MESA INTERMINISTERIAL SOBRE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Decisión Administrativa 750/2023
DECAD-2023-750-APN-JGM - Creación.
Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-79168904-APN-CGD#SGP, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992)
y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019
y sus modificatorios, 124 del 21 de febrero de 2021 y sus respectivas
normas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, entre las
atribuciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS está la de
coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y de las
distintas áreas a su cargo, realizando su programación y control
estratégico, con el fin de obtener coherencia en el accionar de la
administración e incrementar su eficacia.
Que mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios -a través del
cual se aprobaron el Organigrama de Aplicación de la Administración
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría (ANEXO I) y los
Objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en dicho
organigrama (ANEXO II)- se estableció entre los referidos objetivos de
la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el
de “Participar en las iniciativas críticas del sector público relativas
al uso de las tecnologías para el desarrollo de la economía del
conocimiento, tales como la inteligencia artificial, las cadenas de
bloques y otros proyectos que contribuyan a consolidar la soberanía
tecnológica argentina, en coordinación con las áreas con competencia en
la materia”.
Que, sentado ello, cabe recordar que la creciente incorporación de las
aplicaciones habitualmente llamadas de Inteligencia Artificial
representa uno de los cambios socio-tecnológicos más relevantes del
siglo XXI debido tanto al potencial que traen aparejadas para la
transformación de la producción y del trabajo, así como a las profundas
consideraciones éticas que plantea su implementación.
Que, al respecto, procede destacar que la citada Secretaría ha
desarrollado distintos cursos de acción relacionados con la cuestión a
través del Consejo Económico y Social, el que según lo dispuesto por el
Decreto N° 124/21 funciona en la órbita de aquella.
Que, por ello, se estima oportuno instituir un espacio de diálogo y
análisis en el que se examine el impacto que la Inteligencia Artificial
puede generar sobre la realidad socio-económica de nuestro país,
considerando no solo las ventajas de su incorporación en la actividad
privada o en la gestión de las políticas públicas, sino también los
nuevos riesgos o consecuencias negativas para personas concretas o para
la sociedad en su conjunto.
Que disponer de diagnósticos más precisos y avanzar en la elaboración
de los marcos regulatorios necesarios para minimizar los impactos no
deseados de la Inteligencia Artificial -ponderando a tal fin la
experiencia que registran otros países- constituye una prioridad a la
hora de garantizar que la tecnología aludida, adecuadamente abordada,
abra nuevas oportunidades al desarrollo nacional.
Que, en ese sentido, resulta procedente crear la Mesa Interministerial
sobre Inteligencia Artificial en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que se considera pertinente contar con la colaboración de la SECRETARÍA
DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en la
coordinación de la Mesa referida, a tenor de lo hasta aquí expresado.
Que la citada Mesa Interministerial estará integrada por las siguientes
jurisdicciones: la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, el MINISTERIO DE DEFENSA, el
MINISTERIO DE ECONOMÍA, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO
DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, asimismo, se podrá invitar a otros actores del sector público y
del sector privado cuando resulte menester para enriquecer el debate,
considerando los temas específicos que en cada caso se traten.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.
Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Créase la Mesa Interministerial sobre Inteligencia
Artificial en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como
ámbito transversal para abordar el avance y aplicación de la
Inteligencia Artificial en diversos sectores de la economía y de la
sociedad, de conformidad con un marco ético, de desarrollo sostenible y
de transformación digital, y con la finalidad de diseñar una estrategia
integral al respecto para ser aplicada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
ARTÍCULO 2°.- La Mesa Interministerial sobre Inteligencia Artificial
creada por el artículo 1° de la presente será presidida por la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y coordinada, de manera conjunta, con la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, las que adoptarán las medidas necesarias para su
funcionamiento.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa 899/2024 B.O. 24/9/2024. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
ARTÍCULO 3°.- La Mesa Interministerial sobre Inteligencia Artificial
estará integrada por las siguientes jurisdicciones: la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE DEFENSA, el MINISTERIO DE
ECONOMÍA, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE
SEGURIDAD, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el MINISTERIO DE JUSTICIA,
el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS y la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Decisión Administrativa 899/2024 B.O. 24/9/2024. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
ARTÍCULO 4º.- La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, ambas dependientes de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de Órganos Coordinadores,
podrán invitar a participar de la Mesa Interministerial a otras
jurisdicciones, entidades públicas y/o privadas, y quedan facultadas
para aceptar las propuestas que presente cualquier entidad
especializada en la materia, o que tuviere algún interés en ella.
(Artículo sustituido por art. 3° de la Decisión Administrativa 899/2024 B.O. 24/9/2024. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Eduardo Enrique de Pedro
e. 08/09/2023 N° 71779/23 v. 08/09/2023