MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1278/2023
RESOL-2023-1278-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-27968755- -APN-DGD#MC, el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal de Orquestas, Coros y
Ballet Nacionales, homologado por Decreto Nº 669 de fecha 30 de
septiembre de 2022, la Resolución Nº 428 de fecha 21 de abril de 2023
del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. Nº 428/23 (RESOL-2023-428-APN-MC) se
autorizó al CORO POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS “CARLOS ROBERTO
LARRIMBE”, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, a realizar un llamado a concurso
para cobertura de la Función vacante de Jefe de Cuerda Soprano.
Que el Concurso referido se llevó a cabo conforme lo establecido en el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal de Orquestas,
Coros y Ballet Nacionales, homologado por el Decreto Nº 669/22 y lo
dispuesto por la Resolución M.C. Nº 428/23.
Que mediante Acta identificada como Informe Gráfico Nº
IF-2023-77179806-APN-DNEE#MC, el Jurado del proceso se expidió
resolviendo declarar desierta la función, por no cumplir ninguno de los
aspirantes con las condiciones requeridas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta con arreglo a lo dispuesto por el
Decreto Nº 355/17 y su modificatorio Decreto Nº 859/18, y de acuerdo
con las normas establecidas por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial mencionado, homologado por el Decreto Nº 669/22.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declarar desierto el concurso convocado por el CORO
POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS “CARLOS ROBERTO LARRIMBE”, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL, para la cobertura de la Función de Jefe de Cuerda Soprano,
Rol 4, del agrupamiento músico cantante, cuyo llamado fuera autorizado
mediante Resolución M.C. Nº 428/23 (RESOL-2023-428-APN-MC).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tristán Bauer
e. 14/09/2023 N° 73421/23 v. 14/09/2023