MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 321/2023
RESOL-2023-321-APN-SAGYP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-64588236- -APN-DGD#MAGYP del Registro de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que el agroturismo, como actividad sustentable para los territorios
rurales, permite suplementar los ingresos de la producción
agroalimentaria, mediante la diversificación de la actividad
productiva, el agregado de valor en origen y la valorización de las
culturas locales posibilitando alcanzar una mayor escala de producción
y competitividad de las economías regionales.
Que, asimismo, el agroturismo tiene un gran potencial para estimular el
crecimiento de la economía local, por su complementariedad con otras
actividades económicas, su contribución al producto interno bruto (PIB)
y la creación de empleo y su capacidad de promover la dispersión de la
demanda en el tiempo (lucha contra la estacionalidad) y a lo largo del
territorio.
Que a su vez, es una actividad en la que la experiencia del visitante
está relacionada con un amplio espectro de productos vinculados con las
actividades agropecuarias, de naturaleza y formas de vida y culturas
rurales.
Que los pequeños y medianos productores y productoras agroalimentarias
complementan sus ingresos con alguna forma de turismo en la que, por lo
general, facilitan alojamiento, alimentación y oportunidad de
familiarización con los trabajos agropecuarios que realizan en sus
unidades productivas.
Que el agroturismo es una estrategia idónea para dinamizar el
desarrollo de las zonas rurales por su capacidad de contribuir a la
generación de ingresos a las productoras y productores agropecuarios.
Que el sector productor de alimentos de pequeña y mediana escala, que
complementa su actividad principal brindando servicios turísticos
requiere desarrollarse bajo un carácter sustentable a nivel social,
ambiental y económico en beneficio de toda la sociedad en su conjunto.
Que por ello resulta conveniente la creación de un programa nacional
para unificar y complementar los objetivos tendientes a lograr una
mejora integral, haciendo hincapié en el desarrollo asociativo a escala
local y regional con carácter federal.
Que los correctos estímulos de las políticas públicas sobre estos
segmentos son esenciales para un crecimiento económico con equidad,
distribución del ingreso y la riqueza, que, en consecuencia, pueda
traducirse en desarrollo económico y social.
Que a nivel macroeconómico la REPÚBLICA ARGENTINA necesita de las
agropymes para la generación de empleo por lo que se torna sumamente
necesario profundizar y agudizar las acciones tendientes a la
preservación y fortalecimiento de los pequeños y medianos productores y
productoras agroalimentarias.
Que en razón de lo expuesto, se considera pertinente la creación de un
programa que contemple acciones dirigidas a financiar el desarrollo y
fortalecimiento del agroturismo nacional, promoviendo el desarrollo
asociativo, la generación y favorecimiento del arraigo y desarrollo de
jóvenes y mujeres en los sistemas productivos locales, y la
responsabilidad en materia de utilización de los recursos naturales,
sociales y económicos.
Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA entiende en la planificación, diseño e implementación de
planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo,
integral y sustentable de los pequeños y medianos productores y
productoras agroalimentarias.
Que por su parte, la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y
SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la
citada Secretaría, resulta competente para entender, coordinar, y
llevar a cabo la ejecución del programa que se propulsa.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL AGROTURISMO
SUSTENTABLE (PROFAS), en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS
PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objetivo de promover el
fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y
medianos productores y productoras agroalimentarias a través de los
beneficios económicos que genera el agroturismo desarrollado en sus
unidades productivas.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la citada Subsecretaría será la Autoridad
de Aplicación del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL AGROTURISMO
SUSTENTABLE (PROFAS), quedando facultada para administrar y ejecutar el
citado Programa y dictar el Manual Operativo del mismo.
ARTÍCULO 3°.- El mencionado Programa tendrá un plazo de duración de
DIECIOCHO (18) meses, pudiendo prorrogarse por el término que
establezca la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la ejecución del referido Programa
será atendido con cargo a los créditos del Servicio Administrativo
Financiero 363 – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, sujeto a
disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Jose Bahillo
e. 07/09/2023 N° 71287/23 v. 07/09/2023