ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 727/2023
RESFC-2023-727-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45592662-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 de Parques
Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, y sus
modificatorias y Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 647 de fecha 16 de
septiembre de 2022, la Resolución Conjunta RESFC-2023-9- APN-APNAC#MAD
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, de fecha 14 de abril de 2023 y la Resolución
RESFC-2023-387-APN-D#APNAC del Directorio, de fecha 24 de mayo de 2023,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, de fecha 14 de abril de 2023. se aprobó el RÉGIMEN DE
SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del “AGRUPAMIENTO DE
CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y DEL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE
GUARDAPARQUES NACIONALES”, de conformidad con lo previsto en el
Artículo 29 del referido CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL para
el PERSONAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES contenido en el
Anexo I al Decreto Nº 647 de fecha 16 de septiembre de 2022.
Que, mediante la Resolución RESFC-2023-387-APN-D#APNAC del Directorio,
de fecha 24 de mayo de 2023, se dio por iniciado el proceso para la
cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados de la
planta permanente Categoría Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE
CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES,”
PRIMER LLAMADO, de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE que fueren detallados en el Anexo obrante como
documento IF-2023-55791997-APN-DCYD#APNAC de la referida Resolución.
Que conforme el Artículo 3º de la Resolución precitada se designaron
los integrantes del Comité de Selección para la cobertura de los cargos
mencionados, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Régimen
de Selección aprobado por la Resolución Conjunta
RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de la Secretaría de Gestión y Empleo Público
y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que mediante el documento IF -2023-102813595 -APN-DGRH#APNAC suscripta
por el Director General de Recursos Humanos, se han modificado los
integrantes del Comité de Selección propuestos por la Dirección a su
cargo, y por la Dirección de Capacitación a cargo de las Acciones en
materia de formación y capacitación del Curso de Habilitación para
ambos agrupamientos.
Que por cuestiones operativas corresponde rectificar el Anexo obrante
como documento IF-2023-56779762- APN-DCYD#APNAC contenido en la
Resolución RESFC-2023-387-APN-D#APNAC del Directorio, de fecha 24 de
mayo de 2023, a través del documento IF-2023-102816304-APN-DCYD#APNAC.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de Carrera han tomado las intervenciones de
sus competencias. Que la presente medida se dicta en virtud de las
facultades conferidas por el Artículo 23, inciso i) e u) de la Ley Nº
22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el Anexo obrante como documento
IF-2023-56779762-APN-DCYD#APNAC contenido en el Artículo 3º de la
Resolución RESFC-2023-387-APN-D#APNAC del Directorio, de fecha 24 de
mayo de 2023, a través del documento IF-2023-102816304-APN-DCYD#APNAC,
de acuerdo con lo expuesto en los Considerandos de la presente, que
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la
UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD, al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las
actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2023 N° 72564/23 v. 12/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)