SECTOR PÚBLICO NACIONAL
Decisión Administrativa 791/2023
DECAD-2023-791-APN-JGM - Unidad retributiva de servicios.
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-108488941-APN-SGYEP#JGM, la Ley Nº
11.672 (T.O. 2014), el Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, la
Decisión Administrativa N° 319 del 19 de abril de 2023 y la Resolución
del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 729 del 28 de diciembre de 2017 y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 81 de la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014) se facultó al
Jefe de Gabinete de Ministros a disponer un régimen de contrataciones
de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos
y/o programas especiales en los términos que determine la
reglamentación.
Que dicho régimen es de aplicación en el ámbito del SECTOR PÚBLICO
NACIONAL, quedando excluido de la Ley de Contrato de Trabajo, sus
modificatorias y complementarias.
Que por el Decreto N° 1109/17 se aprobó el actual régimen de contrataciones previsto por la citada ley.
Que el citado decreto estableció que la Autoridad de Aplicación del
referido régimen de contrataciones sería el entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, quien en ejercicio de dicha competencia dictó la
Resolución N° 729/17 que estableció, entre otras cuestiones, los
distintos rangos de retribución para las categorías de Consultores,
Asesores y Asistentes.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 319/23 se estableció el
valor de la unidad retributiva de servicios (URS), aplicable a los
contratos regidos por el Decreto Nº 1109/17 a partir del 1° de mayo de
2023.
Que, en esta instancia, corresponde actualizar el valor en pesos de
dicha unidad retributiva de servicios (URS), aplicable a los citados
contratos.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, todas
ellas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la DIRECCIÓN NACIONAL
DE SEGUIMIENTO DE LA INVERSIÓN EN CAPITAL HUMANO DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de
la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, por el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o.
Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) y por el artículo 12 del
Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese el valor de la unidad retributiva de
servicios (URS), aplicable a los contratos regidos por el Decreto N°
1109/17, en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA Y
OCHO CENTAVOS ($364,78), a partir del 1° de octubre de 2023.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa
e. 02/10/2023 N° 78894/23 v. 02/10/2023