convocatoria
Interna convocado mediante la Resolución N° RESOL-2023-97- APN-JST#MTR
de fecha 10 de mayo de 2023, para la cobertura de los cargos vacantes y
financiados pertenecientes a la Planta Permanente de la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE; de acuerdo al detalle obrante bajo el
IF-2023- 99479890 -APN-JST#MTR que, como ANEXO I, forma parte
integrante del presente acto.
ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el Proceso de Selección para el cargo
comprendido bajo el IF2023-99479947-APN-JST#MTR que, como ANEXO ll,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 3°.- Notifíquese de la presente medida, a los agentes identificados en el Anexo I del Artículo 1°.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julian Obaid
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/09/2023 N° 70596/23 v. 06/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)