ANEXO
Artículo 1.- DEFINICIÓN:
Entiéndase por Sistema de Atención de Emergencias “SAE 911 FEDERAL-GIS”
(“SAE 911 FEDERAL-GIS”) al paquete de software y sus licencias de base
correspondientes al Sistema de Atención de Emergencias SAE 911,
compuesto por diferentes módulos y tecnologías que integran servicios
de geolocalización de llamadas (endpoint-AML), videollamada, gestión de
denuncias y exposiciones policiales, registro de cartas vinculadas a
delitos federales, servicios de auditoría, interconexión a través de
APIs, entre otros, cuya infraestructura y nodo central están bajo la
responsabilidad y supervisión del área técnica respectiva a la
Superintendencia Federal de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones de la Policía Federal Argentina (PFA).
Artículo 2.- DESIGNACIÓN DE
ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO: Los titulares de las Carteras de
Seguridad de los gobiernos provinciales, que hayan adherido mediante
convenio con el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, así como las
máximas autoridades de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales
que requieran la cesión de uso del “SAE 911 FEDERAL-GIS”, para la
implementación de su nodo propio, deberán designar un agente como único
ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR (ETyA) entre la institución y este
MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Artículo 3.- SOLICITUD DE
CESIÓN DE USO: La solicitud de cesión de uso del “SAE 911 FEDERAL-GIS”
y la designación a la que refiere el artículo 2° se llevará a cabo por
medio de una comunicación oficial suscripta por la máxima autoridad de
la institución, dirigida a el/la titular de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Y POLÍTICA CRIMINAL (SSYPC) de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, en la cual
informará el nombre y apellido de la persona designada, DNI, CUIL/CUIT,
cargo, función o situación de revista, correo electrónico de contacto y
usuario GDE, en caso de corresponder.
Artículo 4.- RESPONSABLE DE
AUTORIZAR LA CESIÓN DE USO: El/ la titular de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL (SSYPC) será responsable de autorizar la
cesión de uso solicitada y notificar su decisión al ENLACE TÉCNICO Y
ADMINISTRADOR (EtyA) de la institución y al área técnica de la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA (PFA).
Artículo 5.- PLAN DE IMPLEMENTACIÓN PRELIMINAR (PIP): El ENLACE TÉCNICO
Y ADMINISTRADOR (EtyA) de la institución elevará a la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL (SSYPC) y al área técnica de la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA (PFA), responsable del nodo central del “SAE 911
FEDERAL-GIS”, un Plan de Implementación Preliminar (PIP). El PIP deberá
contener como mínimo:
a. Una exposición clara de la infraestructura edilicia, hardware y comunicaciones disponible para ser desplegada en el nodo.
b. La cantidad y tipo de puestos de trabajo, orientación o atención previstos.
c. Los recursos humanos a afectar en la etapa de implementación y luego en la de operación.
d. Cronograma tentativo de implementación con asistencia del nodo
central, con una duración mínima de UN (1) mes y máxima de SEIS (6)
meses, detallando las tareas requeridas de cooperación y asistencia
técnica, el período de prueba (incluido dentro de la duración general)
y los criterios de aceptación e indicadores para la conformidad final
sobre la etapa.
Artículo 6.- PLAN DE
IMPLEMENTACIÓN DEFINITIVO (PID): El área técnica de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA (PFA), responsable del nodo central del “SAE 911
FEDERAL-GIS”, evaluará la factibilidad de prestar en tiempo y forma las
tareas de asistencia y/o cooperación técnica requeridas en el PLAN DE
IMPLEMENTACIÓN PRELIMINAR (PIP). En caso de ser positiva, aprobará el
documento como PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEFINITIVO (PID), notificará al
ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR (EtyA) y a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y
POLÍTICA CRIMINAL (SSYPC) y se abocará a su ejecución en conjunto y de
manera articulada con el ETyA.
Artículo 7.- PROVISIÓN Y CESIÓN
DE USO A TÍTULO GRATUITO DEL SOFTWARE. El área técnica de la
SUPERINTENDENCIA FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIONES DE LA POLICÍA FEDERAL (PFA), responsable del nodo
central del “SAE 911 FEDERAL-GIS”, asegurará la disponibilidad y el
funcionamiento del nodo principal y del servicio en general de la
plataforma. Asimismo, en el marco de la ejecución de los planes de
implementación aprobados o de los convenios de cooperación y asistencia
técnica suscriptos por las jurisdicciones donde se constituirán los
nodos, facilitará la provisión y cesión de uso a título gratuito del
software y de las licencias de base, la provisión de manuales de
instalación, de operación y de usuarios necesarios para la
implementación del nuevo nodo, así como las acciones de capacitación
técnica o de transferencia de conocimiento acordadas y las
correspondientes a la actualización de las versiones del “SAE 911
FEDERAL-GIS”, mientras dure la vigencia de los acuerdos para la
implementación nodos en cuestión.
Artículo 8.- RESPONSABLE
INSTITUCIONAL DEL NODO CENTRAL. El ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR
(EtyA) será el responsable institucional del nodo, comprometiéndose al
uso compartido de la información recibida a través de los llamados al
SAE 911 y en un todo de acuerdo con los instrumentos que a tal fin de
suscriban. En particular se compromete a la transmisión en forma
inmediata al nodo central del “SAE 911 FEDERAL-GIS” de la Policía
Federal Argentina (PFA) de todas las cartas de delitos federales
recibidas por la central o los puestos de atención del nodo local,
tales como narcotráfico, delitos de lesa humanidad, evasión fiscal,
contaminación ambiental, trata de personas, secuestros extorsivos,
contrabando, crimen organizado, delitos contra la libertad de
expresión, delitos en materia de derechos de autor y propiedad
industrial, tráfico de piezas arqueológicas, delitos electorales, ley
de marcas, falsificación de moneda, delitos contra la administración
pública, lavado de activos, etc.
Artículo 9.- ACTA DE CIERRE DE
IMPLEMENTACIÓN. Finalizado el PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEFINITIVO (PID),
el ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR (EtyA) y el área técnica de la
POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (PFA), responsable del nodo central, labrarán
un Acta de Cierre de Implementación. Dicha acta tendrá como finalidad
formalizar los acuerdos sobre términos de uso y confidencialidad de la
información y protección de datos personales exigidos en relación con
el “SAE 911 FEDERAL-GIS”.
Asimismo, se incorporarán en el Acta de Cierre de Implementación las
medidas de protección de la integridad del software, en relación con la
prohibición de introducir modificaciones, alteraciones, efectuar
acciones de ingeniería inversa, introducir malware y/o cualquier otro
mecanismo y/o acción u omisión que desnaturalice o vulnere los términos
de uso y confidencialidad. La Institución implementadora, a través de
su ENLACE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR (EtyA), se compromete a mantener este
vínculo y a no efectuar ninguna modificación al Software “SAE 911
FEDERAL-GIS” o sus componentes. La copia del Acta de Cierre de
Implementación será remitida a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA
CRIMINAL (SSPYC) de este Ministerio.
Artículo 10.- ADMINISTRACIÓN
TÉCNICA DEL SISTEMA. LA SUPERINTENDENCIA FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES DE LA POLICÍA FEDERAL (PFA) supervisará y
será responsable del cumplimiento de los términos de la presente y, en
particular, en lo relacionado con la observancia de los compromisos,
políticas, términos, condiciones de uso y de confidencialidad del
presente Sistema a través de auditorías o prácticas de seguimiento o
control que lleve a cabo, debiendo informar periódicamente los
resultados de sus controles a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA
CRIMINAL (SSPYC).