ACUERDOS
Decreto 457/2023
DCTO-2023-457-APN-PTE - Homologación.
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-61843650-APN-DALSP#MT, la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753,
la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración
Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 447
del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para
la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214
del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del
Fuego, homologado por el Decreto N° 192 del 23 de marzo de 2021 y sus
modificatorios, y las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo y 23 de junio,
ambas de 2023, de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las
negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración
Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa
de Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo
normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del
Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus modificatorios, y se
suscribieron las Actas Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2023, por la cual
se pasó a un cuarto intermedio, y de fecha 23 de junio de 2023, por la
que se declaró reabierto el acto.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°
24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas
complementarias, acordaron sustituir a partir del 1° de junio de 2023
la escala de unidades retributivas de Asignación Básica de la Categoría
Escalafonaria establecida en el artículo 55 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del
Fuego -homologado por Decreto N° 192/21- y su normativa complementaria
y modificatoria, como, asimismo, sustituir a partir del 1° de junio de
2023, la escala de unidades retributivas del Adicional de Grado
establecida en el artículo 56 del Convenio mencionado precedentemente,
por las que quedan incorporadas a dicha Acta.
Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la
Ley N° 24.185.
Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la referida Ley N° 24.185,
su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los
artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por
el Decreto N° 214/06.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
ha emitido el correspondiente dictamen, sin formular objeción alguna.
Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES
(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones
contenidas en las Actas Acuerdo son compatibles con las previsiones del
mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional.
Que en atención a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de
la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos
que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por
cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción
de las Actas Acuerdo del 31 de mayo de 2023 y 23 de junio de 2023.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo de
2023 y 23 de junio de 2023 de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de
Manejo del Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus
modificatorios, que como ANEXO (IF-2023-79823258-APN-DNRYRT#MT) forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de las Actas Acuerdo que se homologan
por el artículo 1° del presente serán a partir del 1° de junio de 2023
en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y
complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Raquel Cecilia Kismer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/09/2023 N° 71370/23 v. 07/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
EX-2023-61843650-
-APN-DALSP#MT
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de MAYO de
2023, siendo las 14:00 horas, en el
MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN, ante la Dra.
Mara MENTORO Directora de la Dirección de Análisis Laboral del Sector
Publico acompañada por el Dr. Lisandro AYASTUY Secretario de
Conciliación, en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de
Manejo del Fuego (Decreto 192/21), COMPARECEN: por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
la Lic. Paula RECALDE POLARI, el Sr. SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN
PRESUPUESTARIA, Lic. Ignacio LOHLE, por el
MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Sr.
SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Jorge DOMPER, por el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE el Sr. Cesar Adrián BONÉ y por la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES el Sr. Alejandro ROJAS, por el todos ellos por parte
del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la
UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),
el Sr. Hugo SPAIRANI, y en representación de la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)
el Sr. Flavio VERGARA.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se celebra esta
audiencia virtual en razón de las competencias que son propias de este
Ministerio.
Cedida la palabra ambas partes en conjunto
MANIFIESTAN: Que asumen el
compromiso de mantener reuniones de manera directa, y por la cual
solicitamos a esta Autoridad de Aplicación pasar a un cuarto intermedio.
Oído que fueran las partes y conforme lo manifestado por las mismas, la
Autoridad Administrativa decide pasar a un cuarto intermedio. No siendo
para más se da por finalizado el acto en los términos de la ley 24.185,
previa lectura y ratificación ante mí que así lo
CERTIFICO.-
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de JUNIO
de 2023, siendo las 11:00 horas, reabriendo el acta de fecha 31 de mayo
de 2023 y convocada en el
MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN, ante la Dra.
Mara MENTORO Directora de Análisis Laboral del Sector Público,
acompañada por el Dr. Lisandro Juan AYASTUY Secretario de Conciliación,
en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del
Fuego (Decreto 192/21), COMPARECEN: por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Dra. Ana G. CASTELLANI,
acompañada por la Lic. Paula RECALDE POLARI, y el Sr. SUBSECRETARIO DE
COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Ignacio LOHLE acompañado por el Sr.
Marcelo ROMANO, por el
MINISTERIO DE
ECONOMÍA, el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Jorge
DOMPER, acompañado por el Dr. Jorge CARUSO, por el MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE los Sres. Joaquín LARRAÑAGA y Cesar
Adrián BONÉ, por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Natalia
JAURI, la Sra. Sabrina SELVA, el Sr. Alejandro Diego ROJAS, todos ellos
por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en
representación de la
UNION DEL
PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), Sres. Diego ROSSANO, Eduardo
WILSON RAE, Mario PEREZ con el asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y
en representación de la
ASOCIACIÓN
TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres. Flavio VERGARA, Walter
DELGADO y Alejo FARDJOUME.-
Declarado reabierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la
palabra a la representación del Estado Empleador quien propone:
PRIMERA:
Sustituir a partir del 01/06/2023, la escala de unidades retributivas
de Asignación Básica de la Categoría Escalafonaria establecida en el
artículo 55 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego - homologado por
Decreto N° 192/21, su normativa complementaria y modificatoria, por la
que queda incorporada a la presenta cláusula.
ASIGNACION
BASICA DE LA CATEGORÍA ESCALAFONARIA
(Unidades Retributivas)
SEGUNDA:
Sustituir a partir del 01/06/2023, la escala de unidades retributivas
del Adicional de Grado establecida en el artículo 56 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de
Manejo del Fuego - homologado por Decreto N° 192/21, su normativa
complementaria y modificatoria, por la que queda incorporada a la
presente cláusula.
Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N.,
MANIFIESTA: que acepta de manera
integral la propuesta del Estado
Empleador.-------------------------------------------------------
Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E.,
MANIFIESTA: que acepta de manera
integral la propuesta del Estado
Empleador.-------------------------------------------------------
En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que
atento y conforme lo manifestado precedentemente por las
representaciones, se tiene por perfeccionado el acuerdo.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.
IF-2023-79823258-APN-DNRYRT#MT