MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 318/2023
RESOL-2023-318-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-06777794-APN-DGAYF#MAD, las Leyes Nº 26.331
y 27.270, el Decreto N° 91 del 13 de febrero de 2009 y la Resolución Nº
424 de fecha 4 de marzo de 2020 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección
Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario N° 91/2009
establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para el
enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y
manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios
ambientales que éstos brindan a la sociedad.
Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario Nº 91/2009 se
creó el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS
BOSQUES NATIVOS, el cual tiene entre otros objetivos, compensar a las
jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios
ambientales que éstos brindan.
Que es objetivo de la Ley fomentar las actividades de enriquecimiento,
conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los
bosques nativos, promoviendo la conservación mediante el Ordenamiento
Territorial de los Bosques Nativos.
Que el Articulo 11 de la Ley Nº 26.331 establece que será Autoridad de
Aplicación en jurisdicción nacional la ex Secretaria de Ambiente y
Desarrollo Sustentable, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE.
Que mediante el Articulo 12 de la mencionada norma, se creó el Programa
Nacional de Protección de los Bosques Nativos, ejecutado por la
Autoridad Nacional de Aplicación, enumerando dicho artículo los
objetivos del citado programa.
Que en el marco de la Ley N° 26.331, Argentina presentó ante la
Convención de Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático
(CMNUCC) su estrategia nacional de reducción de emisiones por
deforestación y degradación forestal (REDD+) bajo el nombre de Plan de
Acción Nacional de Bosques y Cambio Climático (PANByCC).
Que la estrategia nacional REDD+ contribuirá al compromiso que el país
asumió en el marco del Acuerdo de París, ratificado a través de la Ley
N° 27.270, mediante su Contribución Nacional Determinada (NDC, por sus
siglas en inglés) actualizada en 2021.
Que en el Anexo Técnico de REDD+ del Tercer Informe Bienal de
Actualización de Gases de Efecto Invernadero de la República Argentina
presentado a la CMNUCC, el país logró acreditar reducción de emisiones
forestales para el periodo 2014-2016.
Que en marzo de 2020 EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
a través de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y
la Agricultura (FAO por sus siglas en inglés) presentó el perfil de
Propuesta de Financiamiento para ser presentada ante el Programa Piloto
de Pagos Basados en Resultados REDD+ al Fondo Verde del Clima ante el
Consejo Federal de Ambiente (COFEMA), indicando la distribución de
beneficios y los arreglos de implementación.
Que el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) mediante Resolución
N°424 de fecha 04 de marzo de 2020, declaró de interés federal
ambiental la preparación de la propuesta de financiamiento (Funding
Proposal) al fondo verde del clima, presentada por el MAYDS para la
solicitud del pago por resultados por reducción de emisiones
provenientes de la deforestación y degradación forestal.
Que el 13 de noviembre de 2020 en la 27º Junta del Fondo Verde para el
Clima, se aprobó el proyecto Pagos Basados en Resultados REDD+
Argentina para el Periodo 2014-2016 en el marco del Programa Piloto de
Pagos Basados en Resultados del mencionado fondo, por un monto de
OCHENTA Y DOS MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 82.000.000.-)
los que son co-ejecutados entre el MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO
SOSTENIBLE y la FAO a través de un Acuerdo de Socios Operacionales (OPA
por sus siglas en inglés).
Que el mencionado proyecto incluye entre sus actividades la creación
del Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos
(PNEFBN).
Que el Programa Nacional de Extensión se complementa con financiamiento
del Programa Nacional de Protección de Bosques Nativos.
Que considerando la necesidad de articular y fortalecer las capacidades
científico-técnicas existentes en Argentina para potenciar y promover
el desarrollo forestal sostenible, la Dirección Nacional de Bosques
(DNB) lleva adelante el “Programa de Investigación, Desarrollo e
Innovación de los Bosques Nativos” con el propósito de gestionar y
coordinar acciones de investigación, desarrollo e innovación orientadas
hacia el uso y manejo sostenible de los recursos forestales de
diferentes regiones del país, así como hacia el bienestar de las
poblaciones que dependen de ellos, lo que contribuye al desarrollo del
sector forestal a nivel nacional.
Que la creación de este Programa de Investigación tendrá un gran
impacto ambiental a nivel nacional, debido a los numerosos servicios
ecosistémicos que brindan los bosques y el beneficio que generan a
otros ambientes y a la sociedad en general. Este Programa es una
iniciativa pensada para impulsar la innovación y transferencia de
conocimientos científico-técnicos al entorno forestal basada en las
necesidades reales de los territorios y de las instituciones encargadas
de la conservación de los bosques.
Que uno de los aspectos destacados de este Programa es la posibilidad
de diseñar y elaborar las líneas de investigación que se desarrollarán
a partir de un enfoque participativo, a través de espacios en los que
se podrá relevar las principales necesidades del sector forestal desde
la perspectiva de diferentes actores vinculados al mismo.
Que este Programa promoverá la socialización y apropiación social de
los productos de Investigación, Desarrollo e Innovación, generados con
las comunidades involucradas, con el propósito de generar un vínculo
entre las comunidades y el manejo sostenible de los bosques nativos.
Que en consecuencia, se permitirá la vinculación de actores relevantes
dentro del sector forestal, con el fin de promover el manejo sostenible
de los bosques nativos, el bienestar de las poblaciones que dependen de
ellos, el desarrollo foresto-industrial y el logro de los objetivos de
desarrollo sostenible, contribuyendo de esta forma en la implementación
de la Ley N° 26.331.
Que el Programa de Investigación, Desarrollo e Innovación de los
Bosques Nativos” (PIDIBN), surge como Programa de Investigación,
Desarrollo e Innovación como una iniciativa institucional para impulsar
la innovación y transferencia de conocimientos científico-técnicos al
entorno forestal basado en necesidades reales de los territorios.
Adicionalmente, este Programa propicia la interacción de diferentes
sectores ligados a la investigación en espacios de toma de decisiones
en temas de relevancia forestal, y, contribuirá a visibilizar el rol
social, cultural, ambiental y económico de los bosques.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas
en virtud del artículo 23 octies de la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N°
438 de fecha 12 de marzo de 1992), el Decreto N° 7 de fecha 10 de
diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Créase el “Programa de Investigación, Desarrollo e
Innovación de los Bosques Nativos” (PIDIBN), conforme a los
fundamentos, objetivos y acciones que constan en el ANEXO I
(IF-2023-19399389-APN-DNB#MAD) que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE BOSQUES dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA
AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.
ARTÍCULO 3°. – La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2023 N° 77592/23 v. 27/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo
I
Programa de Investigación, Desarrollo
e Innovación de los Bosques Nativos
Fundamentación
Considerando la necesidad de articular y fortalecer las capacidades
científico-técnicas existentes en Argentina para potenciar y promover
el desarrollo forestal sostenible, se hace necesario formular un
Programa de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) que mediante
el aporte de nuevos conocimientos y tecnologías, permita vincular
actores relevantes dentro del sector forestal, con el fin de promover
(i) el manejo sostenible de los bosques nativos, (ii) el bienestar de
las poblaciones que dependen de ellos, (iii) el desarrollo
foresto-industrial y (iv) el logro de los objetivos de desarrollo
sostenible.
En este marco, surge el Programa de Investigación, Desarrollo e
Innovación como una iniciativa institucional para impulsar la
innovación y transferencia de conocimientos científico-técnicos al
entorno forestal basado en necesidades reales de los territorios.
Adicionalmente, este Programa propicia la interacción de diferentes
sectores ligados a la investigación en espacios de toma de decisiones
en temas de relevancia forestal, y, contribuirá a visibilizar el rol
social, cultural, ambiental y económico de los bosques.
Objetivos
El objetivo principal de este programa es gestionar y coordinar
acciones de I+D+i dentro del sector forestal relacionadas con la
generación y transferencia de conocimiento científico-técnico,
orientadas hacia el uso y manejo sostenible de los recursos forestales
de diferentes regiones del país, así como hacia el bienestar de las
poblaciones que dependen de ellos, contribuyendo al desarrollo del
sector forestal a nivel nacional.
Los objetivos específicos
propuestos son los siguientes:
(i) Diseñar y elaborar las
líneas de investigación a partir de un enfoque participativo,
proponiendo el desarrollo de proyectos orientados hacia la generación
de nuevos conocimientos y productos I+D+i que contribuyan al desarrollo
provincial, nacional y del sector forestal.
(ii) Acompañar el desarrollo y
la ejecución de los proyectos de investigación aprobados dentro del
Programa de Investigación, con el propósito de asegurar el cumplimiento
de las metas establecidas en el marco de resultados del Proyecto.
(iii) Promover la socialización
y difusión de los productos I+D+i generados con las comunidades rurales
y urbanas beneficiarias del Programa de Investigación, Desarrollo e
Innovación, con el fin de generar un vínculo entre la ciudadanía y el
manejo sostenible de los bosques nativos.
Acciones
Los proyectos de investigación que se desarrollarán en este Programa se
abordarán en el marco de las siguientes categorías:
i.
Desarrollo de herramientas y
protocolos: Documentos técnicos tales como guías metodológicas
y protocolos de evaluación de bienes, que sirvan como productos de
asistencia técnica, y que contribuyan como criterios técnicos para el
manejo, uso y conservación de los recursos forestales.
ii.
Investigación transversal: Documentos
técnicos o productos I+D+i que contribuyan al fortalecimiento del
sector forestal a nivel nacional, considerando la urgente necesidad de
enfrentar grandes desafíos ambientales y sociales: la crisis climática,
la pérdida de biodiversidad, los incendios forestales, la contaminación
ambiental y el buen vivir de las comunidades.
iii.
Investigación aplicada:
Productos I+D+i (Investigación, desarrollo e innovación) que
contribuyan a la mejora en la sostenibilidad, competitividad y
productividad del sector forestal a través de desarrollos de alto
contenido científico-tecnológico.
iv.
Ciencia de datos y desarrollo de
sistemas: Soluciones digitales que brinden un soporte a la toma
de decisiones para el manejo forestal sostenible. Esto incluye el
desarrollo de herramientas, aplicaciones tecnológicas y sistemas de
información vinculadas al manejo forestal sostenible.
v.
Ciencia participativa: Proyectos
que promuevan la participación tanto de habitantes rurales como urbanos
en actividades orientadas hacia la recolección de información y la
comprensión de los procesos ambientales relacionados con los bosques
nativos, favorecido por el avance y desarrollo de las tecnologías en
información y comunicación.
Los proyectos de investigación desarrollados en el Programa son de dos
tipologías:
i.
Proyectos Tipo A: Estos
proyectos corresponden a la categoría de “Desarrollo de herramientas y
protocolos”. No se convocan a través de convocatorias abiertas, debido
a la breve duración de los mismos (Máximo 18 meses). Por este motivo,
se realizarán términos de referencia particulares para cada documento
técnico/producto solicitado y se contratará directamente a un/a
consultor o a un equipo de investigación en función de la envergadura
del producto/documento técnico solicitado. El llamado a estas
consultorías será en función de las necesidades identificadas por las
Autoridades Locales de Aplicación (ALA) o por la Dirección Nacional de
Bosques.
ii.
Proyectos Tipo B: Estos
proyectos corresponden a las categorías de “Investigación transversal”,
“Investigación aplicada”, “Ciencia de datos y desarrollo de sistemas” y
“Ciencia participativa”. Se realizará el llamado de estos proyectos a
través de convocatorias abiertas. Cada proyecto convocado será diseñado
a modo de desafíos de investigación e innovación.