PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO
PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO EN ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO CON VISTAS AL FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL Y LA
INSERCIÓN LABORAL - "INSERTAR"
BASES Y CONDICIONES
1. OBJETIVO
El PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO EN
ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO CON VISTAS AL
FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL Y LA INSERCIÓN LABORAL - "INSERTAR" (en
adelante "EL PROGRAMA") tiene como objetivo federalizar la industria de
la Economía del Conocimiento mediante la generación de empleo en todo
el territorio argentino.
2. BENEFICIOS
Se otorgarán Aportes No Reembolsables (ANR) a las empresas que resulten
beneficiarías conforme lo previsto en el punto 5 de las presentes Bases
y Condiciones, por cada trabajadora o trabajador contratado por tiempo
indeterminado y a jornada completa, hasta el cupo acordado de nuevas
contrataciones y hasta dos salarios mínimos vitales y móviles por
persona y por mes, los que serán determinados en cada convocatoria para
cada provincia, en base a lo aprobado por el Comité Ejecutivo del Fondo
Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).
El "mes base" que se tomará como referencia será el que se establezca
en cada Convocatoria en función del período de incorporaciones a ser
considerado. Cada cupo dará derecho a gozar de un Aporte No
Reembolsable (ANR) de hasta SEIS (6) pagos mensuales consecutivos por
cada trabajadora o trabajador, pudiendo financiar hasta el 50% del
salario bruto de cada trabajadora o trabajador, con un tope de hasta
dos salarios mínimos vitales y móviles, que en ningún caso se extenderá
a períodos posteriores al mes de DICIEMBRE DE 2025, fecha en la cual
finalizará EL PROGRAMA, condicionado a la incorporación de un
trabajador o trabajadora.
La incorporación de la nueva trabajadora o el nuevo trabajador deberá
producir un incremento neto de la dotación de personal contratada por
tiempo indeterminado, localizada en las provincias participantes y
también en la dotación total de la empleadora o del empleador.
Se considerará incremento neto de la nómina de personal al que surja de
comparar la cantidad de trabajadores contratados y trabajadoras
contratadas, por tiempo indeterminado y a jornada completa, en el mes
devengado en que se imputa el beneficio respecto del período base que
se establezca en la convocatoria correspondiente.
La determinación del monto del beneficio por cada contratación se
efectuará en función de los montos máximos a establecer en cada
convocatoria en particular de cada provincia y en proporción a la
población de cada una de ellas, en base a lo aprobado por el Comité
Ejecutivo del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del
Conocimiento (FONPEC).
A fin de tramitar los beneficios, mensualmente las autoridades
provinciales y el Titular de la Unidad Ejecutora del Fondo Fiduciario
para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC) procederán
conforme el procedimiento descripto en el punto 7 de las presentes.
En ningún caso, la cantidad de Aportes No Reembolsables (ANR) a
desembolsar mensualmente por empresa podrá ser superior a la cantidad
de puestos de trabajo efectivamente creados que resultará de comparar
mensualmente la nómina del mes por el que corresponde el desembolso con
la nómina del mes base determinado por la convocatoria particular.
3. ADHESIÓN DE LAS PROVINCIAS
Las provincias que deseen participar del Programa deberán presentar
ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la solicitud de
adhesión conforme el modelo obrante en el Apéndice III de las presentes
Bases y Condiciones Generales.
4. BENEFICIARIOS
Podrán participar en EL PROGRAMA todas aquellas personas jurídicas
constituidas en la REPÚBLICA ARGENTINA, o que se hallen habilitadas
para actuar dentro de su territorio de acuerdo al régimen jurídico
vigente y que se encuentren dentro de la categoría de Micro, Pequeña y
Mediana empresa de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 220 de
fecha 12 de abril de 2019 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y
sus modificatorias y la Resolución N° 23 de fecha 31 de marzo de 2022
de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO o de la que en el
futuro la reemplace.
Además, las personas postuladas por los potenciales beneficiarios,
deberán acreditar la realización de por lo menos dos cursos ofrecidos
en la plataforma "CAPACITAR" únicamente de la temática de Economía del
Conocimiento.
Podrán acceder a los beneficios del Programa aquellas personas
jurídicas que cumplan con los requisitos en el párrafo anterior que
acrediten nuevas contrataciones en la nómina de trabajadores
registrados por tiempo indeterminado y a jornada completa, y que el
trabajador o trabajadora desempeñe sus tareas en las fechas que se
establezcan en las Convocatorias.
5. REQUISITOS DE ACCESO AL PROGRAMA
A los efectos de solicitar el acceso a los beneficios del Programa, las
empresas deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes
Bases y Condiciones Generales y en toda la normativa que resulte
aplicable, presentando ante los organismos provinciales que las
Convocatorias indiquen, la solicitud de acceso al Programa junto con la
documentación indicada en el marco de las Convocatorias específicas que
al efecto se establezcan.
La solicitud deberá efectuarse mediante la presentación de una
"Solicitud de Acceso al FONPEC", conforme los Apéndices I y II de la
presente, completados debidamente, informando la nómina de trabajadores
y trabajadoras al momento de la presentación de la solicitud,
conjuntamente con la siguiente documentación:
• Copia del Contrato Constitutivo y/o Estatuto vigente con todas las
modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente
inscriptos ante el Registro Público correspondiente a su domicilio,
certificada y legalizada según corresponda.
• Copia del acta de designación de autoridades vigentes y distribución
de cargos, inscriptas en el registro correspondiente o Poder vigente
del/de los apoderados/s debidamente certificado y legalizado.
• Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y constancia de la
Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del representante
legal que efectúa la presentación o del apoderado.
• Último balance contable certificado y legalizado por autoridad correspondiente, en los casos que corresponda.
• Constancia de Inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
• Declaración Jurada del Formulario 931 presentada ante la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), del mes considerado
como "período base", el cual será definido en cada convocatoria, con su
respectivo acuse de presentación y nómina asociada obtenida del mismo.
• Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de titularidad del
solicitante acreditando tipo y número de cuenta, certificada por
entidad bancaria.
• Constancia del Registro Público de Empleadores con Sanciones
Laborales (REPSAL) donde se acredite que la empresa solicitante no
posee sanciones.
• Formulario de alta de cliente y prevención de lavado de activos -
BICE FIDEICOMISOS S.A., el que deberá ser suscripto por representante
de la empresa con facultades suficientes.
• Alta temprana de la/s contratación/es ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y /o Bajas, según corresponda.
• Documento de formalización de Aporte No Reembolsable (ANR) con la
información completa, suscripto por el representante legal o apoderado
con facultad suficiente del solicitante. Se deja constancia que en todo
lo referido a los legajos de los beneficiarios se tendrá en cuenta el
marco regulatorio de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF),
especialmente de la Resolución N° 140 de fecha 10 de agosto de 2012 y
concordantes de esa Unidad.
• Certificado MiPyME vigente según lo establecido en la Resolución N°
220/19 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA y sus modificatorias.
6. PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO
La solicitud deberá presentarse ante el organismo provincial que se
determine en cada Convocatoria particular que la Provincia dicte al
efecto.
El organismo provincial realizará una primera verificación de la
información recibida por parte de las empresas interesadas en acceder
al programa, requerirá la documentación faltante, en caso de
corresponder.
En caso de no subsanarse la presentación en el plazo de CINCO (5) días
hábiles de que fuera notificada, la solicitud será tendrá por desistida.
Concluido el análisis referido precedentemente, y estando completa toda
la documentación requerida, el organismo provincial remitirá al Titular
de la Unidad Ejecutora del Fondo Fiduciario para la Promoción de la
Economía del Conocimiento (FONPEC), la documentación presentada
juntamente con el informe de evaluación de las solicitudes.
El Titular de la Unidad Ejecutora evaluará las solicitudes, como así
también la documentación presentada y procederá a realizar un informe
técnico consolidado en relación a la totalidad de las presentaciones
efectuadas en el marco de la convocatoria. Dicho informe técnico deberá
indicar las empresas que hubieran cumplimentado los requisitos y
recomendará la aprobación o rechazo.
El Informe técnico referido precedentemente será puesto en
consideración del Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario para la
Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).
El Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario para la Promoción de la
Economía del Conocimiento (FONPEC) procederá a aprobar o rechazar las
solicitudes y enviará al fiduciario la instrucción y el detalle de los
cupos asignados. El Fiduciario, por su parte, corroborará los
documentos de formalización de los Aportes No Reembolsables (ANR), y
realizará las acciones necesarias a fin de comenzar con la
instrumentación del beneficio y proceder al primer desembolso del
Aportes No Reembolsables (ANR), en caso de corresponder. Si detectara
error u omisión en los mencionados documentos deberá informarle al
Titular de la Unidad Ejecutora del Fondo Fiduciario para la Promoción
de la Economía del Conocimiento (FONPEC), para que remita la
información a los organismos provinciales a fin de que soliciten a las
empresas la subsanación de los mismos.
La BENEFICIARIA deberá realizar la contratación de los beneficiarios;
abonar mensualmente el salario de los trabajadores contratados;
presentar mensualmente ante el gobierno provincial comprobante de
el/los depósitos de la retribución realizados, así como del pago de los
aportes y contribuciones correspondientes y toda otra documentación que
fuera establecida en las bases y condiciones correspondientes a la
convocatoria.
7. TRAMITACIÓN DEL BENEFICIO MENSUAL
A los fines de efectivizar mensualmente los desembolsos a las empresas
DESTINATARIAS, deberán presentar ante el Organismo Provincial:
- Comprobante del pago de las retribuciones, así como del pago de los aportes y contribuciones correspondientes;
- Formulario 931 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) del mes cuya liquidación se tramita.
De dicho Formulario, el Organismo Provincial corroborará mensualmente
que las incorporaciones de personal sujetas a beneficio presentadas en
períodos anteriores se mantienen en la nómina de personal y la no
disminución de la nómina respecto del mes base.
En caso de verificarse la baja de trabajadores y/o trabajadoras
contratados/as en el marco del Programa, o su incorporación al Programa
Jóvenes y MiPyMEs, se darán de baja los beneficios correspondientes a
esas contrataciones.
De no mediar observaciones por parte del organismo Provincial, éste
informará a la Unidad Ejecutora para que la misma instruya al
Fiduciario al correspondiente pago.
8. SEGUIMIENTO MENSUAL
Dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos de cada mes, a fin de
llevar a cabo un control y seguimiento del Programa, el fiduciario
remitirá a la Autoridad de Aplicación del Fondo Fiduciario para la
Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC) una rendición de
cuentas donde se detalle los desembolsos efectuados en el marco del
Programa y cantidad de beneficios (ANR) otorgados.
9. INSTANCIAS DE CONTROL
La SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO por sí o a través de sus dependencias, el organismo
Provincial, así como BICE FIDEICOMISOS S.A., en su carácter de
Fiduciario del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del
Conocimiento (FONPEC), deberán efectuar auditorías integrales para
corroborar el cumplimiento de los objetivos del programa, las que
podrán incluir relevamientos en las dependencias de las empresas
destinatarias en caso de considerarse necesario.
10. PLAZOS
Todos los plazos se computarán en días hábiles administrativos, salvo
que en estas Bases y Condiciones Generales se disponga expresamente lo
contrario.
11. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán válidamente por cualquiera de
los siguientes medios indistintamente, excepto para aquellos supuestos
en los que se prevea un medio de notificación específico: a) Plataforma
"Trámites a Distancia" (TAD); b) Correo electrónico informado por el
beneficiario; y c) Cualquier otro medio de notificación fehaciente que
al efecto disponga la Autoridad de Aplicación del Programa y/o el
Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía
del Conocimiento (FONPEC).
12. CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA
Toda la documentación presentada por las empresas en el marco del
Programa se considerará efectuada con carácter de declaración jurada en
los términos del Artículo 109 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos, Decreto N° 1.759/72 - T.O. 2017. La falta de veracidad
en la información y/o documentación presentada dará derecho a la
Autoridad de Aplicación del Programa a desestimar la solicitud y a
reclamar el reintegro de las sumas otorgadas en concepto de Aporte No
Reembolsable (ANR) más los intereses punitorios y compensatorios que
correspondiere.
13. EXCLUSIONES
No podrán adherirse al Programa aquellas empresas que:
a) Tuviesen deudas impositivas, previsionales, laborales y/o de la seguridad social exigibles.
b) Hayan sido declaradas en estado de quiebra en el supuesto en que no
se hubiere dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo
establecido en la Ley N° 24.522 y sus modificaciones.
c) Tuviesen representantes o directores condenados por cualquier tipo
de delito doloso, con penas privativas de la libertad o inhabilitación.
d) Tuviesen representantes o directores que desempeñen funciones
públicas en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL y
organismos descentralizados.
e) Tuviesen alguna sanción registrada en Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
f) No podrán requerirse beneficios en el marco del Programa respecto de
contrataciones que se encontraren gozando de Aportes No Reembolsables
(ANR) en el marco del Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (Programa Jóvenes y MiPyMEs), creado mediante la Resolución
Conjunta N° 4 de fecha 29 de abril de 2021 del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
como así también de cualquier otro Programa con beneficios similares al
presente.
14. INCUMPLIMIENTOS
En el caso de que una empresa beneficiaria con solicitud aprobada que
se encuentre percibiendo el beneficio omitiere la presentación de la
Declaración Jurada del Formulario 931 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y su correspondiente pago dentro de los plazos
de vencimiento previstos, se procederá a interrumpir el pago del/de los
beneficio/s hasta tanto el organismo Provincial informe el cumplimiento
de dicha presentación a la Unidad Ejecutora del Fondo Fiduciario para
la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).
En el caso de que esta situación no sea regularizada por el plazo de
DOS (2) meses consecutivos, se procederá a dar de baja el o los cupos
asignados.
Asimismo, el incumplimiento de alguno de los requisitos necesarios para
la continuidad del beneficio durante un plazo superior a DOS (2) meses
dará lugar a la pérdida de los cupos.
El incumplimiento del cronograma de contratación implicará la pérdida del cupo asignado no utilizado.
La baja de los cupos asignados en función de lo previsto en los
párrafos precedentes será determinada por el Comité Ejecutivo del Fondo
Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC)
en función de la información que mensualmente remita el titular de la
Unidad Ejecutora del mencionado Fondo Fiduciario.
Los incumplimientos a las previsiones dispuestas en las presentes Bases
y Condiciones generales y en las Bases y Condiciones Particulares que
surjan de las Convocatorias, incluido el requisito de no disminuir
nómina respecto del período base, darán lugar a la baja de los cupos
asignados.
La baja de los beneficios prevista en el párrafo anterior será
determinada por el Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario para la
Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), quien deberá
merituar la información recibida por el Titular de Unidad Ejecutora del
citado Fondo Fiduciario, los restantes organismos intervinientes y el
descargo efectuado por la empresa beneficiaría, el cual deberá ser
presentado dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificado el inicio
del procedimiento de baja.
APÉNDICE I
Solicitud de Acceso al Fondo Fiduciario para la Promoción de la
Economía del Conocimiento (FONPEC) Al (ORGANISMO PROVINCIAL DESIGNADO)
De mi mayor consideración:
.............................................................................,
en mi carácter de
..........................................................................................
de la firma
......................................................................,.................................................,
en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO
PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO EN ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO CON VISTAS AL FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL Y LA
INSERCIÓN LABORAL - "INSERTAR" presento la siguiente documentación:
• Memoria descriptiva de la empresa, indicando el propósito por el cual
se incorporará personal vinculado a actividades de la Economía del
Conocimiento, señalando el aporte que estos perfiles harán al
mencionado propósito.
• Copia del Contrato Constitutivo y/o Estatuto vigente con todas las
modificaciones existentes al día de la presentación debidamente
inscriptos ante el Registro Público correspondiente a su domicilio,
certificada y legalizada según corresponda.
• Copia del acta de designación de autoridades vigentes y distribución
de cargos, inscriptas en el registro correspondiente o Poder vigente
del/de los apoderado/s debidamente certificado y legalizado.
• Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y constancia de la
Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del representante
legal que efectúa la presentación o del apoderado.
• Último balance contable certificado y legalizado por autoridad correspondiente, en los casos que corresponda.
• Constancia de Inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
• Declaración Jurada del Formulario 931 presentada ante la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) del mes considerado
como "período base", con su respectivo acuse de presentación y nómina
asociada obtenida del mismo.
• Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de titularidad del
solicitante acreditando tipo y número de cuenta, certificada por
entidad bancaria.
• Constancia del Registro Público de Empleadores con Sanciones
Laborales (REPSAL) donde se acredita que la empresa solicitante no
posee sanciones.
• Certificado MiPyME vigente según lo establecido en la Resolución N°
220/19 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA y sus modificatorias.
• Formulario de alta de cliente y prevención de lavado de activos -
BICE FIDEICOMISOS S.A., el que deberá ser suscripto por representante
de la empresa con facultades suficientes. El/la/los/las firmantes
deberán adjuntar copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).
• Documento de formalización de Aporte No Reembolsable (ANR) con la información completa, suscripto por la empresa solicitante.
A su vez, informo los siguientes datos de la empresa que represento:
• Número de inscripción al Registro Pyme:
• Representante legal:
• Domicilio legal de la empresa:
• Domicilio del establecimiento productivo donde se incorporará el personal (indicar todos en el caso de que sea más de uno):
• Teléfono de contacto:
• Correo electrónico de contacto:
• Representante autorizado:
• Detalle de los perfiles que se incorporarán en el marco del Programa
indicando la cantidad a contratar. Asimismo, deberá informarse, la
cantidad total de personal existente en el periodo base, y la cantidad
de los perfiles mencionados a contratar
Asimismo, dejo constancia de que toda la documentación e información
presentada se realiza en carácter de declaración jurada,
comprometiéndome a informar todo cambio respecto de la misma en un
plazo que no exceda de los DIEZ (10) días hábiles de ocurrido o
conocido el mismo. Adicionalmente informo en carácter de declaración
jurada que la empresa, sus socios, directivos y representantes cumplen
con los requisitos establecidos por la normativa Programa y del Fondo
Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC)
para la obtención de los beneficios, no encontrándose alcanzados por
ninguna de las exclusiones para participar del presente Programa.
Finalmente, presto conformidad con la publicación de la información no
sensible de la empresa en el caso de que se otorgue el beneficio
solicitado.
APÉNDICE II
Alta de Trabajador o Trabajadora Al (ORGANISMO PROVINCIAL DESIGNADO)
De mi mayor consideración:
..............................................................................................................................................,
en mi carácter de
........................................................ de la
firma.....................................................................................................................en
el marco del
PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y GENERACIÓN DE
EMPLEO EN ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO CON
VISTAS AL FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL Y LA INSERCIÓN LABORAL -
"INSERTAR", bajo declaración jurada manifiesto que, se procederá a
contratar y dar de alta en la nómina de empleados de la empresa que
represento las siguientes:
*C.U.I.L. N°
*Fecha de Alta AFIP Categoría (Conforme Apéndice I)
Por la presente se deja constancia de que la empresa beneficiaria asume
la obligación de mantener las contrataciones realizadas en el marco del
Programa hasta la finalización del mismo.
Asimismo, se deja constancia de que las personas indicadas
anteriormente no se encuentran incorporados en el Programa Jóvenes y
MiPyMEs, creado mediante la Resolución Conjunta N° 4/21 del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del ex MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO y que la incorporación posterior dará lugar a la pérdida de
los beneficios otorgados en el marco del presente cuando se trate del
mismo trabajador o trabajadora. Se acompaña y como parte integrante del
presente, las constancias de Alta de AFIP de las C.U.I.L. que se
procedieron a contratar en el marco del Programa
APÉNDICE III
NOTA DE ADHESIÓN
A la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en mi carácter de Gobernador/a
de la Provincia de _________________________________ en el marco
del PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO EN
ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO CON VISTAS AL
FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL Y LA INSERCIÓN LABORAL - "INSERTAR".
Sobre el particular, se solicita la adhesión de la Provincia
_________________________________al mencionado Programa para nuevas
contrataciones de personal, dentro de las actividades promovidas que
realicen las Empresas que pudieran encuadrarse en los requisitos del
citado Programa y se presta conformidad con las actividades que en el
mismo se encomiendan a los organismos provinciales, asumiéndolas en lo
respectivo a la mencionada provincia en cabeza del Ministerio
_________________________________, obligándonos a adoptar las acciones
pertinentes a los efectos de:
- Recepción de la "Solicitud de Acceso al FONPEC", y de la
documentación indicada en el punto 5 de las Bases y Condiciones
Generales aprobadas como Anexo de la resolución de creación del
referido Programa.
- Análisis y verificación de la solicitud y documentación presentada
por la empresa, de acuerdo a los requisitos establecidos en las
mencionadas Bases y Condiciones Generales, y en caso de ser necesario
reclamar a la empresa requirente la documentación faltante.
- Confección de un Informe técnico con la evaluación de las solicitudes
presentadas, el que será remitido al Titular de la Unidad Ejecutora del
Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento
(FONPEC), mediante el Expediente
Electrónico creado al efecto mediante la Plataforma "Trámites a
Distancia" (TAD), correo electrónico o cualquier otro medio de
notificación fehaciente que al efecto disponga la Autoridad de
Aplicación del Programa y/o el Comité Ejecutivo del FONPEC, donde
consten las solicitudes presentadas por las empresas requirentes, junto
a la documentación acompañada.
- Notificación a las empresas requirentes del Acta del Comité Ejecutivo
del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento
(FONPEC) con la aprobación o rechazo de las solicitudes, a través del
mail de contacto aportado en la "Solicitud de Acceso al FONDEP". La
constancia de dicha notificación deberá ser incorporada al Expediente
Electrónico generado para la tramitación de las solicitudes.
- Recepción y verificación mensual de la documentación presentada por
las empresas, conforme el procedimiento descripto en el punto 7 de las
Bases y Condiciones generales.
- Análisis de las presentaciones mensuales de las empresas
beneficiarías y remisión de la misma al Titular de la Unidad Ejecutora
del Programa juntamente con un informe en el que se indicará la
estimación de los Aportes No Reembolsables (ANR) que entendamos
corresponde liquidar en función del análisis de la documentación
recibida por parte de la empresa, así como en aquellos supuestos en los
que la empresa beneficiaria no hubiere dado acabado cumplimiento a las
previsiones dispuestas y en los plazos determinados.
Por su parte, se informa que, a fin de tramitar su inscripción al
Programa y posteriormente tramitar los beneficios mensuales, las
empresas radicadas en la Provincia de ..................... deberán
presentar la documentación requerida en formato (físico en la mesa de
entradas sita en .................., en el horario de ...............
//// electrónico mediante la
plataforma.................................).
Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.
IF-2024-79231310-APN-DNFREC#MEC