MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Resolución 1870/2023

RESOL-2023-1870-APN-SENNAF#MDS

Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2023

VISTO el EX-2023-69923866-APN-DNGYDI#SENNAF, Ley N° 27.709 de creación del plan federal de capacitación sobre derechos de niñas, niños y adolescentes, los Decretos N° 253/2023 y 360/2023 y la Decisión Administrativa N° 723/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la implementación del PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES impulsado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN.

Que la Ley Nº 27.709 creó el Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio, en derechos de los niñas, niños y adolescentes, destinado a las personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado Nacional, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Que en el artículo 4 de la mencionada ley se estableció que la autoridad de aplicación es la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, ente rector en las políticas de infancia, adolescencia y familia, conforme lo establece el artículo 44, inciso i), de la Ley Nacional Nº 26.061 y, por lo tanto, resulta de su competencia establecer el correspondiente procedimiento.

Que, asimismo, la Decisión Administrativa N° 723/2020 que aprobó la estructura organizativa de esta SECRETARÍA NACIONAL, estableció responsabilidades primarias y acciones por cada área.

Que, conforme al Anexo II de la Decisión Administrativa mencionada, le corresponde a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL “promover el conocimiento acerca de la situación de la infancia, adolescencia, adultos mayores y familias, como así también de las políticas públicas orientadas a su protección integral. Coordinar y supervisar programas de carácter nacional destinados a desarrollar políticas de niñez, adolescencia y familia que procuren mejorar los niveles técnicos y de gestión de las instituciones gubernamentales”.

Que, conforme a la decisión administrativa mencionada y en el marco de las funciones de la SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, le corresponde a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DESARROLLO INSTITUCIONAL establecer un procedimiento administrativo de homologación de propuesta pedagógica y brindar a los sujetos obligados por la normativa citada los lineamientos que deben tener en cuenta para la elaboración de los programas de capacitación.

Que, en este contexto, se establecieron los contenidos mínimos del primer curso del Plan Federal de Capacitación, en articulación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (COFENAF), acordándose en las sucesivas sesiones del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia aprobar y revisar de manera periódica los contenidos de los cursos subsiguientes, que conformarán el Plan Federal de Capacitación Integral (art 9 Ley Nº 27.709).

Que, en efecto, el procedimiento institucional que se aprueba por el presente acto administrativo establece los pasos y requerimientos para la evaluación del contenido de los programas y su posterior acreditación; como así también, la homologación de los contenidos mínimos establecidos por esta Secretaría Nacional.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL propicia el dictado del presente acto.

Que la DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DELEGACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.061, Ley N° 27.709 y los Decretos Nros. 50/19, 69/19 y 360/2023.

Por ello,

EL SECRETARIO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE HOMOLOGACIÓN DE PROPUESTAS PEDAGÓGICAS y los LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROPUESTAS DE CAPACITACIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 27.709, que como Anexo I (IF-2023-99405400-APN-DNGYDI#SENNAF) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que dicha CAPACITACIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 27.709 funcionará en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL de esta SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, se imputará al Programa 45 del ejercicio presupuestario correspondiente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriel Lerner

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/09/2023 N° 72148/23 v. 12/09/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO

REFERENCIA: ANEXO - Implementación Ley 27.709 Plan Federal de Capacitación sobre derechos de niños, niñas y adolescentes.

OBJETIVO

El Plan Federal de Capacitación sobre derechos de niñas, niños y adolescentes tiene como objetivo formar -en los términos de la Ley N° 27.709 y su Decreto reglamentario N° 360/2023- a las personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado nacional, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

También serán destinatarios agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración que se lleven a cabo con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley N°27.709.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Generar espacios formativos dirigidos a integrantes del sistema de protección de derechos para que cuenten con mejores herramientas de conocimiento e intervención que propicien la garantía y protección de derechos de infancias y adolescencias.

• Brindar una capacitación en contenidos y estrategias para detectar e intervenir en situaciones de violencia hacia niños, niñas y adolescentes.

• Capacitar en pos de la desnaturalización de la violencia hacia las niñas, niños y adolescentes como forma de crianza y disciplinamiento.

• Sensibilizar a los distintos actores que componen el Sistema de Protección de Derechos y a la ciudadanía en general sobre la importancia del cuidado y crianzas libres de violencias.

RESPONSABLE DE LA IMPLEMENTACIÓN

Será responsable de la implementación del Plan Federal Crecer con Derechos, de capacitación sobre derechos de niñas, niños y adolescentes, la Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Asimismo, dicha dirección será responsable del monitoreo y generación de información de la implementación del Plan, tal como se establece en el art. 10° de la ley 27.709.

ALCANCES

La capacitación será brindada en todos los niveles, jerarquías, funcionarios y funcionarías de los organismos públicos nacionales. Se priorizará a los organismos o dotaciones de agentes cuyas labores tengan incidencia directa en el respeto del goce efectivo de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La SENAF podrá suscribir convenios con distintos organismos gubernamentales, Estados subnacionales, universidades nacionales, y organizaciones sociales para las distintas instancias de capacitación.

CONTENIDOS

La SENAF estableció los contenidos mínimos del primer curso del Plan federal de Capacitación, en articulación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (COFENAF). Los mismos fueron acordados en la sesión N° 46 del COFENAF.

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2021/08/acta sesión ndeg 46 - consejo federal de ninez adolescencia y familia.pdf

En las sucesivas sesiones del Consejo federal de Niñez, Adolescencia y Familia se aprobarán y revisarán de manera periódica los contenidos de los cursos subsiguientes, que conformarán el Plan federal de Capacitación Integral (art 9° ley 27.709).

MONITOREO Y EVALUACIÓN

El Plan Federal Crecer con Derechos tiene previsto el desarrollo de un sistema de seguimiento y aprendizajes que le permita reflexionar con evidencia acerca de sus procesos, resultados e impactos, así como también disponer de alertas, tomar decisiones para la mejora continua y comunicar sus logros tanto a los ámbitos y sectores involucrados, como a la sociedad en su conjunto.

A nivel institucional, el monitoreo tendrá una modalidad centralizada, y está previsto que comience a funcionar en simultáneo a la puesta en marcha del Plan Federal de Capacitación.

En cuanto a sus funciones principales, comprenderá las siguientes:

a) Monitoreo: consiste en el proceso sistemático de recopilar datos e información sobre la implementación del Plan. Se dirige a verificar si las actividades planificadas se ejecutaron, en qué medida, si se lograron las metas previstas, en qué condiciones y cuáles son los efectos logrados a partir de su puesta en marcha;

b) Evaluación: proporcionará una valoración más exhaustiva, concentrada en determinar la efectividad, eficiencia y relevancia de la implementación y de los resultados e impactos; y finalmente,

c) La función de aprendizaje incorpora los dos propósitos anteriores, conformándose en un espacio de desarrollo de capacidades, debate y de toma de decisiones para la mejora del Plan Federal en base a los resultados ofrecidos por el monitoreo y la evaluación.

CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE HOMOLOGACIÓN DE PROPUESTAS PEDAGOGICAS

Cada propuesta de formación presentada por los diferentes organismos será evaluada por el equipo técnico del Plan federal, perteneciente a la Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional de la SENAF. El mismo dará sus recomendaciones y sugerencias para que la propuesta se enmarque en lo establecido por la ley 27.709.

Una vez consolidada la propuesta, se generará un expediente digital en el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) - o el que en el futuro lo suceda - para gestionar una resolución firmada por la autoridad máxima de la SENAF que acredite la propuesta de capacitación.

La resolución establecerá los plazos de vigencia de los contenidos y requerirá a la contraparte la necesidad de enviar periódicamente informes de implementación.

DOCUMENTACIÓN

La propuesta pedagógica deberá ser enviada bajo un formato preestablecido y deberá estar firmada por su autoridad máxima.

Asimismo, deberán presentar la siguiente documentación:

Para organismos públicos / universidades

• Acta de designación de la autoridad.

• Copia del Documento de identidad del firmante del convenio.

Para organismos no gubernamentales

• Acta de designación de la autoridad.

• Copia del Documento de identidad del/los firmantes/s del convenio.

• Acta Constitutiva.

• Fotocopia autenticada del estatuto.

• Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.

• Estar acreditada ante el CENOC (Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social)

REFERENCIA GEOGRÁFICA

Alcance nacional.

PRESUPUESTO

Para la implementación del Plan Federal Crecer con Derechos se promoverá la creación de una meta presupuestaria específica dentro del Programa 45, que contemple las siguientes acciones:

• Capacitaciones con diversos organismos (provincias, universidades, organizaciones): pago de docentes, costos y/o matenimiento de plataformas, insumos y equipamiento informáticos, viáticos, refrigerios, impresión de cuadernillos, material de librería.

• Plataforma virtual SENAF: mantenimiento, actualizaciones de sistema. Tutores.

• Monitoreo: Contratación de licencias de software (por ejemplo, REDcap, power bi, atlas.ti). Recurso humano para relevar, procesar, analizar datos, elaborar informes.

• Campaña de sensibilización: producción de materiales audiovisuales, impresión de materiales gráficos, pago de espacios publicitarios.

Se deja constancia de que las mencionadas acciones estarán contemplarán tanto desde el inciso 5 como del inciso 3.

IF-2023-99405400-APN-DNGYDI#SENNAF