MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1392/2023
RESOL-2023-1392-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2023
VISTO el EX-2023-54344288- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 del RE-2023-54343336-APN-DGD#MT obra el acuerdo,
celebrado en fecha 05 de mayo de 2023, entre la UNION OBRERA
METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), Seccional Villa
Constitución, por la parte sindical, y la empresa SIAT SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado por la UNION OBRERA
METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), Entidad Central,
mediante RE-2023-55471558-APN-DGD#MT, conforme a lo establecido en la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de marras las partes pactan una gratificación
extraordinaria de pago único aplicable a los trabajadores alcanzados
por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, de acuerdo a la
vigencia y detalles allí previstos.
Que al respecto del carácter no remunerativo acordado por las partes a
las sumas pactadas, corresponde hacer saber a las mismas lo dispuesto
por el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la
representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo, celebrado entre la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), Seccional Villa
Constitución, por la parte sindical, y la empresa SIAT SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, que luce en las páginas 1/2 del
RE-2023-54343336-APN-DGD#MT, ratificado por la UNION OBRERA METALURGICA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), Entidad Central, mediante
RE-2023-55471558-APN-DGD#MT del EX-2023-54344288- -APN-DGD#MT, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro de los instrumentos identificados en el Artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 260/75.
ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo, acta complementaria de ratificación y de
esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/09/2023 N° 73568/23 v. 18/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)