MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 280/2023
DI-2023-280-APN-DNRNPACP#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2023
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 25 de
noviembre de 2016 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y
la Municipalidad de VILLA HUIDOBRO, provincia de CÓRDOBA (conforme
modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 538/16), y
CONSIDERANDO:
Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistema
informático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto a
la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a través
de los Registros Seccionales con jurisdicción en la Municipalidad de
VILLA HUIDOBRO, provincia de CÓRDOBA, aplicable respecto de los
trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad dictó la Ordenanza
Municipal Nº 988/2016 de fecha 31 de octubre de 2016, mediante la cual
autorizó al Intendente a suscribir el Convenio de Complementación de
Servicios con esta DIRECCIÓN NACIONAL.
Que con fecha 1 de noviembre de 2016 el INTENDENTE de la Municipalidad
de VILLA HUIDOBRO promulgó la mencionada Ordenanza Municipal Nº 988
mediante Decreto Municipal Nº 144.
Que por conducto del Decreto Municipal N° 150/2016 del 18 de noviembre
de 2016 se designó a los Encargados de los Registros Seccionales de
todo el país como agentes de percepción del Impuesto a la Radicación de
Automotores y Motovehículos de esa jurisdicción.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de 2017 se
aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada por los/as
Encargados/as de los Registros Seccionales para peticionar, por ante el
organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajas
del Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos de
deudas que informadas, se efectivicen por ante los/as Encargados/as de
esos Registros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el
carácter de certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la
liberación de deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su
negativa de pago.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.
Que los/as Encargados/as de los Registros Seccionales alcanzados/as por
la presente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas
aquí encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea”
mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en el
Visto.
Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan la
puesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer la
vigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámites
anteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad de
HUINCA RENANCÓ, provincia de CÓRDOBA, estableciendo el uso de la
Solicitud Tipo “13D”.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese el día 25 de septiembre de 2023 como fecha de
entrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción del
Impuesto a la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes)
dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado con
fecha 25 de noviembre de 2016 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS y la Municipalidad de VILLA HUIDOBRO, provincia de
CÓRDOBA, el que se implementará respecto de los trámites que se
realicen ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y
los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia
Exclusiva en Motovehículos, de la ciudad de HUINCA RENANCÓ.
ARTÍCULO 2º.- En ese marco, establécese a partir de esa fecha la
obligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo “13D” respecto de los
trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase, a partir de la fecha de obligatoriedad de la
presente, a la jurisdicción de la Municipalidad de VILLA HUIDOBRO en la
operatoria de Altas y Bajas Interjurisdiccionales, conforme a las
prescripciones de la Disposición D.N. N° 127/16 y normas
complementarias.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivo
a los fines de implementar la presente operatoria en los Registros
Seccionales alcanzados.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese atento a su carácter de interés general, dese
para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
María Eugenia Doro Urquiza
e. 25/09/2023 N° 76611/23 v. 25/09/2023