ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 559/2023
RESOL-2023-559-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-85216470-APN-ANAC#MTR los Decretos N°
1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y N° 1.770 de fecha 29 de
noviembre de 2007, la Parte 135 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL (RAAC), la Resolución N° 506 de fecha 25 de agosto de
2023 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta
de enmienda de la Parte 135 “Requerimientos de operación: operaciones
no regulares internas e internacionales” de las REGULACIONES ARGENTINAS
DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que la propuesta de enmienda tiene por objetivo modificar las RAAC
Parte 135 para introducir las enmiendas del Anexo 6 de la ORGANIZACIÓN
DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), las sugerencias de la auditoria
del Programa Universal de Auditoría de la Vigilancia de la Seguridad
Operacional, por sus siglas en inglés USOAP de la OACI y mejoras
obtenidas a partir de su implementación.
Que de conformidad con las obligaciones asumidas en virtud del Convenio
sobre Aviación Civil Internacional se elaboraron estas enmiendas sobre
la base de un análisis y una evaluación cuidadosa de los Anexos de la
OACI.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de esta
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha tomado la
intervención de su competencia, analizando la factibilidad técnica a
través de sus áreas competentes.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado
la intervención que le compete.
Que se ha cumplimentado lo establecido en la Resolución ANAC N° 506 de fecha 25 de agosto de 2023.
Que, en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración
Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3
de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad que los sectores
interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y
propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los Decretos N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y N° 1.770 de
fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas respecto de la Parte 135 “Requerimientos de
operación: operaciones no regulares internas e internacionales” de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), que como ANEXO
IF-2023- 105792425-APN-DNSO#ANAC, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta QUINCE
(15) días corridos a contar de la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL de la presente medida, los que deberán ser dirigidos a la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en la
Calle Balcarce 290 (C1064AAF) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y
Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión (UPYCG) de la ANAC para llevar el registro de las
presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al
Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilitase la
casilla de correo “normaer@anac.gob.ar” a los efectos de recibir los
comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 4°. Póngase a disposición de los interesados por un plazo de
QUINCE (15) días corridos en la página “web” institucional, cumplido,
vuelva al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos
Internos de la UPYCG de la ANAC.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL, y
cumplido archívese.
Paola Tamburelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/raac-dnar-regulaciones-argentinas-de-aviacion-civil
e. 12/09/2023 N° 72643/23 v. 13/09/2023