MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1383/2023

RESOL-2023-1383-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2023

VISTO el EX-2022-69220707- -APN-DGD#MT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.2004), y

CONSIDERANDO:

Que en páginas 7 y 11 del RE-2022-122965644-APN-DGD#MT del EX-2022-69220707- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo y anexo celebrados entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA -Seccional Villa Constitución-, por la parte sindical y la empresa NOVOBRA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), ratificado por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA -Central-, en el RE-2022-126662713-APN-DGD#MT de autos.

Que a través del presente se establece el pago de una suma extraordinaria, por única vez, conforme surge de los términos y condiciones allí previstos.

Que el Anexo I obrante en páginas 8/10 del RE-2022-122965644-APN-DGD#MT, no quedará incluido dentro de los alcances de la presente homologación, atento a su naturaleza plurindividual.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, en relación con el carácter atribuido a la suma prevista en la cláusula segunda, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que los delegados de personal han ejercido la representación prevista en el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el acuerdo y anexo celebrados entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA - Seccional Villa Constitución, por la parte sindical y la empresa NOVOBRA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresaria, que lucen en páginas 7 y 11 del RE-2022-122965644-APN-DGD#MT del EX-2022-69220707- -APN-DGD#MT, conjuntamente con la ratificación de la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA -Central- obrante en el RE-2022-126662713-APN-DGD#MT de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro de los instrumentos identificados en el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y anexo homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/09/2023 N° 73551/23 v. 15/09/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)