MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 256/2023
RESOL-2023-256-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-84427349-APN-DGD#MOP, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N°438/92), las Resoluciones Nros.
31 y 32, ambas de fecha 5 de mayo de 2020, y 216 de fecha 10 de agosto
de 2023, todas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92), compete al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS asistir al
Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo
inherente a la política de obras públicas y a la política hídrica
nacional, así como también entender en el diseño y ejecución de planes
y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel
internacional, nacional, regional, provincial y municipal y en el
control de su cumplimiento.
Que resulta un eje central del Gobierno Nacional, trabajar en el
fortalecimiento continuo de las instituciones de la República,
promoviendo la transparencia y la eficiencia en el gasto en todos los
ámbitos donde desarrolla su actividad, mejorando el acceso a la
información, incrementando la participación y control ciudadano en las
decisiones públicas y promoviendo la adopción de nuevas tecnologías, a
fin de fortalecer las instituciones democráticas, dotarlas de mayor
legitimidad y confianza pública.
Que en esa línea, mediante la Resolución N° 31 de fecha 5 de mayo de
2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el OBSERVATORIO DE LA
OBRA PÚBLICA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, como un espacio
de participación interinstitucional destinado a contribuir a la
evaluación y mejora continua del marco normativo, de las prácticas,
herramientas y procedimientos de planificación, así como de la
contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que
lleve adelante el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sus entes
descentralizados y empresas.
Que, por su parte, por la Resolución N° 32 de fecha 5 de mayo de 2020
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobó el “Programa de
Fortalecimiento Institucional, Integridad y Transparencia del
Ministerio de Obras Públicas”, estableciéndose como una prioridad del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS avanzar en el diseño y puesta en marcha de
medidas concretas que permitan la implementación de buenas prácticas,
modelos institucionales y herramientas tecnológicas en materia de
planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras
públicas, propiciando la transparencia y el ejercicio del control
ciudadano, conforme a los más altos estándares nacionales e
internacionales en la materia.
Que en ese sentido, mediante la Resolución Nº 216 de fecha 10 de agosto
de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se convocó a los Gobiernos
Provinciales y Locales a la presentación de propuestas para la “Segunda
Edición del Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano
en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”, a fin de
reconocer e incentivar experiencias de participación y control
ciudadano en la Obra Pública, promovidas por los Gobiernos Provinciales
y Locales (Municipales y Comunas) y vinculadas a obras financiadas por
el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por el artículo 2º de la citada Resolución N° 216/23 del MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS se aprobaron las Bases y Condiciones del referido
Premio, detalladas en el Anexo I (IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP), que
forma parte integrante de la medida.
Que en el Punto 7. denominado “Fechas Destacadas” de las mencionadas
Bases y Condiciones se estableció el cronograma de implementación del
premio, previendo las siguientes etapas: 1) Lanzamiento del Premio, 2)
Postulación de experiencias, 3) Evaluación de experiencias, 4)
Publicación de resultados y 5) Entrega de premios.
Que resulta necesario modificar las fechas previstas para la
postulación de experiencias, su evaluación y para la publicación de
resultados y entrega de premios con el objeto de ampliar las instancias
y mecanismos de difusión del Premio, a fin de incrementar la
participación de los gobiernos provinciales y locales (municipios o
comunas) y sumar nuevas experiencias representativas del carácter
federal de esta iniciativa.
Que, en virtud de lo expuesto, se propicia la modificación del
cronograma previsto en el Punto 7 denominado “Fechas Destacadas” de las
Bases y Condiciones aprobadas como Anexo I
(IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP) de la Resolución Nº 216/23 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello,
El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Punto 7 “Fechas Destacadas” de las Bases y
Condiciones del “Premio Nacional a la Participación y el Control
Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”,
aprobadas como Anexo I (IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP) de la
Resolución Nº 216 de fecha 10 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“7. Fechas destacadas.
Lanzamiento del Premio: fecha de publicación de la resolución ministerial que aprueba la convocatoria.
Postulación de experiencias: hasta el 30 de septiembre de 2023 inclusive.
Evaluación de experiencias: octubre de 2023.
Publicación de los resultados: octubre de 2023.
Entrega de Premios: noviembre de 2023”
ARTÍCULO 2°.- Dispónese la difusión del nuevo Cronograma a través de la
Página Web Institucional del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
e. 18/09/2023 N° 74289/23 v. 18/09/2023